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66 NORMAS LEGALES Martes 29 de marzo de 2022 El Peruano / Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Nombrar a la abogada Luisa Yulma Vela Mayhuire, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Callao, designándola en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de las Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 2052815-1 Nombran Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Callao, designándola en el Despacho de la Séptima Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 471-2022-MP-FN Lima, 28 de marzo de 2022VISTO Y CONSIDERANDO:El ofi cio N° 895-2022-MP-FN-PJFSCALLAO, cursado por el abogado Roberto Eduardo Lozada Ibañez, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Provincial, para el Despacho de la Séptima Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante; y, en consecuencia se hace necesario emitir el resolutivo correspondiente, previa veri fi cación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar por concluida la designación de la abogada Shirley Stefani Requejo Fernández, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal (Corporativa) de Callao, Distrito Fiscal del Callao, en el Despacho de la Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 103-2018-MP-FN, de fecha 15 de enero de 2018. Artículo Segundo .- Nombrar a la abogada Shirley Stefani Requejo Fernández, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Callao, designándola en el Despacho de la Séptima Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 2052816-1OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Declaran tener por comunicada la decisión adoptada por el Comité Ejecutivo Regional de la organización política Movimiento Regional “Movimiento Naranja”, de desistir de participar en las elecciones internas de candidatas y candidatos para las Elecciones Regionales y Municipales 2022 RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 000006-2022-GOECOR/ONPE Lima, 26 de marzo del 2022 VISTOS: La Carta N° 003-2022/COEL-MOV. NARANJA, contenida en el Expediente n° 7180-2022 y el Memorando n° 000260-2022-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: La O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo constitucional autónomo y tiene como función primordial velar por la obtención de la fi el y libre expresión de la voluntad popular, manifestada a través de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo. Es la autoridad máxima en la organización y ejecución de procesos electorales; Con fecha 31 de octubre de 2021, se publicó en el diario o fi cial El Peruano la Ley Nº 31357, Ley que modi fi ca la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas, con la fi nalidad de asegurar el desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2022 en el marco de la lucha contra la COVID-19. Entre otras modi fi caciones, esta norma incorpora a la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas (LOP), la novena disposición transitoria, que dispone que las elecciones internas en las organizaciones políticas para elegir a los candidatos a las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) 2022, sean organizadas por la ONPE; la elaboración del padrón de electores lo realice el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC); y, que la solución de controversias en sede jurisdiccional, la elección del cronograma correspondiente y las acciones de fi scalización estén a cargo del Jurado Nacional de Elecciones (JNE); Por Resolución Jefatural Nº 001639-2021-JN/ONPE publicada en el diario o fi cial El Peruano el 29 de noviembre de 2021, se aprobó el Reglamento de Elecciones Internas de las organizaciones políticas en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (REI); de igual forma, el 30 de noviembre de 2021, se publicó en el diario ofi cial El Peruano el Reglamento sobre las competencias del Jurado Nacional de Elecciones en Elecciones Internas para las Elecciones Regionales y Municipales 2022, aprobado por Resolución Nº 0927-2021-JNE; El numeral 10.2 del artículo 10 del REI dispone que la convocatoria a Elecciones Internas por parte de las organizaciones políticas deberá ser efectuada por el órgano facultado para ello, de acuerdo con su normativa interna y dentro del periodo que determine el cronograma electoral aprobado por el JNE. Asimismo, el numeral 10.4 del citado artículo establece que el documento donde conste la convocatoria a Elecciones Internas será informado por el presidente del Órgano Electoral Central (OEC) de la organización política en la forma que establezca la ONPE, y en un plazo no mayor de tres (3) días calendario posterior a la fecha de la convocatoria. Por su parte, los artículos 9 y 19 del Reglamento sobre las competencias del JNE en Elecciones Internas para las ERM 2022 establecen que cada una de las organizaciones políticas convoca a Elecciones Internas dentro del periodo establecido en el cronograma aprobado por el JNE, esto es, del 15 al 22 de enero del 2022;