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60 NORMAS LEGALES Martes 29 de marzo de 2022 El Peruano / establece que entre los documentos e informaciones que las entidades están obligadas a recibir en vez de la documentación o fi cial, se encuentran las “Traducciones simples con la indicación y suscripción de quien o fi cie de traductor debidamente identi fi cado, en lugar de traducciones o fi ciales”; y, sobre la presunción de veracidad, señala que “En caso de las traducciones de parte, así como los informes o constancias profesionales o técnicas presentadas como sucedáneos de documentación o fi cial, dicha responsabilidad alcanza solidariamente a quien los presenta y a los que los hayan expedido”. El “Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2025 Modi fi cado” del Ministerio Público, aprobado por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 908-2021-MP-FN, de fecha 25 de junio de 2021, establece como Tercer Objetivo Estratégico Institucional - OEI.03: “Ampliar el acceso a los servicios que brinda el Ministerio Público a la población”, orientado al acceso a la justicia que se de fi ne como “(...) un principio básico del estado de derecho. Sin acceso a la justicia, las personas no pueden hacer oír su voz, ejercer sus derechos, hacer frente a la discriminación (…)”. En el Perú, las personas encuentran diversas barreras, como las geográ fi cas, económicas, lingüísticas, culturales, etc., que no permiten garantizar el pleno acceso al servicio de administración de justicia. A través del O fi cio N° 005466-2021-MP-FN-SEGFIN, de fecha 13 de diciembre de 2021, la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, manifestó que el Despacho de la Fiscalía de la Nación, ha considerado necesario que se cree al interior del Ministerio Público una O fi cina de Traducciones, por la problemática expuesta por la O fi cina de Cooperación Judicial, Internacional y Extradiciones respecto al servicio de traducciones relacionadas con los diversos pedidos de cooperación judicial internacional que solicitan las autoridades fi scales y judiciales por motivo de sus investigaciones o procesos de índole penal a diversas autoridades extranjeras, y otros Despachos Fiscales que requieren el servicio de traducción. Mediante el Informe Nº 000002-2022-MP-FN- OCOPJIE, de fecha 01 de febrero de 2022, la Fiscal Superior a cargo de la O fi cina de Cooperación Judicial, Internacional y Extradiciones - OCOPJIE, indicó no ser la única área usuaria del servicio de traducciones sino también los despachos fi scales a nivel nacional, Equipos Especiales de investigación, Fiscalías Superiores Coordinadoras, entre otras, conforme las diversas diligencias y actos de investigación reguladas en el Código Procesal Penal (Art. 114, sobre el idioma de las diligencias, Art. 115 declaraciones e interrogatorios con intérpretes, Art. 171 sobre testimonios especiales con intérpretes, Art. 187 sobre Traducción, Transcripción y Visualización de documentos, Art. 230 sobre Transcripción y Traducción de comunicaciones en otro idioma, Art. 361 sobre oralización en Juicio Oral, Art. 526 Procedimiento para Traducción de Solicitudes de Extradición), recomendando la creación de una o fi cina a cargo de las traducciones y/o intérpretes. Mediante el Memorando N° 004449-2022-MP-FN- OPRES, de fecha 16 de febrero de 2022, la O fi cina de Presupuesto manifestó que evaluó los recursos presupuestales asignados para el presente ejercicio presupuestal, evidenciándose saldos presupuestales con los cuales se podría brindar atención a la creación de la Ofi cina de Traducciones e Intérpretes. Con el O fi cio N° 000803-2022-MP-FN-GG-OGPOHU, de fecha 09 de marzo de 2022, la O fi cina General de Potencial Humano señaló que, para la creación de la Ofi cina de Traducciones e Intérpretes, la Entidad cuenta con más de quince (15) plazas con contrato vigente, requisito establecido para la creación de órganos o unidades orgánicas, según el literal “h. contar con más de 15 servidores civiles con contrato vigente o posición presupuestada” del numeral 16.1 del artículo 16 de “Los Lineamientos de Organización del Estado” aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y sus modi fi catorias. De acuerdo con el literal a) del numeral 46.1 del artículo 46 de los “Lineamientos de Organización del Estado” aprobado con Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modi fi catorias, y a fi n de materializar la creación de la O fi cina de Traducciones e Intérpretes al constituirse en una necesidad institucional al complementar la función sustantiva de la institución, se requiere modi fi car el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público y su estructura orgánica incorporando la unidad orgánica responsable de las funciones de intérpretes y traducciones que dependa de la Gerencia General, debiendo ser aprobado mediante Resolución del Titular del Pliego conforme se desprende del literal a) del numeral 45.3 del artículo 45 de los Lineamientos de Organización del Estado. Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3893-2018-MP-FN, de fecha 30 de octubre de 2018, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF 2018 del Ministerio Público, siendo modi fi cado por las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s 1974-2019-MP-FN, 1076-2020-MP-FN, 221-2021-MP-FN y 793-2021-MP-FN, de fechas 26 de julio de 2019, 01 de octubre de 2020, 16 de febrero y 31 de mayo de 2021, respectivamente. Estando a lo propuesto y contando con los vistos de la Gerencia General, O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, O fi cina General de Potencial Humano, Ofi cina de Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 052 y el literal a) del numeral 45.3 del artículo 45 de los “Lineamientos de Organización del Estado”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Crear la O fi cina de Traducciones e Intérpretes como unidad orgánica dependiente de la Gerencia General. Artículo Segundo.- Modi fi car el Índice, los artículos 4, 5, 31 y 32 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF 2018 del Ministerio Público, aprobado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3893-2018-MP-FN y modi fi cado por las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s 1974-2019-MP-FN, 1076-2020-MP-FN, 221-2021-MP-FN y 793-2021-MP-FN, e incorporar el Sub Capítulo XIII en el Capítulo I del Sub Título VII del Título Segundo y los artículos 98-A y 98-B, en los términos que quedarán establecidos en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Modi fi car el Organigrama del Ministerio Púbico, el mismo que quedará en los términos establecidos en el Anexo II, el cual forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General emita las disposiciones correspondientes para la implementación de lo dispuesto en el presente acto resolutivo. Artículo Quinto.- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano, de acuerdo a sus funciones, proceda con adecuar las disposiciones contenidas en el presente acto resolutivo, con los documentos de gestión vigentes de la Entidad. Artículo Sexto.- Disponer que la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, en coordinación con la O fi cina General de Asesoría Jurídica, procedan con la modi fi cación y adecuación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, con enfoque de Gestión por Resultados, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1139-2020-MP-FN. Artículo Séptimo.- Disponer que la O fi cina General de Tecnologías de la Información proceda con publicar la presente Resolución y los Anexos I y II aprobados, en el Portal Institucional y de Transparencia del Ministerio Público. Artículo Octavo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Artículo Noveno.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución y los Anexos I y II aprobados a las Presidencias de la Junta de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales a nivel nacional, Coordinaciones Nacionales de las Fiscalías Penales Especializadas, Administraciones de los Distritos Fiscales, Gerencias Administrativas de las Unidades Ejecutoras, Secretaría