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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (23/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Viernes 23 de setiembre de 2022 El Peruano / que se concluye que en los AA.HH Jane Donayre, AA.HH Jerusalén/Ampliación Nuevo Versalles y Prolongación Independencia/Sector 3 de dicho distrito, existe acumulación de residuos sólidos que serán acopiados por vehículos y personal de la Municipalidad Distrital de Punchana, así como por vehículos, motofurgones y carretilleros particulares, lo cual atenta contra la salud de los moradores de la zona y genera contaminación del medio ambiente; Que, sobre la base de la información antes citada, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos, en atención a los Informes Nº 00207 y 00221-2022-MINAM/VMGA/DGRS/DGMRS de la Dirección de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos, evalúa si los hechos advertidos confi guran alguna de las causales establecidas en el artículo 125 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, concluyendo que, a la fecha es evidente el potencial riesgo para la salud de las personas, así como que las operaciones de recolección y transporte y disposición fi nal de los residuos sólidos municipales en el distrito de Punchana se ejecutan de manera inadecuada y no continua, conforme con lo señalado en la documentación presentada; con fi gurándose las causales establecidas en los literales a) y e) del artículo 125 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278; Que, asimismo, en los citados informes se señala que la Municipalidad Distrital de Punchana debe elaborar un Plan de Acción en un plazo máximo de siete (7) días hábiles contados desde la vigencia de la Resolución Ministerial, el cual debe incluir como primera actividad a desarrollar, la elaboración de un plan de recolección de residuos sólidos que incluya el diseño de rutas para el barrido y limpieza de vías y espacios públicos, recolección y transporte, aprobado por la Municipalidad; así como establecer las acciones y/o actividades para asegurar la disposición fi nal de residuos sólidos municipales, considerando lo establecido en la normativa de gestión y manejo de residuos sólidos y las disposiciones relacionadas a la Programación Multianual de Inversiones; además de defi nir las actividades relacionadas con los aspectos operativos y administrativos necesarios para revertir la situación que originó la problemática; Que, en ese sentido, se con fi guran las causales para declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el distrito de Punchana, provincia de Maynas, departamento de Loreto, en lo que respecta a potencial riesgo para la salud de las personas, y cese total o parcial de las operaciones de manejo de residuos sólidos, en el marco de los establecido en los literales a) y e) del numeral 125.1 del artículo 125 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, respectivamente; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM y su modi fi catoria; y, la Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el distrito de Punchana, provincia de Maynas, departamento de Loreto, en lo que respecta al potencial riesgo para la salud de las personas y al cese total o parcial de las operaciones de manejo de residuos sólidos, por un plazo de sesenta (60) días calendario; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que la Municipalidad Distrital de Punchana elabore un Plan de Acción, el cual contemple como primera actividad la elaboración de un plan de recolección de residuos, que incluya el diseño de rutas para el barrido y limpieza de vías y espacios públicos, recolección y transporte, que deben estar aprobado por la Municipalidad. Asimismo, el Plan de Acción debe contemplar las acciones y/o actividades para asegurar la disposición fi nal de los residuos sólidos municipales, considerando lo establecido en la normativa de gestión y manejo de residuos sólidos, y las disposiciones relacionadas a la Programación Multianual de Inversiones; además de de fi nir las actividades para los aspectos operativos y administrativos necesarios para revertir la situación que conllevó a la problemática identi fi cada. El citado Plan debe ser remitido a la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos del Ministerio del Ambiente en un plazo máximo de siete (7) días hábiles, contados desde la vigencia de la presente Resolución Ministerial, además de informar semanalmente los avances en la ejecución de las actividades programadas en dicho Plan de Acción. Artículo 3.- Disponer que la Municipalidad Provincial de Maynas, el Gobierno Regional de Loreto y las entidades públicas correspondientes, adopten las acciones complementarias que coadyuven a atender la problemática identi fi cada, con la fi nalidad de garantizar la continuidad en el manejo de los residuos sólidos en el distrito de Punchana, provincia de Maynas, departamento de Loreto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 127 y 128 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278. Artículo 4.- El Ministerio del Ambiente brindará asistencia técnica a la Municipalidad Distrital de Punchana durante el desarrollo de las actividades para la reanudación del servicio de limpieza pública, en el marco de sus competencias. Artículo 5.- La declaratoria de emergencia dispuesta en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no exime de las responsabilidades a que hubiere lugar por la inobservancia de funciones por parte de los servidores civiles de la Municipalidad Distrital de Punchana. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio del Ambiente (http://www.gob.pe/minam), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.WILBERT GABRIEL ROZAS BELTRÁN Ministro del Ambiente 2108282-1 Aprueban el Reglamento Operativo del “Programa para impulsar el Financiamiento Sostenible en la Amazonía Peruana –Oportunidad para apalancar los bionegocios (Programa para Bionegocios)” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 186-2022-MINAM Lima, 21 de setiembre de 2022VISTOS; los Informes N° 00047-2022 y 129-2022-MINAM/VMDERN/DGEFA de la Dirección General de Economía y Financiamiento Ambiental; el Memorándum N° 749-2022-MINAM/VMDERN del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Memorando N° 00765-2022-MINAM/SG/OGPP y el Informe N° 067-2022-MINAM/SG/OGPP/OM de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 00446-2022-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea este Ministerio como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la