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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2022 (18/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de mayo de 2022 El Peruano / PLIEGO 060401 : Municipalidad Provincial de Chota CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos PROYECTO 2497551 : Creación de los Servicios de Comercialización en el Gran Mercado Modelo de la ciudad de Chota, Distrito de Chota - Provincia de Chota – Departamento de Cajamarca FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No fi nancieros 15 000 000,00 PLIEGO 060415 : Municipalidad Distrital de Querocoto CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos PROYECTO 2483219 : Creación de los Servicios de Comercialización de productos de primera necesidad en la localidad de Cercado Querocoto del Distrito de Querocoto – Provincia de Chota - Departamento de Cajamarca FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No fi nancieros 6 566 796,00 ============ TOTAL 21 566 796,00 ============ Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitador y de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolució n, la desagregació n de los recursos autorizados en el artículo 1, a nivel programá tico, dentro de los cinco (05) dí as calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolució n se remite dentro de los cinco (05) dí as calendario de aprobada a los organismos señ alados en el numeral 31.4 del artí culo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Pú blico. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicita a la Direcció n General de Presupuesto Pú blico las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporació n de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para la Modi fi cació n Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artí culo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Veri fi cación y seguimiento El Ministerio de la Producción es responsable de realizar la veri fi cación y seguimiento del avance físico y fi nanciero de los recursos y el cumplimiento de las acciones contenidas en los respectivos convenios y en el cronograma de ejecución física de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; para tal efecto, debe elaborar un informe técnico sobre el avance de ejecución física y fi nanciera de los recursos a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, el cual es remitido a la Dirección General de Presupuesto Público de manera trimestral, dentro de los siete (07) días hábiles posteriores al cierre de cada trimestre. Artículo 5. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de la Producción.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República OSCAR GRAHAM YAMAHUCHI Ministro de Economía y Finanzas JORGE LUIS PRADO PALOMINO Ministro de la Producción 2068185-3 Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 DECRETO SUPREMO N° 098-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 49 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que los Pliegos que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el Pliego habilitado cuente con productos del mismo programa o, en caso no cuenten con los mismos productos, cuente con el mismo Programa Presupuestal Orientado a Resultados, salvo para las modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional que se autoricen para la elaboración de encuestas, censos o estudios que se requieran para el diseño, seguimiento y evaluación del desempeño en el marco del Presupuesto por Resultados; las que se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; asimismo, señala que cada Pliego presupuestario que trans fi era recursos en el marco dicho artículo, es responsable del monitoreo, seguimiento y veri fi cación del cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron transferidos, lo que incluye el monitoreo fi nanciero de los mismos; Que, a través del O fi cio N° 000378-2022-DM/MC complementado con el O fi cio N° 000229-2022-SG/MC, el Ministerio de Cultura solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 3 883 142,00 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CIENTO CUARENTA Y DOS Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática para fi nanciar la “Encuesta Nacional de Lectura 2022”; adjuntando, para dicho efecto, el lnforme N° 000060-2022-OP/MC de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; así como los Informes N°s. 000075 y 000113-2022-DLL/MC de la Dirección del Libro y la Lectura de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; Que, mediante el Memorando N° 0295-2022- EF/50.05, la Dirección General de Presupuesto Público a través de la Dirección de Calidad del Gasto Público, señala que la modi fi cación presupuestaria cumple con las condiciones establecidas en el numeral 49.1 del artículo 49 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 3 883 142,00 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CIENTO CUARENTA Y DOS Y