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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2022 (25/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de mayo de 2022 El Peruano / ENERGIA Y MINAS Aprueban el Plan Operativo Institucional Multianual correspondiente al período 2023-2025 del Ministerio de Energía y Minas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 171-2022-MINEM/DM Lima, 20 de mayo de 2022VISTOS: El Informe Nº 093-2022-MINEM-OGPP- OPPIC de la O fi cina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional; el Memorando Nº 00499-2022/MINEM-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 0420-2022-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, mediante el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico como conjunto articulado e integrado de órganos, subsistemas y relaciones funcionales, cuya fi nalidad es coordinar y viabilizar el proceso de planeamiento estratégico nacional para promover y orientar el desarrollo armónico y sostenido del país; así como, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, en adelante, CEPLAN, como organismo de derecho público, cuya fi nalidad es constituirse como el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; asimismo, el sub numeral 3.1 del artículo 3 del citado Decreto Legislativo señala que el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, se encuentra integrado, entre otros, por los órganos del Gobierno Nacional; Que, el numeral 3 del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1088, dispone que una de las funciones generales del CEPLAN es asesorar a las entidades del Estado y a los gobiernos regionales y orientar a los gobiernos locales en la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas y planes estratégicos de desarrollo, con la fi nalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2017/CEPLAN/PCD, se aprobó la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, que establece los lineamientos para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua y con una visión de largo plazo; asimismo, en el literal d) del numeral 7.2 del artículo 7 de la citada Directiva señala que las políticas institucionales se concretan en los Planes Estratégicos Institucionales (PEI) y los Planes Operativos Institucionales (POI); Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD y sus modi fi catorias, se aprobó la Guía para el Planeamiento Institucional, la que es aplicable para las entidades que integran el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico en los tres niveles de gobierno, que establecen pautas para la elaboración, implementación, seguimiento, evaluación y mejora continua de las políticas y planes institucionales de las entidades, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, las Políticas de Estado, el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, la propuesta de imagen de futuro del Perú al 2030, y las políticas nacionales, sectoriales y territoriales; Que, el numeral 4.1 de la sección 4 de la Guía para el Planeamiento Institucional señala que el Plan Operativo Institucional (POI) es un instrumento de gestión que orienta la necesidad de recursos para implementar la identi fi cación de la estrategia institucional; asimismo, en la sección 6 de la citada Guía señala que el POI comprende la programación multianual de las Actividades Operativas e Inversiones necesarias para ejecutar las Acciones Estratégicas Institucionales de fi nidas en el Planeamiento Estratégico Institucional (PEI); además, señala que la entidad utiliza el aplicativo CEPLAN V.01 para registrar y aprobar el POI Multianual y consistenciar el POI Anual con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), considerando la estructura funcional y programática del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF); Que, en la sección 6 de la citada Guía, establece que el Plan Operativo Institucional (POI) comprende la programación multianual de las Actividades Operativas e Inversiones necesarias para ejecutar las Acciones Estratégicas Institucionales de fi nidas en el Planeamiento Estratégico Institucional (PEI), por un periodo no menor de tres años respetando el período de vigencia del PEI, para ello se debe tener en cuenta la situación económica y fi scal del país, descrita en el Marco Macroeconómico Multianual y la estructura presupuestal del año vigente; Que, asimismo, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00031-2022/CEPLAN/PCD, se prorroga el plazo de la sección 6.2 de la Guía, estableciendo el 20 de mayo de 2022 como plazo máximo para el registro y aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2023-2025 por parte de los Titulares de las entidades de los tres niveles de gobierno; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 163-2020-MINEM/DM, se aprueba la ampliación del Horizonte del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) correspondiente al período 2016-2025 y del Horizonte del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Ministerio de Energía y Minas correspondiente al período 2020-2025, bajo los lineamientos establecidos en la Guía para el Planeamiento Institucional del CEPLAN, la misma que sirve de apoyo estratégico para la elaboración del POI Multianual; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 131-2021-MINEM/DM, se aprueba el Plan Operativo Institucional Multianual correspondiente al período 2022-2024 del Ministerio de Energía y Minas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 490-2021-MINEM-DM, se aprueba el Plan Operativo Institucional – POI 2022 consistenciado con el PIA 2022 del Ministerio de Energía y Minas; Que, el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 437- 2018-MEM/DM, constituye la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Energía y Minas, la cual interviene en la aplicación de las fases del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, teniendo como función, validar el documento del POI, en concordancia con la función establecida en el numeral 4.2 de la sección 4 de la Guía; Que, mediante Acta Nº 01-2022, sustentado en el Informe Nº 001-2022-MINEM/CPE-ST, los integrantes de la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Energía y Minas, en cumplimiento de sus funciones ha validado la propuesta del Plan Operativo Institucional Multianual 2023-2025, documento que contiene las Actividades Operativas y Proyectos de Inversión, la programación de metas físicas y fi nancieras, armonizados con el proyecto del Presupuesto Institucional y vinculados a los lineamientos estratégicos de la actual gestión; Que, conforme a los literales a), b) y e) del artículo 40 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2017-EM y sus modi fi catorias, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto tiene entre sus funciones coordinar y supervisar la formulación, el seguimiento y evaluación de los procesos de planeamiento, estadística, inversión pública, cooperación internacional, presupuesto y racionalización, de conformidad con las normas técnico - legales de los respectivos Sistemas Administrativos