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5 NORMAS LEGALES Sábado 12 de noviembre de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de negociaciones comerciales internacionales, de acuerdo a la política general del Estado peruano; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo Comercial entre el Perú, Colombia y Ecuador, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por otra; el Comité de Comercio se reunirá a nivel ministerial o por los representantes que dicho nivel designe, al menos una vez al año y de manera rotativa entre las ciudades de Bogotá, Bruselas, Lima y Quito; Que, en la ciudad de Quito, República del Ecuador, se llevarán a cabo la Reunión del Comité de Comercio del Acuerdo Comercial entre el Perú, Colombia y Ecuador, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por otra, el 16 de noviembre de 2022; Que, dicha reunión, es de particular importancia, porque dan seguimiento a la implementación y administración de diferentes ámbitos del Acuerdo Comercial; asimismo, abordan temas de interés e inquietudes de las Partes en relación al comercio bilateral; Que, en el referido Comité se adoptará la Decisión que dispone la extensión de la lista de indicaciones geográ fi cas del Perú protegidas por el Acuerdo Comercial; Que, por ser de interés institucional, el Viceministro de Comercio Exterior solicita que se autorice el viaje del señor José Luis Castillo Mezarina, Director General de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, del señor John Ramiro Cusipuma Frisancho, Director de la Dirección de Norteamérica y Europa de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales y de la señorita Cristina Isabel Medina Medina, quien labora en la Dirección de Norteamérica y Europa de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, para que en representación del MINCETUR, participen en las reuniones antes mencionadas; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modi fi catorias; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 15 al 16 de noviembre de 2022, del señor José Luis Castillo Mezarina, Director General de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, del señor John Ramiro Cusipuma Frisancho, Director de la Dirección de Norteamérica y Europa de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales y de la señorita Cristina Isabel Medina Medina, quien labora en la Dirección de Norteamérica y Europa de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participen en las reuniones a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, están a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase Económica US$Zona Geográ fi caViáticos por día US$Total Viáti- cos US$ José Luis Castillo Mezarina930,00 América del Sur370,00 x 2 días = 740,00 John Ramiro Cusipu- ma Frisancho930,00 370,00 x 2 días = 740,00 Cristina Isabel Medina Medina930,00 370,00 x 2 días = 740,00Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante la presente Resolución, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2123693-1 Formalizan incorporación de Perfil de Puesto de Especialista en Promoción Artesanal IV de la Dirección de Desarrollo Artesanal de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo, al Manual de Organización y Funciones (MOF) del Ministerio RESOLUCIÓN SECRETARIAL N° 0071-2022-MINCETUR/SG Lima, 28 de octubre de 2022VISTOS, los Informes N° 0357 y N° 0364-2022-MINCETUR/SG/OGA/OP/SDP de la Sub Dirección de Personal de la O fi cina de Personal; los Memorándums N° 1384 y N° 1713-2022-MINCETUR/SG/OGA/OP, y el correo electrónico de fecha 25 de octubre de 2022, emitidos por la O fi cina de Personal; el Memorándum N° 1309-2022-MINCETUR/SG/OGA de la Ofi cina General de Administración; el Memorándum N° 1069-2022-MINCETUR/SG/OGPPD de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023, se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, que comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos; Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, tiene por objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; Que, según el literal g) del numeral 5.1 de la Directiva N° 002-2014-SERVIR-GDSRH “Normas para la Gestión del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos en las entidades públicas”, aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 238-2014-SERVIR-PE, la Ofi cina de Recursos Humanos o la que haga sus veces, “Es la unidad orgánica responsable de la gestión de los recursos humanos en las entidades, que implementa las disposiciones que emita SERVIR como ente rector del Sistema” ; Que, el literal f) del artículo 5 de la Directiva N° 004-2017-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les de Puestos – MPP”, aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 312-2017-SERVIR-PE, establece que el Per fi l del Puesto es la información estructurada respecto a la ubicación de un puesto dentro de la estructura orgánica, la misión, las funciones, así como los requisitos y exigencias que se demandan para