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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (23/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Domingo 23 de octubre de 2022 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior de la señorita Diana Karolyn Acevedo Becerra, Especialista en Políticas de Inversión de la Gerencia de Operaciones Internacionales, los días 27 y 28 de octubre a la ciudad de Ottawa, Canadá, y el pago de los gastos, a fi n de que intervenga en el evento indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasajes: US$ 1344,02 Viáticos: US$ 1050,00TOTAL: US$ 2394,02 Artículo 3°.- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 2106925-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan movilidad docente internacional para docentes de la Universidad Nacional de Frontera a fin de viajar a España para participar en congreso sobre gestión turística UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 440-2022-UNF/CO Sullana, 2 de setiembre de 2022VISTOS:El O fi cio Nº 01-2022-UNF-VPA-FCET/DOCENTES INVESTIGADORAS de fecha 15 de julio de 2022; el Informe Nº 021-2022-UNF-VPAC-FCET de fecha 02 de agosto de 2022; el O fi cio Nº 514-2022-UNF-VPAC de fecha 09 de agosto de 2022; el Informe Nº 1048-2022-UNF-PCO-OPP-UP de fecha 16 de agosto de 2022; el O fi cio Nº 1153-2022-UNF-VPAC-FCET de fecha 02 de setiembre de 2022; el O fi cio Nº 584-2022-UNF-VPAC de fecha 02 de setiembre de 2022; el O fi cio Nº 1176-2022-UNF-VPAC/ FCET de fecha 02 de setiembre de 2022; Acta de Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora, de fecha 06 de setiembre de 2022; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, prescribe que la Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico: Las Universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes. Que, mediante Ley Nº 29568 del 26 de julio de 2010 se crea la Universidad Nacional de Frontera en el distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura, con fi nes de fomentar el desarrollo sostenible de la Subregión Luciano Castillo Colonna, en armonía con la preservación del medio ambiente y el desarrollo económico sostenible; y, contribuir al crecimiento y desarrollo estratégico de la región fronteriza noroeste del país. Que, el artículo 8º de la Ley Universitaria, establece que la autonomía inherente a las Universidades se ejerce de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República e implica los derechos de aprobar su propio estatuto y gobernarse de acuerdo con él, organizar su sistema académico, económico y administrativo.Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 461-2021-UNF/CO de fecha 29 de noviembre de 2021, se resuelve aprobar el Estatuto de la Universidad Nacional de Frontera. Que, con Decreto Supremo Nº 108-2022-PCM, de fecha 27 de agosto de 2022, se aprueba: “Prorróguese el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo Nº 016-2022-PCM, prorrogado por Decreto Supremo Nº 030-2022-PCM, Decreto Supremo Nº 041-2022-PCM, Decreto Supremo Nº 058-2022-PCM, Decreto Supremo Nº 076-2022-PCM y Decreto Supremo Nº 092-2022-PCM, por el plazo de treinta y tres (33) días calendario, a partir del 29 de agosto de 2022, por las graves circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID-19”. Que, mediante O fi cio Nº 01-2022-UNF-VPA-FCET/ DOCENTES INVESTIGADORAS, de fecha 15 de julio de 2022, la Mg. Luz Arelis Moreno Quispe, M. Sc. Cynthia Milagros Apaza Panca, Dra. Susana Soledad Chinchay Villarreyes y Dra. Priscila Estelita Lujan Vera remiten a la Coordinadora de la Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo, el plan de trabajo como docentes investigadoras de la Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo para realizar la movilidad docente, participando en eventos cientí fi cos internacionales en la disertación de ponencias, el cual servirá para cumplir con lo establecido en el marco del Proceso de Acreditación respecto al Factor 4 “Proceso Enseñanza -Aprendizaje”, Estándar 13: Movilidad. Que, con Informe Nº 021-2022-UNF-VPAC-FCET, de fecha 02 de agosto de 2022, la Coordinadora de la Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo hacen llegar a la Vicepresidencia Académica: “(…) la documentación presentada por la Dra. Susana Chinchay Villarreyes, Mg. Luz Arelis Moreno Quispe, Mg. Cynthia Apaza Panca y Dra. Priscila Estelita Lujan Vera, con la fi nalidad que se evalúe su viabilidad y prosiga con el trámite administrativo respectivo, otorgándose su autorización”. Que, mediante O fi cio Nº 514-2022-UNF-VPAC, de fecha 09 de agosto de 2022, la Vicepresidencia Académica eleva a Presidencia de Comisión Organizadora: “(…) la aprobación de Movilidad Docente Internacional; con la fi nalidad de participar en la XXV CUMBRE MUNDIAL DE EDUCACIÓN, ya que se cuenta con presupuesto asignado en las partidas relacionadas con la movilidad docente referidas a la AOI648 Gestión del Programa que, permite fi nanciar la salida de los docentes sin afectar la distribución del presupuesto asignado, ni demandar presupuesto adicional al otorgado. En tal sentido, agradeceré de antemano se sirva gestionar a quien corresponda emisión del acto resolutivo con opinión favorable de Vicepresidencia Académica”. Que, con Informe Nº 1048-2022-UNF-PCO-OPP- UP, de fecha 16 de agosto de 2022, la Jefa de la Unidad de Presupuesto informa a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, que: “Al respecto, la Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo, dispone en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, Meta 0032 “Gestión Del Programa”, AOI-647 Movilidad de Docentes y partida de gasto 2.3.2.1.2.1 Pasajes y Gastos de Transporte (viajes domésticos), la suma de S/ 33,983. Se recomienda que la Coordinadora de la facultad evalué sus saldos disponibles, para una posible modi fi cación presupuestaria y se cubra la diferencia que faltaría para costear el pago por concepto de viáticos internacionales y pasajes nacionales e internacional de las docentes. En ese sentido, de realizarse las acciones citadas y de contar con el presupuesto, la alta dirección deberá autorizar el viaje al extranjero, mediante resolución del Titular de la Entidad, y ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano con anterioridad al viaje de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 27619 – Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y funcionarios Públicos; así mismo el costo de la publicación en el diario debe ser asumido con el presupuesto de la Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo, sin demandar mayor asignación de recursos, considerando que no se cuenta con saldos de libre disponibilidad”. Que, mediante O fi cio Nº 1153-2022-UNF-VPAC- FCET, de fecha 02 de setiembre de 2022, la Coordinadora de la Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo comunica a la Vicepresidencia Académica, que: “(…) se