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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (22/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 147

147 NORMAS LEGALES Jueves 22 de setiembre de 2022 El Peruano / N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y contando con las visaciones de la Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; SE DECRETA:Artículo Primero.- Convocar a audiencia pública de rendición de cuentas de la Municipalidad de La Victoria, de acuerdo al único anexo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Encargar al equipo técnico de rendición de cuentas llevar a cabo las acciones correspondientes para el debido cumplimiento del presente decreto. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General la publicación del Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones el presente dispositivo legal y su anexo único en el portal institucional www.munilavictoria.gob.pe Regístrese, publíquese y cúmplase.LORELEI BRUNELLA MORALES GOMEZ Alcaldesa 2108110-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Modifican el D.A. Nº 028-2022-ALC/MSI, que convocó a organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil del distrito de San Isidro, y vecinos en general, a la II Audiencia Pública 2022 del distrito de San Isidro DECRETO DE ALCALDÍA Nº 029-2022-ALC/MSI San Isidro, 21 de setiembre del 2022 EL ALCALDE DE SAN ISIDROVISTOS: El Informe N° 469-2022-0510-SPP-GPPDC/ MSI de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 080-2022-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; y, CONSIDERANDO:Que, los artículos 194° y 197° de la Constitución Política del Perú establecen que las municipalidades son órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, así como, que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; Que, los artículos 20º, numeral 36, y 119-A de la Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, modi fi cados por la Ley Nº 31433, establecen que es atribución del alcalde, convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales, conforme a la circunscripción de gobierno local; y, que las audiencias públicas municipales constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las di fi cultades que impidieron el cumplimiento de compromisos, así como que los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la fi nalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fi scal;Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 013-2022-ALC/ MSI, publicado el 26 de mayo de 2022, se convocó a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil de San Isidro, y vecinos en general, a la Audiencia Pública del distrito de San Isidro, a llevarse a cabo el 30 de mayo de 2022; Que, por Decreto de Alcaldía Nº 028-2022-ALC/ MSI del 16 de setiembre de 2022, publicado el 18 de setiembre de 2022, se convocó a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil de San Isidro, y vecinos en general, a la II Audiencia Pública 2022 del distrito de San Isidro, según el siguiente cronograma: AUDIENCIA PÚBLICA Lugar FECHA Convocatoria Pública y difusión Diario o fi cial, portal web, redes sociales, etc.Previo a los eventos AUDIENCIA PÚBLICA CENTRAL Centro Cultural PUCP Av. Camino Real 107520 de setiembre de 2022 16:30 horas Audiencia Pública Sector 1Parque Alfonso Ugarte Av. Javier Prado Oeste 1722 de setiembre de 2022 16:30 horas Audiencia Pública Sector 2Parque Benemérita Guardia Civil Av. Gral. Salaverry 360023 de setiembre de 2022 16.30 horas Audiencia Pública Sector 3Casa de la Cultura y Palacio Municipal Av. Los Incas 27026 de setiembre de 2022 16:30 horas Audiencia Pública Sector 4Parque José Luis Bustamante Av. del Parque 30027 de setiembre de 2022 16:30 horas Audiencia Pública Sector 5Ovalo José Quiñonez Av. Guardia Civil S/N28 de setiembre de 2022 16:30 horas Que, de acuerdo con las funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, aprobado por Ordenanza N° 505-MSI y modi fi catoria,, con los documentos del visto, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, y la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, remiten proyecto de modi fi cación del Artículo Primero del Decreto de Alcaldía Nº 028-2022-ALC/MSI que convoca a la II Audiencia Pública 2022, en razón que con la realización de la “Audiencia Pública Central”, prevista en su cronograma, se cumple lo establecido en los artículos 20º, numeral 36, y 119-A de la Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, modi fi cados por la Ley Nº 31433, respecto a la realización de la segunda audiencia pública distrital en el mes de setiembre, por lo que propone que las restantes denominadas audiencias, convocadas para cada sector, se dejen sin efecto y se realicen a través de reuniones vecinales fuera del marco normativo que rige las “audiencias públicas distritales“, las mismas que deberían estar a cargo de la Gerencia de Participación Vecinal en el marco de sus competencias, a efectos que la citada Gerencia recoja las necesidades y sugerencias vecinales por cada uno de los sectores, y contribuya con el fortalecimiento de espacios de participación y la atención al vecino; Que, por tales consideraciones, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde modi fi car el Artículo Primero del Decreto de Alcaldía Nº 028-2022-ALC/MSI del 16 de setiembre de 2022 que convoca a la II Audiencia Pública 2022, según la propuesta formulada por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, y la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, en el ejercicio de sus competencias; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 218-2022-0400-GAJ/MSI; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;