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11 NORMAS LEGALES Sábado 12 de noviembre de 2022 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Contralmirante Roberto Sandro JIMÉNEZ TORREBLANCA, identi fi cado con CIP N° 00814520 y DNI N° 43442062 y del Contralmirante Luis Humberto DEL CARPIO AZÁLGARA, identi fi cado con CIP N° 01802896 y DNI N° 09399154, para que visiten las instalaciones de la Escuela de Guerra Naval, la Escuela de Guerra de Super fi cie, el Mando de formación de O fi ciales de Newport, la Academia de Sub o fi ciales y la Escuela de Justicia Naval, en la ciudad de Newport, Estado de Rhode Island, Estados Unidos de América, del 14 al 17 de noviembre de 2022; así como, autorizar su salida del país el 13 de noviembre y su retorno el 18 de noviembre de 2022. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima - Newport, Estado de Rhode Island (Estados Unidos de América) - Lima clase económicaUS$ 2,629.80 x 2 personas US$ 5,259.60 Viáticos: US$ 440.00 x 2 personas x 4 días US$ 3,520.00 ------------------- Total a pagar: US$ 8,779.60 Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El O fi cial Almirante comisionado más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, el personal designado efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL HUGO BARRAGÁN COLOMA Ministro de Defensa 2124270-1 Designan Secretario General del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 00140-2022-CENEPRED/J San Isidro, 10 de noviembre del 2022VISTO: El Informe N° 00062-2022-CENEPRED/OA de fecha 10 de noviembre de 2022 emitido por la O fi cina de Administración; y, el Informe N° 175-2022-CENEPRED/OA/RRHH de fecha 10 de noviembre de 2022, emitido por el Área de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de los funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de dicha Ley se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, el literal k) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED, aprobado por Decreto Supremo N° 104-2012-PCM, dispone que la Jefatura puede designar, suspender o remover, entre otros, a los trabajadores en cargos de dirección y con fi anza de acuerdo a la normatividad aplicable; Que, el numeral 5.1 del artículo 5° de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, establece los requisitos para los directivos públicos que ocupen el cargo de Secretario General de los organismos públicos del Poder Ejecutivo; Que, mediante el Informe N° 00062-2022-CENEPRED/ OA la O fi cina de Administración hace suyo el Informe N° 175-2022-CENEPRED/OA/RRHH del Área de Recursos Humanos, el cual concluye que el señor Solón Pedro Luis Prada Vega cumple los requisitos para ocupar el cargo de Secretario General del CENEPRED, enmarcándose la propuesta dentro de las disposiciones previstas en los instrumentos de gestión y la normativa vigente; Que, encontrándose vacante el cargo de Secretario General, resulta necesario designar al titular del mismo; Con el visto bueno de la O fi cina de Administración, Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; el Reglamento de Organización y Funciones del CENEPRED, aprobado por Decreto Supremo N° 104-2012-PCM, y en uso de las facultades conferidas mediante la Resolución Suprema N° 161-2022-DE; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Designar al señor Solón Pedro Luis Prada Vega en el cargo de Secretario General del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED. Artículo 2°.- Encargar a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina de Administración las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural. Artículo 3°.- Encargar a la O fi cina de Administración la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del CENEPRED. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO FUENTES COLE Jefe del CENEPRED 2124127-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1444-2022-DE Mediante O fi cio N° 4950-2022-MINDEF/SG, la Secretaría General del Ministerio de Defensa solicita que se publique la Fe de Erratas a la Resolución Ministerial N° 1444-2022-DE, publicada el día 5 de noviembre del 2022. DICE: Artículo 2.- (…) Pasajes aéreos (ida y vuelta) Lima – Washington D.C (Estados Unidos de América) – Lima US$ 2,433.75 x 1 persona (Incluye importe TUUA) US$ 2,433.75