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37 NORMAS LEGALES Viernes 14 de octubre de 2022 El Peruano / de Vehículos Internados en Depósitos Vehiculares por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran”, la cual cuenta con las conformidades de los órganos de línea; Que, por Memorando Nº D001299-2022-SUTRAN- OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº D000133-2022-SUTRAN-UPM, con el cual la Unidad de Planeamiento y Modernización emite opinión técnica favorable al proyecto de “Directiva para la Declaración de Abandono y Chatarreo de Vehículos Internados en Depósitos Vehiculares por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran”; Que, mediante Informe Nº D 000478-2022-SUTRAN- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la publicación del proyecto de “Directiva para la Declaración de Abandono y Chatarreo de Vehículos Internados en Depósitos Vehiculares por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran”, a efectos de conocer las opiniones, comentarios y/o aportes de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, opinión que es compartida por la Gerencia General, conforme se observa del Informe N° D000491-2022-SUTRAN-GG; Que, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, corresponde disponer la publicación del proyecto de “Directiva para la Declaración de Abandono y Chatarreo de Vehículos Internados en Depósitos Vehiculares por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran”, a fi n de recibir comentarios de los interesados; De conformidad con la Ley N° 29380, Ley de creación de la Superintendencia de Transportes Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, el Reglamento de la Sutran, aprobado por Decreto Supremo N° 033- 2009-MTC, el Reglamento de Organización y Funciones de la Sutran, aprobado con el Decreto Supremo N° 006-2015-MTC, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; y contando con el visto bueno de la Gerencia General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Estudios y Normas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de “Directiva para la Declaración de Abandono y Chatarreo de Vehículos Internados en Depósitos Vehiculares por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran”, y de su Exposición de Motivos, en el portal institucional www.gob.pe/sutran, el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo 2.- Los interesados podrán remitir sus comentarios vía correo electrónico a lcastillom@sutran.gob.pe, dentro del plazo de treinta (30) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”, con el asunto “Comentarios a la Directiva para la Declaración de Abandono y Chatarreo de Vehículos Internados en Depósitos Vehiculares por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran”. Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Estudios y Normas el procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten. Regístrese y comuníquese.GUILLERMO ARTURO GOURO MOGOLLÓN Superintendente de la Superintendencia 2115379-1Designan segunda Autoridad Instructora del procedimiento administrativo sancionador de la Subgerencia de Procedimientos de Servicios Complementarios de la Gerencia de Procedimientos y Sanciones de la Sutran RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° D000059-2022-SUTRAN-SP Lima, 13 de octubre de 2022VISTOS: El Informe Nº D000214-2022-SUTRAN- GPS de la Gerencia de Procedimientos y Sanciones, el Informe Nº D000293-2022-SUTRAN-UR de la Unidad de Recursos Humanos, el Informe Nº D000486-2022-SUTRAN-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 000493- 2022-SUTRAN-GG de la Gerencia General; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 29380, se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, con el Decreto Supremo Nº 006-2015-MTC, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Sutran, mediante el cual se establece la nueva estructura orgánica y funciones de la Entidad; Que, el artículo 249 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, indica que el ejercicio de la potestad sancionadora corresponde a las autoridades administrativas a quienes le hayan sido expresamente atribuidas por disposición legal o reglamentaria, sin que pueda asumirla o delegarse en órgano distinto; Que, de lo anterior se colige que las entidades públicas tienen la competencia de organizarse internamente para ejecutar las competencias atribuidas por Ley, lo cual comprende a su vez modi fi car o delegar funciones que se encuentren atribuidas a un órgano, organismos o área mencionada en el ROF de la Sutran, a fi n de lograr o mejorar la e fi ciencia en el ejercicio de sus competencias, garantizando como fi nalidad última el irrestricto respeto a los intereses generales de la sociedad en su conjunto; Que, mediante Informe Nº D000214-2022-SUTRAN- GPS, la Gerencia de Procedimientos y Sanciones solicita la emisión del acto administrativo que designe al servidor civil Piero Martín Roca Salazar, como segunda Autoridad Instructora del procedimiento administrativo sancionador de la Subgerencia de Procedimientos de Servicios Complementarios, en adición a las funciones que viene desempeñando en la entidad; considerando que su actual cargo es de Supervisor Legal en la Subgerencia de Procedimientos de Servicios de Transporte y de Pesos y Medidas de la Gerencia de Procedimientos y Sanciones; Que, mediante Informe Nº D000293-2022-SUTRAN- UR, la Unidad de Recursos Humanos menciona que el señor Piero Martín Roca Salazar, se encuentran laborando en la Sutran, con Contrato Administrativo de Servicios vigente; Que, mediante Informe Nº D00486-2022-SUTRAN- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica considera procedente que se designe al citado servidor, como segunda Autoridad Instructor del procedimiento administrativo sancionador de la Subgerencia de Procedimientos de Servicios Complementarios de la Gerencia de Procedimientos y Sanciones, en adición a las funciones que viene desempeñando en la entidad, opinión que es compartida por la Gerencia General, según el Informe Nº 000493-2022-SUTRAN-GG; Que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sutran, el Superintendente es la máxima autoridad de la entidad; y es competente para “emitir resoluciones (…) en materia de su competencia” ;