NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (16/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 192
TEXTO PAGINA: 7
7 NORMAS LEGALES Viernes 16 de setiembre de 2022 El Peruano / COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Establecen integrantes del Comité Directivo del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de Artesanía y Turismo – CITE Ayacucho RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 241-2022-MINCETUR Lima, 15 de setiembre de 2022VISTOS, el Informe Nº 069-2022-MINCETUR/VMT/ DGA-DCITAT/CITE AYACUCHO-COORD y el Informe N° 0044-2022-MINCETUR/VMT/DGA/DCITAT-EVM de la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE, modi fi cado mediante Ley N° 31524, Ley que modi fi ca el Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE, se norma la creación, implementación, desarrollo, funcionamiento y gestión de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE, los cuales tienen por objeto, entre otros, contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de actividades de capacitación y asistencia técnica; asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica; investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos; Que, asimismo, el artículo 15 del citado Decreto Legislativo establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, crea los CITE Artesanales y Turísticos, públicos o privados, con la fi nalidad de promover la innovación tecnológica y el desarrollo de las actividades artesanales y turísticas, en el ámbito de su competencia; Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE y modi fi catoria, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, dispone, entre otros puntos, que el MINCETUR establece el procedimiento de creación, califi cación, promoción, supervisión, gestión y extinción de los CITE; Que, en tal sentido, mediante la Resolución Ministerial N° 264-2019-MINCETUR y modi fi catorias, se aprueba la Directiva N° 005-2019-MINCETUR/DM, “Directiva que regula los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE Públicos y Privados a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR”, la que en su numeral 7.1.3 señala que el Comité Directivo del CITE Público es el órgano supremo de gobierno interno conformado por un máximo de siete (7) miembros los cuales son designados por Resolución Ministerial, lo que guarda concordancia con lo previsto en el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1228; Que, mediante Resolución Ministerial N° 382-2015-MINCETUR se crea el “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de Artesanía y Turismo – CITE Ayacucho”, de naturaleza pública, del MINCETUR, con sede en el departamento de Ayacucho; Que, mediante Resolución Ministerial N° 079-2016-MINCETUR y modi fi catorias, se designaron a los integrantes del Comité Directivo del CITE Ayacucho; Que, la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo, mediante los documentos de Vistos, en el marco de lo previsto en la Directiva N° 005-2019-MINCETUR/DM “Directiva que Regula los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE Públicos y Privados a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR” y modi fi catorias, informa y da cuenta sobre las acciones y coordinaciones realizadas con los representante de las entidades públicas, la academia y los gremios representantes de la actividad artesanal y turística del departamento de Ayacucho, que integran el Comité Directivo del CITE Ayacucho, con la fi nalidad de sustentar y proceder a la actualización del referido Comité: De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE, modi fi cado mediante la Ley N° 31524; el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE, modi fi cado mediante la Ley N° 31524; y, el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; SE RESUELVE:Artículo 1.- El Comité Directivo del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de Artesanía y Turismo – CITE Ayacucho del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, se encuentra integrado por los siguientes miembros: Por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR - Presidente Titular: Director (a) General de Investigación y Estudios sobre Turismo y Artesanía. - Presidente Alterno: Director (a) de Estudios de Prospectiva del Turismo y Artesanía. Por el Instituto Tecnológico de la Producción - ITP- Representante Titular: Director (a) de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE (DEDFO). - Representante Alterno: Director (a) del CITE Cuero y Calzado Lima. Por la Municipalidad Provincial de Huamanga - Representante Titular: Gerente (a) de Desarrollo Económico. - Representante Alterno: Sub Gerente (a) de Cultura, Turismo y Artesanía. Por la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ - Asistente (a) Regional I Perú Ayacucho. - Asistente (a) I Perú Ayacucho. Por la Actividad Artesanal de la Región Ayacucho- Miembro Titular: Zenaida Peña Cuadros. - Miembro Alterno: Edgar Prado De La Cruz. Por la Actividad Turística de la Región Ayacucho- Representante Titular: Pastor Clímaco Pérez Acevedo. - Representante Alterno: Maryober Yupari Oriundo. Por la Academia: Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga - Representante Titular: Jefe (a) de la O fi cina de Innovación y Transferencia Tecnológica. - Representante Alterno: Jefe (a) de la O fi cina de Tecnologías de la Información.