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12 NORMAS LEGALES Domingo 23 de octubre de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante documento con Registro Nº 3341703, de fecha 27 de julio de 2022, complementado con el documento con Registro Nº 3352664, de fecha 17 de agosto de 2022, la empresa IGNIS ENERGY PERÚ S.A.C. presenta la solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar los Estudios de Factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica para el proyecto “Parque Eólico Violeta 450 MW” con una potencia instalada estimada de 450 MW, al amparo de lo dispuesto por el artículo 23 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y el artículo 30 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los Estudios de Factibilidad, mencionados en el considerando que antecede, se desarrollarán en los distritos de Paita, La Unión y La Huaca, provincia y departamento de Piura; en la zona comprendida dentro las coordenadas UTM (WGS84) que fi guran en el Expediente; Que, en los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco de sus competencias, han veri fi cado que la empresa IGNIS ENERGY PERÚ S.A.C. cumple con los requisitos establecidos en el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y en el código CE02-1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2014-EM, y sus modi fi catorias; por lo que concluyen que corresponde otorgar la concesión temporal para realizar Estudios de Factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica para el proyecto ”Parque Eólico Violeta 450 MW”; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, y sus modi fi catorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 038-2014-EM, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de la empresa IGNIS ENERGY PERÚ S.A.C. la concesión temporal para desarrollar los Estudios de Factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para el proyecto “Parque Eólico Violeta 450 MW” con una potencia instalada estimada de 450 MW. Dichos estudios se realizarán en los distritos de Paita, La Unión y La Huaca, provincia y departamento de Piura; por un plazo de veinticuatro (24) meses, contados desde la publicación de la presente Resolución Ministerial, según lo establecido en el artículo 23 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 2.- Establecer como área de la concesión temporal otorgada, la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (WGS 84) - Zona 17 Sur: VÉRTICE ESTE NORTE V1 497189.5165 9434972.1636 V2 497299.6423 9434956.6590 V3 496507.1663 9431190.4090 V4 497477.7193 9431030.7381 V5 498072.6989 9435019.8582 V6 501753.3724 9434497.1904 V7 504845.4803 9434254.9008 V8 504709.3881 9433728.3335 V9 505014.6188 9433701.3933 V10 505142.5750 9434231.2568 V11 507145.3583 9434071.8674 V12 506896.2186 9430635.7905VÉRTICE ESTE NORTE V13 499740.9567 9430635.7913V14 499740.9541 9420798.4518V15 498420.8770 9421594.0357V16 497737.8273 9421346.2970V17 497329.0275 9420525.3815V18 501599.6644 9417798.5229V19 501562.4543 9417371.3889V20 500608.3662 9417438.5993V21 500294.0109 9417403.4404V22 499820.6634 9418443.1213V23 498024.7188 9418808.2360V24 497498.1970 9419906.2590V25 496048.5679 9419111.8058V26 494720.9939 9421916.0135V27 494353.4392 9423746.1620V28 494571.6651 9423845.5209V29 494090.6163 9427023.3186V30 495077.0506 9429517.1769 Artículo 3.- Disponer que la empresa IGNIS ENERGY PERÚ S.A.C. realice los estudios respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, la Resolución Directoral Nº 046-2010-EM/DGE, y demás normas legales pertinentes. Artículo 4.- El incumplimiento de lo señalado en el artículo precedente, será fi scalizado por las entidades competentes, de conformidad a la normativa vigente, a fi n de determinar las acciones que correspondan. Artículo 5.- Establecer que, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, la empresa IGNIS ENERGY PERÚ S.A.C. no cumpliera con las obligaciones contraídas, respecto a la ejecución de estudios y el cumplimiento del Cronograma de Ejecución de los Estudios de Factibilidad, el cual incluye la presentación de los estudios ejecutados con la correspondiente conformidad de la Dirección General de Electricidad, o no renovara oportunamente la garantía de fi el cumplimiento; la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada, según lo establecido en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, por una (1) sola vez, en el diario ofi cial “El Peruano” por cuenta de la empresa IGNIS ENERGY PERÚ S.A.C., en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALESSANDRA G. HERRERA JARA Ministra de Energía y Minas 2113205-1 INTERIOR Aprueban el Presupuesto Analítico de Personal 2022 de la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración del Ministerio del Interior RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1513-2022-IN Lima, 21 de octubre de 2022