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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (14/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Lunes 14 de noviembre de 2022 El Peruano / la plaza de Fiscal Provincial, para el Despacho de la Presidencia a su cargo, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; se hace oportuno, previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el término del presente ejercicio fi scal, esto es el 31 de diciembre de 2022, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Zelena Aguilar Huaco, Fiscal Adjunta Provincial Titular del Pool de Fiscales de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 510-2022-MP-FN, de fecha 29 de marzo de 2022. Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Zelena Aguilar Huaco, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2022, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2124528-1Nombran Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, designándolo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariano Melgar RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2400-2022-MP-FN Lima, 12 de noviembre de 2022 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, con o fi cios Nros. 1918 y 2347-2022-MP-FN- PJFSAREQUIPA, cursados por el abogado Freddy Santiago Irigoyen Díaz, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, se eleva la propuesta para cubrir una plaza de Fiscal Adjunto Provincial para el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariano Melgar, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante, e informa que la plaza señalada, cuenta con código AIRHSP N° 000662. Asimismo, mediante o fi cio N° 1067-2022-MP-FN- UEDFAREQ-APH, suscrito por Ronny Reineiro Susanibar Rosas, Subgerente de la O fi cina de Administración y Finanzas del Distrito Fiscal de Arequipa, se informa que si se cuenta con disponibilidad presupuestal para cubrir la citada plaza vacante. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; se hace oportuno, previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el término del presente ejercicio fi scal, esto es el 31 de diciembre de 2022, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar al abogado Henry Julián Pari Chipana, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, designándolo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariano Melgar, con reserva de su plaza de origen.