TEXTO PAGINA: 43
43 NORMAS LEGALES Jueves 5 de mayo de 2022 El Peruano / DICE: Articulo Primero.- Nombrar al abogado Alfredo Quispe Arango, (…). DEBE DECIR:Articulo Primero.- Nombrar al abogado Alfredo Quispe Arango, (…), con reserva de su plaza de origen. 2064051-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 765-2022-MP-FN Mediante O fi cio N° 001954-2022-MP-FN-SEGFIN, el Ministerio Público solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 765-2022-MP-FN, publicada en la edición del día 30 de abril de 2022. DICE:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Juan Carlos Muñoz Alca, (…), conforme a la Resolución de la Junta Nacional de Justicia N° 164-2020-PLENO-JNJ. DEBE DECIR:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Juan Carlos Muñoz Alca, (…), conforme a la Resolución de la Junta Nacional de Justicia N° 021-2022-PLENO-JNJ. 2064078-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Aprueban la conformación de noventa y tres (93) Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para la organización y ejecución de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 001721-2022-JN/ONPE Lima, 4 de mayo de 2022VISTOS: el Memorando N° 000801-2022-GOECOR/ ONPE de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional; el Informe N° 000086-2022-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; así como el Informe N° 003243-2022-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Por Decreto Supremo N° 001-2022-PCM se convocó a Elecciones Regionales y Municipales a desarrollarse el 2 de octubre de 2022 para la elección de gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, y a su vez, para la elección de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de la República; De conformidad con el artículo 24 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales: “Las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales se conformarán para cada proceso electoral de acuerdo a las circunscripciones electorales y tipo de distrito electoral que regirá en el proceso en curso. El Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales establecerá el número, ubicación y organización de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, de acuerdo con las circunscripciones electorales que determine el Jurado Nacional de Elecciones; En concordancia con ello, el artículo 39 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, establece que el Jefe de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales establece el número, la ubicación y la organización de las Ofi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales. Para este fi n, se considera las circunscripciones electorales determinadas conforme a ley; En ese sentido, a través de la Resolución N° 0009- 2022-JNE el Jurado Nacional de Elecciones de fi nió noventa y tres (93) circunscripciones administrativas y de justicia electoral para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2022, así como los Jurados Electorales Especiales que tendrán competencia territorial sobre ellas para impartir justicia electoral en primera instancia y sus respectivas sedes; En ese marco normativo, resulta necesario que la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), autoridad máxima en la organización y ejecución del citado proceso electoral, conforme las O fi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) a fi n de asegurar la ejecución de las acciones necesarias para el desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, las cuales tienen la función de dirigir, coordinar, organizar y ejecutar las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos electorales en sus respectivas jurisdicciones; Por su parte, mediante el informe de vistos, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto propone la conformación de noventa y tres (93) O fi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales, para llevar a cabo las Elecciones Regionales y Municipales 2022, precisando que la propuesta se sustenta en criterios técnicos de continuidad espacial, contigüidad, vecindad y accesibilidad geográ fi ca; Siendo así, corresponde emitir la Resolución Jefatural a través de la cual se aprueba la conformación de noventa y tres (93) ODPE que tendrán a cargo las Elecciones Regionales y Municipales 2022; De conformidad con lo dispuesto por el literal c) y g) del artículo 5 y por el artículo 13 de la Ley N° 26847, Ley Orgánica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales; así como el literal r) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y adecuado mediante Resolución Jefatural N.º 000902-2021-JN/ONPE y sus modi fi catorias; Con el visado de la Secretaría General y de la Gerencia General, así como de las Gerencias de Organización Electoral y Coordinación Regional, de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la conformación de noventa y tres (93) Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para la organización y ejecución de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, cuya relación en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el contenido de la presente resolución y su anexo. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y de su anexo en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional www.onpe.gob.pe dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe