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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2022 (18/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de mayo de 2022 El Peruano / ORGANISMOS EJECUTORES BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU Modifican el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000125-2022-BNP Lima, 16 de mayo de 2022VISTOS:El Informe Técnico Nº 000149-2022-BNP-J-DAPI- EGCIE de fecha 28 de abril de 2022, del Equipo de Trabajo de Gestión Cultural, Investigaciones y Ediciones de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información; el Memorando Nº 000226-2022-BNP-J- DAPI de fecha 28 de abril de 2022, de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información; el Memorando Nº 000381-2022-BNP-GG-OA de fecha 28 de abril de 2022, de la O fi cina de Administración; el Memorando Nº 000179-2022-BNP-J-DGC de fecha 03 de mayo de 2022, de la Dirección de Gestión de las Colecciones; el Memorando Nº 000169-2022-BNP-J-DPC de fecha 04 de mayo de 2022, de la Dirección de Protección de las Colecciones; el Memorando Nº 000206-2022-GG- OTIE de fecha 13 de mayo de 2022, de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística; el Informe Técnico Nº 000039-20222-BNP-GG-OPP-EMO e Informe Nº 000059-2022-GG-OPP-EMO de fechas 05 y 13 de mayo, respectivamente, del Equipo de Trabajo de Modernización de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; los Memorandos Nº 000307-2022-BNP-GG- OPP y Nº 000321-2022-GG-OPP-EMO de fechas 05 y 13 de mayo, respectivamente, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal Nº 000172-2022-BNP- GG-OAJ de fecha 16 de mayo de 2022, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 de Ley Nº 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú dispone que: “(...). La Biblioteca Nacional del Perú es el centro depositario del patrimonio cultural bibliográ fi co, digital, documental, fílmico, fotográ fi co y musical peruano, así como del capital universal que posee con la fi nalidad de coadyuvar al desarrollo cultural, cientí fi co y tecnológico, contribuyendo al desarrollo económico y social, y apoyando la formación de ciudadanos y asociaciones. Representa una fuente de conocimiento para toda la sociedad peruana e internacional, garantizando su integridad y facilitando su acceso a toda la ciudadanía y a las generaciones futuras”; Que, los artículos 3 y 7 de la Ley Nº 30570, establecen que la entidad tiene personería jurídica pública, autonomía económica, administrativa y fi nanciera, precisando que una de las fuentes de los recursos económicos de la Biblioteca Nacional del Perú proviene de los recursos directamente recaudados; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 088-2001- PCM, que aprueba las disposiciones aplicables a las entidades del sector público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, establece que: “Para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes a los ciudadanos, las Entidades del Sector Público requieren contar con autorización de Ley expresa. (...)”; Que, el inciso 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS dispone lo siguiente: “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal.”; Que, en ese marco, mediante Resolución Jefatural Nº 000128-2021-BNP de fecha 23 de noviembre de 2021, se aprobó el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú, siendo modi fi cado con Resolución Jefatural Nº 000046-2022- BNP de fecha 24 de marzo de 2022; Que, la Dirección del Acceso y Promoción de la Información ha visto por conveniente modi fi car el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú, a fi n de incluir los códigos 2.15.42 y 2.15.43 en el Anexo Nº 2 “PRESTACION DE SERVICIOS VARIOS”, con las publicaciones denominadas: (i) Exlibris; (ii) Elogio del libro y otros ensayos; Que, por medio de los documentos de los vistos, los órganos de línea, apoyo y asesoramiento consultados; así como, sus respectivos equipos de trabajo, han manifestado su conformidad para la modi fi cación del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú; Que, mediante Informe Legal Nº 000172-BNP-GG- OAJ la O fi cina de Asesoría Jurídica emitió opinión en el marco de sus competencias, recomendando la emisión del respectivo acto resolutivo; Con el visado de la Gerencia General, la Dirección del Acceso y Promoción de la Información, la Dirección de Protección de las Colecciones, la Dirección de Gestión de las Colecciones, la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística, la O fi cina de Administración, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2018-MC; y, demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo 1.- MODIFICAR el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 000128-2021-BNP y modi fi cado con Resolución Jefatural Nº 000046-2022-BNP, a fi n de incluir los códigos 2.15.42 y 2.15.43 en el Anexo Nº 2 “PRESTACION DE SERVICIOS VARIOS”, conforme al siguiente detalle: CÓDIGODENOMINACIÓN DEL SERVICIOREQUISITOS %UIT S/ 2.15 Venta de Publicaciones (Libros): (...) (...) 2.15.42 Exlibris 1. Efectuar el pago. Nota: La venta de publicaciones también está disponible a través de la Librería Virtual, para mayor información consulte www:// libreriavirtual.bnp.gob.pe0.46 21.00 2.15.43Elogio del libro y otros ensayos0.48 22.00 Artículo 2.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA ISABEL VERGARA RODRÍGUEZ DE RODRÍGUEZ Jefa Institucional 2068037-1