Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (23/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Viernes 23 de setiembre de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante la Carta s/n de fecha 17 de agosto de 2022, la señora Tatiana Gallego Lizon, Jefa de la División de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD) del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), cursa invitación al señor Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para participar en el evento “Foro Vivienda 2022: Soluciones resilientes para la reducción del dé fi cit habitacional en América Latina y el Caribe”, a llevarse a cabo los días 29 y 30 de septiembre de 2022, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, conforme al itinerario de viaje respectivo; y extiende invitación para que el señor Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento participe en el Diálogo Regional de Política de Vivienda, exclusivamente orientado a ministros y viceministros que se celebrará el 30 de septiembre de 2022; Que, asimismo, conforme a lo señalado en la invitación citada en el considerando precedente, el BID cubrirá los gastos que demande la participación del señor Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento en el citado evento; Que, la participación del señor César Paniagua Chacón, Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento en el citado evento, resulta primordial dado que es una oportunidad de apertura al trabajo multilateral y de colaboración interinstitucional entre el BID, los ministros de vivienda y desarrollo urbano, directores generales de bancos, micro fi nancieras y fondos de inversión, directores generales de empresas constructoras de vivienda, academia y otros actores relevantes del sector de vivienda y de desarrollo urbano a nivel internacional; Que, conforme se desprende de los informes que sustentan la propuesta, el BID cubrirá los gastos que demande la participación del señor César Paniagua Chacón, Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento en el citado evento, sin que irrogue gastos al Tesoro Público; Que, en tal sentido, y por ser de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje del señor César Paniagua Chacón, Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento en el citado evento; Que, en tanto dure la ausencia del Titular, es necesario encargar el Despacho de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, conforme al segundo párrafo del artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la autorización de viajes al exterior de Ministros/as se efectúa por Resolución Suprema refrendada por el/la Presidente/a del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor César Paniagua Chacón, Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 28 de septiembre al 1 de octubre de 2022, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Encargar el Despacho de Vivienda, Construcción y Saneamiento al señor Alejandro Antonio Salas Zegarra, Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, a partir del 28 de septiembre de 2022 y en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 3.- La presente autorización no irroga gasto al Tesoro Público. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2108690-3 AMBIENTE Aprueban la culminación del proceso de transferencia de funciones del Registro de empresas consultoras para la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental en el ámbito del sector Salud (Residuos Sólidos) al Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 184-2022-MINAM Lima, 20 de setiembre de 2022VISTOS; el O fi cio Múltiple N° 00002-2022-SENACE- PE del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE); el Informe N° 00001-2022-SENACE-CTFSS de la Comisión de Transferencia de Funciones del Registro de empresas consultoras para la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental en el ámbito del sector Salud (Residuos Sólidos) al SENACE; los Informes N° 00647-2022-MINAM/VMGA/DGPIGA/DGEIA y N° 00728-2022-MINAM/VMGA/DGPIGA/DGEIA de la Dirección de Gestión de Evaluación de Impacto Ambiental; los Memorandos N° 00589-2022-MINAM/VMGA/DGPIGA y N° 00648-2022-MINAM/VMGA/DGPIGA de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; los Memorandos N° 00810-2022-MINAM/VMGA y N° 00895-2022-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; y, el Informe N° 00414-2022-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29968, se aprueba la creación del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, de acuerdo a la Segunda Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 30327, Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible y el Decreto Legislativo N° 1394, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), son funciones del SENACE, entre otras, administrar el Registro Nacional de Consultoras Ambientales y el Registro Administrativo de carácter público y actualizado de las certi fi caciones ambientales concedidas por los organismos correspondientes, respecto de las actividades o proyectos bajo la competencia del gobierno nacional; Que, a través de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29968 y el Decreto Supremo N° 003-2013-MINAM, que aprueba el Cronograma y Plazos para la implementación del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), se establece que el proceso de implementación del SENACE y la transferencia de funciones a su ámbito es un proceso constante y continuo,