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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (02/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 89

89 NORMAS LEGALES Domingo 2 de octubre de 2022 El Peruano / […] 4.1. Las solicitudes de licencia deben ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 6 de junio de 2022 (120 días calendario antes de las elecciones), conforme a los fundamentos expuestos en el segundo párrafo del considerando 1.12. de la presente resolución. […] En la Resolución Nº 0919-2021-JNE que aprobó los mecanismos de reemplazo de las autoridades regionales y municipales que renuncien o soliciten licencias para participar como candidatos en las ERM 2022 3 1.6. El Pleno del JNE estableció, entre otros, los casos de licencia sin goce de haber de las autoridades regionales y municipales que la soliciten con el propósito de participar como candidatos en las ERM 2022. De tal forma, en el numeral 3, acápite 3.3., de la parte resolutiva, se dispuso: […] 3.3. La expedición de credenciales provisionales debe solicitarse al Jurado Nacional de Elecciones en el plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la presentación de la solicitud de licencia. […] En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del JNE 4 (en adelante, Reglamento) 1.7. El artículo 16 contempla lo siguiente: Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación [resaltado agregado]. […]. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. De la Plataforma Electoral del JNE, se evidencia que, en la Sesión de Concejo Ordinaria Nº 10 (virtual), del 17 de mayo de 2022 y el 2 de junio de 2022, el señor regidor solicitó licencia sin goce de haber por 120 días, debido a su intención de participar como candidato en las ERM 2022. 2.2. De la revisión de los actuados, se advierte, que con el O fi cio Nº 153-2022-MPZ-SG-KAOZ, la señora secretaria comunicó al JNE que, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 069-2022-MPZ, los miembros del concejo provincial otorgaron licencia sin goce de haber al señor regidor, por el periodo de “120 días”. 2.3. Sobre el particular, en aplicación de los plazos legales establecidos por la LER (ver SN 1.2.), y en la Resolución Nº 0918-2021-JNE (ver SN 1.5.), el periodo de licencia abarcará desde el 6 de junio hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones. 2.4. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del mencionado concejo provincial y de acuerdo con lo establecido en la LOM (ver SN 1.3.), correspondería que este órgano electoral convoque a doña Araceli Paola Nima Sullón, candidata no proclamada de la organización política Movimiento Regional Seguridad e Integración; no obstante, considerando que ha señalado que no podría asumir el cargo de regidora del Concejo Provincial de Zarumilla, por motivos personales y laborales, se procede a convocar a don Juan Gil Cabrera, identi fi cado con DNI Nº 80438233, candidato no proclamado de la precitada organización política, para que asuma, temporalmente, el cargo de regidor del mencionado concejo. 2.5. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas de la provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes, del 14 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Tumbes, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Teniendo en cuenta además la actual conformación del Concejo Provincial. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don José Manuel Cedillo Cruz, regidor del Concejo Provincial de Zarumilla, departamento de Tumbes, por el periodo comprendido desde el 6 de junio hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a don Juan Gil Cabrera, identi fi cado con DNI Nº 80438233, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de Zarumilla, departamento de Tumbes, por el periodo comprendido desde el 6 de junio hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVA Gómez Valverde Secretario General (e) 1 https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/expedientes/detalle/detalle- expediente 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 4 Aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 2111466-1 Convocan a ciudadano para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Antonio, provincia y departamento de San Martín RESOLUCIÓN Nº 3672-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022039707 SAN ANTONIO – SAN MARTÍN – SAN MARTÍNLICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATONO PROCLAMADO Lima, dos de setiembre de dos mil veintidós