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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2022 (05/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Jueves 5 de mayo de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Mediante el correo de vistos, la Magistrada Emilia Bustamante Oyague solicita permiso por horas el día 5 de mayo del presente año, de 8 de la mañana a 1:30 de la tarde, al haber sido convocada para una evaluación presencial por la Junta Nacional de Justicia, al encontrase comprendida en la convocatoria N° 003-2021-SN/JNJ. Estando a lo expuesto y a fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales resulta necesario proceder a la designación del magistrado que la reemplazará por las citadas horas, conforme corresponda; situación que originará la variación de la actual conformación de los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un e fi ciente servicio de administración de justicia en bene fi cio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional, por lo que en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE:Artículo Primero: DESIGNAR al magistrado JUAN FIDEL TORRES TASSO, Juez Titular del noveno Juzgado Constitucional, como Juez Superior Provisional de la Segunda Sala Civil, el día 5 de mayo del presente año de 8 de la mañana a 1:30 de la tarde, por el permiso solicitado por la magistrada Bustamante Oyague; quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: Segunda Sala Civil: Sr. German Alejandro Aguirre Salinas (P) Presidente Sr. Juan Fidel Torres Tasso (P)Sr. José Clemente Escudero López (P) Artículo Segundo: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Coordinación de Recursos Humanos, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, Gerencia de Administración Distrital y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOSE WILFREDO DIAZ VALLEJOS Presidente de la CSJLimaPresidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima 2064227-1 ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Aprueban la Directiva N° 010-2022- CG/GMPL “Directiva de programación, seguimiento y evaluación del Plan Anual de Control 2022-2024 de los Órganos de Control Institucional” RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 192-2022-CG Lima, 3 de mayo de 2022VISTOS: El Memorando N° 000142-2022-CG/GMPL, de la Gerencia de Modernización y Planeamiento; Hoja Informativa N° 000009-2022-CG/ MODER, de la Subgerencia de Modernización; la Hoja Informativa N° 000113-2022-CG/PLPREPI, de la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; y, la Hoja Informativa N° 000112-2022-CG/ GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República. CONSIDERANDO:Que, conforme a lo previsto en el artículo 82 de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía conforme a su Ley Orgánica; asimismo, es el órgano superior del Sistema Nacional de Control, que tiene como atribución supervisar la legalidad de la ejecución del presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control; Que, el artículo 6 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y modi fi catorias, precisa que el control gubernamental consiste en la supervisión, vigilancia y verifi cación de los actos y resultados de la gestión pública, en atención al grado de e fi ciencia, e fi cacia, transparencia y economía en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado, así como del cumplimiento de las normas legales y lineamientos de política y planes de acción, evaluando los sistemas de administración, gerencia y control, con fi nes de su mejoramiento a través de la adopción de acciones preventivas y correctivas pertinentes; Que, el artículo 14 de la referida Ley N° 27785 señala que el ejercicio del control gubernamental se efectúa bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloría General de la República, la que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes a su proceso; Que, el literal s) del artículo 22 de la citada Ley N° 27785 prevé que la Contraloría General de la República tiene como atribución dictar las disposiciones necesarias para articular los procesos de control con los Planes y Programas Nacionales, a efecto de visualizar de forma integral su cumplimiento, generando la información pertinente para emitir recomendaciones generales a los Poderes Ejecutivo y Legislativo sobre la administración de los recursos del Estado, en función a las metas previstas y las alcanzadas; Que, el literal b) del artículo 32 de la mencionada Ley N° 27785, establece como facultad del Contralor General de la República, planear, aprobar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones de la Contraloría General de la República y de los órganos del Sistema Nacional de Control; asimismo, su literal c) lo faculta a dictar las normas y las disposiciones especializadas que aseguren el funcionamiento del proceso integral de control, en función de los principios de especialización y fl exibilidad; Que, en dicho marco, mediante Resolución de Contraloría N° 452-2018-CG, se aprueba el “Plan Estratégico Institucional Modi fi cado de la Contraloría General de la República 2019-2024”, el cual está principalmente orientado a que los órganos que integran el Sistema Nacional de Control brinden servicios de control gubernamental más e fi caces y oportunos para el logro de su misión, generando mecanismos de prevención, detección, investigación y sanción, con el fi n de reducir los actos de corrupción, las inconductas funcionales, coadyuvar a la e fi cacia y e fi ciencia de la gestión pública y promover la participación ciudadana en el control social; Que, asimismo, con Resolución de Contraloría N° 096-2022-CG, se aprueban los “Lineamientos de Política para el Planeamiento del Control Gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control: Período 2022 – 2024”, los cuales orientan el planeamiento y gestión de los servicios de control simultáneo y posterior, así como de los servicios relacionados a cargo de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, con el propósito de lograr que el control gubernamental se dirija a examinar los servicios básicos, procesos, operaciones, inversiones o actos administrativos del sector público expuestos a un mayor riesgo, los proyectos u obras de