TEXTO PAGINA: 6
6 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de mayo de 2022 El Peruano / Saneamiento, Transportes y Comunicaciones, y Energía y Minas; así como Educación y Salud; Que, asimismo, en dicha reunión se evidenció la necesidad de crear un espacio de articulación intergubernamental e intersectorial con el objeto de contribuir al desarrollo territorial de la provincia de Condorcanqui del departamento de Amazonas, a partir de una adecuada identi fi cación de las principales demandas de la población; Que, en atención a lo expuesto, la Secretaría de Descentralización, en el marco de sus funciones, sustenta la necesidad de conformar un grupo de trabajo de naturaleza temporal denominado “Mesa Técnica para el Desarrollo de la provincia de Condorcanqui del departamento Amazonas”, para plantear soluciones para una adecuada atención de las principales demandas de la población, y revisar la priorización de la inversión pública que posibilite el cierre de brechas sociales; para lo cual se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Descentralización, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Creación del Grupo de Trabajo Créase el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Mesa Técnica para el Desarrollo de la provincia de Condorcanqui del departamento de Amazonas”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 2.- Objeto El Grupo de Trabajo tiene por objeto plantear soluciones para una adecuada atención de las principales demandas de la población, así como revisar la priorización de la inversión pública que posibilite el cierre de brechas sociales, lo cual contribuirá al desarrollo de la provincia de Condorcanqui del departamento de Amazonas. Artículo 3.- Integrantes El Grupo de Trabajo está conformado por: a) Un/a representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien lo preside. b) Un/a representante del Ministerio de Relaciones Exteriores. c) Un/a representante del Ministerio de Energía y Minas. d) Un/a representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. e) Un/a representante del Ministerio de Defensa.f) Un/a representante del Ministerio del Interior.g) Un/a representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. h) Un/a representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. i) Un/a representante del Ministerio de Educación.j) Un/a representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. k) Un/a representante del Ministerio de Salud.l) Un/a representante del Ministerio de la Producción.m) Un/a representante del Ministerio de Cultura.n) Un/a representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. o) Un/a representante del Gobierno Regional de Amazonas. p) El/La Alcalde/sa provincial de Condorcanqui.q) El/La Alcalde/sa del distrito de Rio Santiago.r) El/La Alcalde/sa del distrito de El Cenepa.s) Un/a representante del Consejo Aguaruna y Huambisa (CAH).t) Un/a representante de los/as Alcaldes/as de las Municipalidades de centros poblados de la provincia de Condorcanqui. u) Un/a representante de la Organización de Desarrollo de las Comunidades Fronterizas del Cenepa (ODECOFROC). v) Un/a representante de la Federación de la Ronda Provincial de Condorcanqui. w) Un/a representante de la Federación de las Comunidades Awajún del Rio Santiago (FECAS). Artículo 4.- Funciones4.1 El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones:a) Analizar y articular las propuestas de desarrollo y solución a la problemática económica, agraria, ambiental y social de la provincia de Condorcanqui. b) Elaborar y ejecutar un plan de trabajo para lograr el objeto del Grupo de Trabajo, el mismo que debe contener una de fi nición de objetivos, un cronograma de actividades, la identi fi cación de actores responsables y plazos para su implementación. c) Articular con las entidades públicas y otros espacios de articulación intergubernamental e intersectorial que se hayan conformado en el ámbito territorial de la provincia de Condorcanqui, la programación de las acciones complementarias para contribuir al objeto del Grupo de Trabajo. d) Diseñar y apoyar en la implementación de la estrategia de intervención territorial que contribuya a la atención de las principales demandas de la población de la provincia de Condorcanqui. e) Evaluar e identi fi car acciones y actividades orientadas al fortalecimiento institucional y a la mejora de la respuesta estatal a la necesidad de bienes y servicios de calidad para la población, que implica aspectos económicos, agrarios, ambientales y sociales, informando públicamente los avances. 4.2 En el marco de la emergencia sanitaria y estado de emergencia nacional, declarados a consecuencia de la crisis sanitaria generada por la pandemia de la COVID-19, las funciones del Grupo de Trabajo pueden realizarse de manera presencial o virtual, utilizando para este caso herramientas de tecnologías de la información. Artículo 5.- Designación de Representantes5.1. Las entidades que integran el Grupo de Trabajo, detalladas en el artículo 3, con excepción de las indicadas en los literales p), q) y r) designan a sus representantes titular y alterno/a, con capacidad de decisión, mediante documento escrito dirigido a la Secretaría Técnica, dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. 5.2. El/La Alcalde/sa provincial de Condorcanqui, el/ la Alcalde/sa del distrito de Rio Santiago y el/la Alcalde/sa del distrito de El Cenepa designan a sus representantes alternos/as, siguiendo el procedimiento y plazo establecido en el numeral precedente. Artículo 6.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien asume la responsabilidad administrativa y coordinaciones operativas para el funcionamiento del Grupo de Trabajo; siendo responsable de llevar el registro de los acuerdos y toda la documentación que se genere; así como, de reportar periódicamente a la Presidencia. Artículo 7.- Participación de otras entidades públicas o privadas, así como la conformación de subgrupos de Trabajo El Grupo de Trabajo, para el cumplimiento de su objeto y funciones, puede convocar la participación de otras entidades públicas en el marco de sus respectivas competencias, así como, de personas jurídicas privadas, instituciones académicas y de investigación y organizaciones no gubernamentales, en calidad de