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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2022 (18/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de mayo de 2022 El Peruano / Que, a través del Informe Nº 000010-2022-SIS/OGTI, la O fi cina General de Tecnología de la Información, recomienda la designación del Líder de Gobierno y Transformación Digital; Que, mediante Proveído Nº 000712-2022-SIS/ SG, la Secretaría General solicita a la O fi cina General de Asesoría Jurídica evaluar la designación del señor Fernando Oscar Castillo Gonzales, Secretario General del Seguro Integral de Salud como Líder de Gobierno y Transformación Digital del Seguro Integral de Salud, y por correo electrónico el señor Fernando Oscar Castillo Gonzales precisa que cumple el per fi l conforme a los “Lineamientos del Líder de Gobierno Digital”; Que, mediante Informe Nº 000048-2022-SIS/OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica señala que el Jefe del SIS, en su condición de titular del pliego y máxima autoridad ejecutiva institucional y en cumplimiento del artículo 2.1 de la Resolución de Secretaría de Gobierno Digital Nº 004-2018-PCM/SEGDI y el numeral 11.8 del ROF del SIS que dispone que es función del Jefe del SIS expedir resoluciones dentro del ámbito de su competencia, resulta legalmente viable que designe al señor Fernando Oscar Castillo Gonzales como Líder de Gobierno y Transformación Digital del Seguro Integral de Salud; Con los vistos de la Directora General de la O fi cina General de Tecnología de la Información, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1412, que aprueba la Ley de Gobierno Digital, en el Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Gobierno Digital, en el Decreto de Urgencia Nº 006-2020, que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital, en el Decreto Supremo Nº 157-2021-PCM, que aprueba el Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 006-2020; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar como Líder de Gobierno y Transformación Digital del Seguro Integral de Salud al señor Fernando Oscar Castillo Gonzales, Secretario General del Seguro Integral de Salud. Artículo 2.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución al interesado y a los órganos del Seguro lntegral de Salud, para conocimiento y fi nes; y, emitir copia de la misma a la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.4 del artículo 2 de la Resolución de Secretaría de Gobierno Digital Nº 004-2018-PCM/SEGDI. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud (www.gob.pe/sis), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese y comuníquese y publíquese.JOSÉ ERNESTO VIDAL FERNÁNDEZ Jefe del Seguro Integral de Salud 2068172-1 Aprueban el Plan Estratégico Institucional - PEI 2020 - 2025 Ampliado del Seguro Integral de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 103-2022/SIS Lima, 16 de mayo de 2022VISTOS: El Informe Nº 019-2022-SIS/OGPPDO-SNG y el Memorando Nº 000070-2022-OGPPDO de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Nº 000049-2022-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Seguro Integral de Salud – SIS, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016- SA, establece que “el Seguro Integral de Salud es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, autonomía técnica, funcional, económica, fi nanciera y administrativa, y constituye un Pliego Presupuestal con independencia para ejercer sus funciones con arreglo a ley”; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, “Los Organismos Públicos se sujetan a la supervisión y fi scalización de su Sector para veri fi car el cumplimiento de los objetivos de la entidad, mediante los instrumentos previstos en las normas de la materia. Todo organismo público debe contar con un Plan Estratégico Institucional (…)” ; Que, conforme al numeral I.3 del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, dentro de las funciones generales del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se encuentra “Asesorar a las Entidades del Estado y a los gobiernos regionales y orientar a los gobiernos locales en la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas y planes estratégicos de desarrollo, con la fi nalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional ”; Que, el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 001-2009- JUS, que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, dispone que sin perjuicio de lo establecido en el artículo 4 del referido Reglamento, se deben publicar obligatoriamente, otras disposiciones legales, tales como resoluciones administrativas o similares de interés general y de observancia obligatoria, entre otros aspectos, cuando: “1. su contenido proporcione información relevante y sea de interés para los usuarios de los servicios que presta la Administración Pública, 3. su contenido se relacione con la aprobación de documentos de gestión, 4. su contenido se relacione con información o fi cial procesada por las entidades rectoras de determinada función administrativa, 7. su naturaleza jurídica determine su conocimiento y difusión general”; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 046-2020/SIS se aprobó el Plan Estratégico Institucional – PEI 2020-2024 del Seguro Integral de salud; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD, modi fi cada con Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo Nº 062-2017-CEPLAN-PCD, Nº 00053-2018/CEPLAN/PCD y Nº 00016-2019/CEPLAN/PCD, se aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”, la cual establece que el Plan Estratégico lnstitucional – PEI debe contener información precisa sobre su diseño y las razones que lo sustentan; Que, en relación a ello, mediante Acta de Reunión de fecha 11 de febrero de 2020, la Comisión de Planeamiento Estratégico del SIS, designada mediante Resolución Jefatural Nº 039-2019/SIS, acordó aprobar, entre otros, la extensión de la temporalidad del PEI, considerando las actualizaciones realizadas a las metas de los indicadores para los años 2020-2026; asimismo, se acordó encargar a la Directora de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional – OGPPDO elaborar el informe y remitir al MINSA y CEPLAN el proyecto de Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2026, para su visto bueno y validación respectivamente; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 18.1 del artículo 18 del Reglamento de Organización y Funciones del SIS, es función de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional – OGPPDO, proponer las políticas, planes y otros documentos de gestión institucional;