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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (15/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 180

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Jueves 15 de setiembre de 2022 El Peruano / Que, mediante Memorando N° 00872-2022/DDC ICA/MC de fecha 05 de agosto de 2022, la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica remite a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble la propuesta de protección provisional del Paisaje Arqueológico Geoglifos de Sacta, ubicado en el distrito de Santiago, provincia de Ica, recaída en el Informe de Inspección N° 001- 2022-BHEP-SDPCICI-DDC/MC del 05 de agosto del 2022, para su atención; Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que el acto administrativo “ puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición de que se les identi fi que de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. Los informes, dictámenes o similares que sirvan de fundamento a la decisión, deben ser noti fi cados al administrado conjuntamente con el acto administrativo” ; Que, mediante Informe N° 000674-2022-DSFL/MC de fecha 05 de setiembre de 2022, sustentado en el Informe N° 000113-2022-DSFL-LMS/MC de fecha 05 de setiembre del 2022, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal asume la propuesta contenida en el Informe de Inspección N° 001- 2022-BHEP-SDPCICI-DDC/MC del 05 de agosto del 2022 elaborado por el Lic. Brank Humberto Estebes Peña, arqueólogo de la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica; y, en consecuencia, recomienda la determinación de la Protección Provisional del Paisaje Arqueológico Geoglifos de Sacta, ubicado en el distrito de Santiago, provincia de Ica, departamento de Ica; Que, mediante Informe Nº 000144-2022-DGPA-KDP/ MC de fecha 09 de setiembre de 2022, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomienda emitir la resolución directoral que determine la Protección Provisional del Paisaje Arqueológico Geoglifos de Sacta, ubicado en el distrito de Santiago, provincia de Ica, departamento de Ica; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 077-2018-VMPCIC-MC; la Resolución Viceministerial N° 000012-2022-VMPCIC- MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Paisaje Arqueológico Geoglifos de Sacta, ubicado en el distrito de Santiago, provincia de Ica, departamento de Ica, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo, de acuerdo al Plano Perimétrico con código PPROV-056-MC-DGPA-DSFL-2022 WGS84, presenta las siguientes coordenadas: Datum: WGS84 Proyección: UTMZona UTM: 18 LCoordenada de referencia: 423295.0000 E / 8423047.0000 N CUADRO DE DATOS TECNICOS VERTICE LADO DISTANCIAANG. INTERNOESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 301.04 78°57’6” 422545.0000 8423295.0000 2 2-3 63.89 133°24’11” 422844.0000 8423330.0000 3 3-4 88.46 209°29’59” 422893.0000 8423289.0000 4 4-5 134.39 177°31’19” 422980.0000 8423273.00005 5-6 155.08 170°8’12” 423111.0000 8423243.0000CUADRO DE DATOS TECNICOS VERTICE LADO DISTANCIAANG. INTERNOESTE (X) NORTE (Y) 6 6-7 250.2 149°18’41” 423254.0000 8423183.0000 7 7-8 142.64 125°54’18” 423403.0000 8422982.00008 8-9 263 160°53’37” 423360.0000 8422846.0000 9 9-10 595.29 207°4’44” 423203.0000 8422635.0000 10 10-11 355.56 35°25’3” 423104.0000 8422048.0000 11 11-12 358.11 178°12’56” 422949.0000 8422368.0000 12 12-13 324.51 184°52’29” 422803.0000 8422695.000013 13-1 331.75 168°47’25” 422646.0000 8422979.0000 TOTAL 3363.92 1980°0’0” ÁREA (m2): 522145.50 (52.2146 ha) PERÍMETRO: 3363.92 m Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 001- 2022-BHEP-SDPCICI-DDC/MC del 05 de agosto del 2022, elaborado por el Lic. Brank Humberto Estebes Peña, arqueólogo de la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica, así como en el Informe N° 000674-2022-DSFL/MC e Informe N° 000113-2022-DSFL-LMS/MC de fecha 05 de setiembre del 2022 emitido por la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal y el Plano Perimétrico con código PPROV-056-MC-DGPA-DSFL-2022 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA Paralización y/o cese de la afectación:XParalización de los trabajos de excavación para la extracción de material de agregados (Cantera). Señalización XConsiderar la reubicación de paneles e hitos preexistentes con fi nes detener y proteger la zona de la extracción de material de agregado (cantera). Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Santiago, en la Provincia y Departamento de Ica, a fi n que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 001- 2022-BHEP-SDPCICI-DDC/MC, el Informe N° 000674-2022-DSFL/MC e Informe N° 000113-2022-DSFL-LMS/MC e Informe Nº