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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2022 (07/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Sábado 7 de mayo de 2022 El Peruano / funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Dina Ercilia Boluarte Zegarra, Primera Vicepresidenta de la República del Perú, a la ciudad de San Juan de la República de Costa Rica, del 7 al 9 de mayo de 2022, para los fi nes a los que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema son cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional del Despacho Presidencial, de acuerdo al siguiente detalle: - DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Pasaje aéreo (incluido TUUA) US$ 1,559.79Viáticos x 3 días x $315.00 US$ 945.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la persona cuyo viaje se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema debe presentar ante el titular del Despacho Presidencial el informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2065097-1 Encargan el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social a la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables RESOLUCIÓN SUPREMA N° 135-2022-PCM Lima, 6 de mayo de 2022CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema N° 134-2022- PCM, se autoriza a la señora Dina Ercilia Boluarte Zegarra, Primera Vicepresidenta de la República a viajar a la República de Costa Rica los días 7 y 8 de mayo de 2022, con el objeto de participar en las actividades de la ceremonia de Transmisión del Mando Presidencial de la referida República; Que, mediante Resolución Suprema N° 098-2022- PCM se nombra a la señora Dina Ercilia Boluarte Zegarra como Ministra de Estado en el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social; Que, en consecuencia, es necesario encargar la Cartera de Desarrollo e Inclusión Social, a partir del 7 de mayo de 2022 y en tanto dure la ausencia de la titular; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; y, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE:Artículo 1.- Encargar la Cartera de Desarrollo e Inclusión Social, a la señora Diana Mirian Miloslavich Túpac, Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a partir del 7 de mayo de 2022 y en tanto dure la ausencia de la titular. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíqueseJOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2065097-2 Designan responsables de brindar la información pública y de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar del Proyecto Especial “Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc, creada por el Decreto Supremo N° 006-2012-EF” RESOLUCIÓN SECRETARIAL Nº 012-2022-PCM/PE-ST.01 Lima, 5 de mayo de 2022 CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, señala que la fi nalidad de dicha norma es promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental de acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, en el marco de lo señalado en los artículos 3 y 8 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, las entidades públicas deben designar al funcionario responsable de brindar la información que se solicite al amparo de la mencionada Ley; Que, los literales b) y c) del artículo 3 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM y sus modi fi catorias, disponen que es obligación de la máxima autoridad de la entidad designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público y al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; asimismo, el artículo 4 del citado Reglamento dispone que su designación se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución Directoral Nº 11-2021-JUS/ DGTAIPD, la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprueba el “Lineamiento para la Implementación y Actualización del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública”; Que, el citado Lineamiento tiene como objetivo establecer las disposiciones para una adecuada implementación y actualización del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública, como herramienta de transparencia activa y proactiva, a efectos de garantizar el cumplimiento del principio de publicidad de la información, fomentando una cultura de transparencia y fortaleciendo la vigilancia ciudadana sobre los actos de la Administración Pública; Que, el artículo 7 del Manual de Operaciones del Proyecto Especial “Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc, creada por Decreto Supremo Nº 006-2012-EF”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 149-2021-PCM establece como una de las funciones de la