NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (22/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 148
TEXTO PAGINA: 130
130 NORMAS LEGALES Jueves 22 de setiembre de 2022 El Peruano / mediante el Memorando N° 001314-2022/OAF/RENIEC (16SEP2022), remite el Informe N° 000965-2022/OAF/ULG/RENIEC (16SEP2022) de la Unidad de Logística, el cual señala que el boleto electrónico para el transporte aéreo internacional (ida y retorno) de la servidora GLADIS VIRGINIA CACHAY ESPINO, asciende a la suma de S/ 6,832.47 (Seis Mil Ochocientos Treinta y Dos con 47/100 Soles; Que el costo de los pasajes aéreos señalado en el párrafo precedente, el cual será asumido por la entidad, cuenta con el correspondiente Certi fi cado de Crédito Presupuestario, el mismo que ha sido otorgado mediante la Hoja de Elevación Nº 001300-2022/OPP/UP/RENIEC (16SEP2022) de la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto; Que de acuerdo a lo propuesto por la Gerencia General, a través del Memorando Múltiple N°000102-2022/GG/RENIEC (13SEP2022), se ha considerado pertinente encargar las funciones del cargo de Gerente General, al servidor WALTER PAUL TWANAMA ALTAMIRANO, Asesor de la Gerencia General, del 28 de setiembre al 03 de octubre de 2022, con retención de su cargo; Que mediante el Informe N° 000164-2022/OPH/ URL/RENIEC (19SEP2022), la Unidad de Relaciones Laborales de la O fi cina de Potencial Humano emite opinión señalando que el viaje en comisión de servicios aludido se encuentra enmarcado en el numeral 11.1 del artículo 11° de la Ley N° 31365 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que por lo expuesto, debido a la naturaleza del evento, resulta de interés institucional atender la invitación formulada, por lo que resulta procedente autorizar el viaje en comisión de servicios de la servidora GLADIS VIRGINIA CACHAY ESPINO, Gerente General del RENIEC, a la ciudad de Brasilia de la República Federativa de Brasil, del 28 de setiembre al 03 de octubre de 2022, de acuerdo al itinerario de viaje establecido; Estando a las atribuciones conferidas en la Ley N° 26497 – Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil y en el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, aprobado mediante Resolución Jefatural N°86-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modi fi catoria; y lo dispuesto en la Ley N° 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje, en comisión de servicios, de la servidora GLADIS VIRGINIA CACHAY ESPINO, Gerente General del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC, a la ciudad de Brasilia de la República Federativa de Brasil, del 28 de setiembre al 03 de octubre de 2022, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Jefatural. Artículo Segundo.- ENCARGAR, al servidor WALTER PAUL TWANAMA ALTAMIRANO, Asesor de la Gerencia General, las funciones del cargo de Gerente General del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC, del 28 de septiembre al 03 de octubre de 2022, con retención de su cargo. Artículo Tercero.- Los gastos que genere la comisión de servicios indicada en el Artículo Primero de la presente Resolución Jefatural, relativos al hospedaje, alimentación y transporte interno, serán cubiertos por los organizadores del evento y no ocasionará egreso alguno a la Institución por dichos conceptos; sin embargo, el RENIEC cubrirá el costo por pasaje aéreo, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasaje aéreo: S/ 6,832.47Artículo Cuarto.- DISPONER que la servidora GLADIS VIRGINIA CACHAY ESPINO, Gerente General del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC, presente ante la Jefatura Nacional, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de culminado el desplazamiento. Artículo Quinto.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural a la O fi cina de Potencial Humano. Regístrese, publíquese y cúmplase.CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2107838-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Autorizan Transferencia de Recursos Económicos a favor de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso para financiar la ejecución de la Primera Etapa del PI. “Mejoramiento del Servicio de Transitabilidad, en las Vías Internas del A.H. Villa Señor de los Milagros, Distrito de Carmen de la Legua Reynoso - Provincia de Callao - Departamento Callao” ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 120 Callao, 26 de agosto de 2022El Consejo del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Extraordinaria Virtual celebrada el 26 de agosto de 2022, con el voto mayoritario de los/as Consejeros/as Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales-Ley Nº 27867; y, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao. VISTO: El Dictamen Nº 207-2022-GRC/CR-CAR de fecha 18 de agosto de 2022, de la Comisión de Administración Regional del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Artículo 191 de la Constitución Política del Perú modi fi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 30305, “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fi scalizador (…)”; concordante con el Artículo 2 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: ”Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal”; Que, el Artículo 39 de la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, señala que: “(…) Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (…)”; Que, el Numeral 26 del Artículo 9 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se establece: “26. Aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales”;