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20 NORMAS LEGALES Lunes 14 de noviembre de 2022 El Peruano / Artículo Segundo.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2022, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2124529-1 Dan por concluido nombramiento y designación, designan fiscales en diversos distritos fiscales, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2401-2022-MP-FN Lima, 12 de noviembre de 2022 VISTOS Y CONSIDERANDO: Los o fi cios Nros. 410 y 412-2022-MP-FN-FSTEDCFP, cursados por el doctor Franklin Jaime Tomy López, Fiscal Supremo Provisional Transitorio, designado en el Despacho de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fi scales provisionales y fi scales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Que, en mérito a la diferencia señalada en el párrafo precedente, cabe destacar que, el numeral 64.2 del artículo 64° de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal y su modi fi catoria, de fi ne a los fi scales provisionales como “aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se le designa”. Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución; más aún, si ellos cuentan con una plaza de origen titular. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política institucional del Ministerio Público, con la fi nalidad de garantizar un servicio e fi ciente y e fi caz, es quien posee la discrecionalidad en la designación de fi scales provisionales; por lo que, considerando lo solicitado e informado en los documentos citados en el primer párrafo, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a efectos de reorganizar el Despacho de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, para lo cual deberá darse por concluido el nombramiento, designación y las prórrogas de sus vigencias, del persona fi scal materia de su requerimiento; y, previa verifi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al reemplazo correspondiente que ocupe provisionalmente el cargo de Fiscal Provincial, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el término del presente ejercicio fi scal, esto es el 31 de diciembre de 2022, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Que, estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158° y 159° de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Denisse Magali Neira Montoya, como Fiscal Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, así como la adecuación de su nombramiento y designación; y, la prórroga de la vigencia de los mismos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 1340-2020-MP-FN y 304-2022-MP-FN, de fechas 03 de diciembre de 2020 y 10 de marzo de 2022, respectivamente. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de la abogada Karina Chambilla Chirinos, Fiscal Provincial Titular Mixta de Tambopata, Distrito Fiscal de Madre de Dios, en el Despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Tambopata, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1032-2020-MP-FN, de fecha 21 de septiembre de 2020. Artículo Tercero.- Designar a la abogada Karina Chambilla Chirinos, Fiscal Provincial Titular Mixta de Tambopata, Distrito Fiscal de Madre de Dios, en el Despacho de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos. Artículo Cuarto.- Designar a la abogada Denisse Magali Neira Montoya, Fiscal Adjunta Provincial Titular Especializada Contra la Criminalidad Organizada, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada. Artículo Quinto.- Disponer que la designación señalada en el artículo tercero de la presente resolución, tenga vigencia a partir de la fecha de su toma de posesión de cargo y hasta el 31 de diciembre de 2022, conforme a lo establecido en la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 080-2021-MP-FN-JFS, de fecha 14 de diciembre de 2021; así como en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Centro y Madre de Dios, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, O fi cina General de