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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (02/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 96

96 NORMAS LEGALES Domingo 2 de octubre de 2022 El Peruano / no proclamada de la organización política Movimiento Regional Unidad Cívica Lima. 2.12. Dichas convocatorias se realizan conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Aucallama, provincia de Huaral y departamento de Lima, del 6 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huaral, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.13. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.11.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. ACUMULAR los Expedientes N. os JNE.2022084717, JNE.2022084761 y JNE.2022084768. 2. DEJAR SIN EFECTO , de manera temporal, las credenciales otorgadas a don Hugo Aniano Álvarez Carballido, alcalde de la Municipalidad Distrital de Aucallama, provincia de Huaral, departamento de Lima, desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 3. CONVOCAR a don Juan Daniel Chavarría Cotrina, identi fi cado con DNI Nº 15749412, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Aucallama, provincia de Huaral, departamento de Lima, desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 4. DEJAR SIN EFECTO , de manera temporal, la credencial otorgada a doña Nélida Margarita Rosario Ceferino y don Félix Cceccaño Santiago, regidores del Concejo Distrital de Aucallama, provincia de Huaral, departamento de Lima, desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 5. CONVOCAR a doña Jessica Jhovanna Sandivar Ramírez, identi fi cada con DNI Nº 75117569, don Roberto Carlos Sotelo Retuerto, identi fi cado con DNI Nº 16012124 y doña Joselyne Silvana Rossi Ubilla, identi fi cada con DNI Nº 44305754, para que asuman, provisionalmente, el cargo de regidores del Concejo Distrital de Aucallama, provincia de Huaral, departamento de Lima, desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se les otorgará la credencial que los faculte como tal. 6. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929- 2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicado el 4 de enero de 2022, en el diario o fi cial El Peruano . 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano . 3 Publicada el 26 de noviembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano . 4 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2111474-1Convocan a ciudadanas para que asuman, provisionalmente, los cargos de alcaldesa y regidora de la Municipalidad Distrital de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 3677-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022085577 CHILCA - CAÑETE - LIMA LICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 2 de septiembre de dos mil veintidós VISTO : el O fi cio Nº 0100-2022-GSG-MDCH, del 25 de agosto de 2022, presentado por doña Clidipher Lila Ciprinos Mogollón, Gerente de Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima (en adelante, señora recurrente), por medio del cual comunicó la licencia concedida a don Alfredo Rosas Chauca Navarro, alcalde de la Municipalidad Distrital de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022). PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. A través del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 008-2022-MDCH, se aprobó la licencia sin goce de haber a favor del señor alcalde de la Municipalidad Distrital de Chilca, desde el 2 de setiembre al 2 de octubre de 2022. CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM) 1.1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 prescribe que están impedidos de ser candidatos, en las elecciones municipales, los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que debe serles concedida treinta (30) días naturales antes de la elección. En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipales (en adelante, LOM) 1.2. El artículo 24 determina que al alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; y que los regidores son reemplazados por los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. 1.3. El numeral 27 del artículo 9 establece que le corresponde al concejo municipal aprobar las licencias solicitadas por el alcalde y los regidores, no pudiendo concederse licencias simultáneamente a un número mayor del 40 % (cuarenta por ciento) de los regidores. En el Decreto Supremo Nº 001-2022-PCM1 1.4. El presidente de la República convocó a las ERM 2022 para el domingo 2 de octubre del mismo año, con el objeto de elegir a gobernadores, vicegobernadores, consejeros regionales de los departamentos de toda la República y la Provincia Constitucional del Callao, así como alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de la República. En la Resolución Nº 0918-2021-JNE, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 20222 1.5. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores