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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (16/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 192

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Viernes 16 de setiembre de 2022 El Peruano / pe/minedu), el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de setiembre del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN Ministro de Educación 2106168-3 INTERIOR Autorizan viaje de oficial de la Policía Nacional del Perú a Brasil, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1327-2022-IN Lima, 15 de setiembre de 2022VISTOS, el O ficio N° 1350-2022-COMASGEN-CO PNP/DIRASINT-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 001711-2022/IN/OGAJ de la O ficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO:Que, mediante O ficio N° 45/2SC4 de fecha 19 de abril de 2022, el Jefe de la 2SC4 de la Sección de Cooperación Militar Internacional del Comando de Aeronáutica de Brasil de la Fuerza Aérea Brasilera informa a su Agregado en Perú sobre la disponibilidad de vacantes en cursos del Centro de Investigación y Prevención de Accidentes Aeronáuticos (CENIPA) en el año 2022, para O ficiales y Subo ficiales de la Dirección de Aviación Policial de la Policía Nacional del Perú, señalando que se pondrán a disposición vacantes en las actividades previstas en el Programa de Capacitación 2022 del Sistema de Investigación y Prevención de Accidentes Aeronáuticos (SIPAER), entre ellas, una (1) vacante para el “Cursillo de Gerenciamiento de Riesgo de la Fauna (EGRF)”, el cual cuenta con dos fases, la primera de enseñanza a distancia del 1 al 31 de agosto de 2022, y la segunda en modalidad presencial del 19 al 23 de setiembre de 2022, a llevarse a cabo en el municipio de Pirassununga, estado de Sao Paulo de la República Federativa de Brasil; Que, con Informe N° 096-2022-COMASGEN CO PNP/ DIRAVPOL-DIVSEAER de fecha 7 de junio de 2022, la Dirección de Aviación Policial de la Policía Nacional del Perú, sustenta la importancia y viabilidad de la participación del Comandante de la Policía Nacional del Perú Enrique Christian Mendoza Sánchez, en el curso antes mencionado; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 250-2022-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 7 de setiembre de 2022, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Enrique Christian Mendoza Sánchez, del 17 al 24 de setiembre de 2022, al municipio de Pirassununga, estado de Sao Paulo de la República Federativa de Brasil, para que participe en el referido cursillo, considerando que resulta importante para la Policía Nacional del Perú, en razón a que el citado personal policial será capacitado en la gestión de riesgo de la fauna, lo que coadyuvará en las operaciones aéreas de la institución policial, a fin de prevenir accidentes aéreos que puedan resultar catastró ficos y de alto costo para el Estado; asimismo, se señala que la referida capacitación tendrá un efecto multiplicador en el personal policial que labora en la Dirección de Aviación Policial; Que, los conocimientos y experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el curso antes indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) y viáticos son asumidos por la Unidad Ejecutora 018: Dirección de Aviación Policial - DIRAVPOL, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme se precisa en el O ficio N° 736-2022-COMASGEN CO PNP/DIRAVPOL/ESCAVI; Que, conforme al artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, “El personal policial tiene los siguientes derechos: (…) 3) Formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente. (…)”; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o ficial comprenden las modalidades siguientes: Misión de estudios (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”; Que, la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, en su artículo 11 establece que “11.1. Durante el Año Fiscal 2022, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…). La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias (…)”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (…)”; Que, a través del Informe de Vistos, la O ficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución que autoriza el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal policial antes descrito del 17 al 24 de setiembre de 2022, al municipio de Pirassununga, estado de Sao Paulo de la República Federativa de Brasil, para que participe del “Cursillo de Gerenciamiento de Riesgo de la Fauna (EGRF)”; Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O ficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley N° 31365, Ley de