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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (23/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Viernes 23 de setiembre de 2022 El Peruano / Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (www.gob.pe/qaliwarma). Regístrese, comuníquese y publíquese.FREDY HINOJOSA ANGULO Director EjecutivoPrograma Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma 2108652-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aceptan Aporte Financiero No Reembolsable que otorga el Kreditanstalt Für Wiederaufbau (KFW) destinado a financiar parcialmente la medida complementaria al Contrato de Préstamo sobre el “Programa Manejo Integral de Residuos Sólidos” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 218-2022-EF/52 Lima, 22 de setiembre del 2022CONSIDERANDO: Que, los numerales 35.1 y 35.3 del artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, establecen que la programación, gestión, negociación, aprobación, suscripción y registro de las cooperaciones internacionales no reembolsables, de carácter técnico o fi nanciero, directamente ligadas a Operaciones de Endeudamiento del Gobierno Nacional, que se otorguen a favor del Estado, están a cargo de la Dirección General del Tesoro Público, y se aprueban mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 019-2022-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Kreditanstalt für Wiederaufbau - KfW, equivalente en Dólares Americanos, hasta por un monto de EUR 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 EUROS), destinado a fi nanciar parcialmente el Programa de Inversión “Mejoramiento y ampliación del servicio de limpieza pública en las provincias de Arequipa, Coronel Portillo y Tacna”; Que, en ese marco, el KfW otorga un Aporte Financiero No Reembolsable a la República del Perú hasta por la suma de EUR 2 000 000,00 (DOS MILLONES Y 00/100 EUROS), para fi nanciar parcialmente la medida complementaria al Contrato de Préstamo sobre el “Programa Manejo Integral de Residuos Sólidos”, el mismo que está directamente ligado a la operación de endeudamiento externo aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 019-2022-EF; Que, en tal sentido, resulta necesario formalizar la aceptación de dicho Aporte Financiero No Reembolsable y autorizar la suscripción del Contrato, así como los demás documentos que lo implementan; De conformidad con lo establecido en el artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público; SE RESUELVE:Artículo 1. Objeto Aceptase el Aporte Financiero No Reembolsable que otorga el Kreditanstalt für Wiederaufbau (KfW), hasta por la suma de EUR 2 000 000,00 (DOS MILLONES Y 00/100 EUROS), para fi nanciar parcialmente la medida complementaria al Contrato de Préstamo sobre el “Programa Manejo Integral de Residuos Sólidos”, el mismo que está directamente ligado a la operación de endeudamiento externo aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 019-2022-EF.Artículo 2. Suscripción de documentos Autorízase al(la) Director(a) General de la Dirección General del Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el Contrato y demás documentos correspondientes que permitan la implementación del Aporte Financiero No Reembolsable referido en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3. Publicación La presente Resolución Ministerial se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.KURT BURNEO FARFÁN Ministro de Economía y Finanzas 2108669-1 EDUCACION Designan Directora del Sistema Administrativo III de la Oficina de Administración del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario – PEIP Escuelas Bicentenario RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 00078-2022-MINEDU/VMGI-PEIPEB-DIEJE Lima, 22 de septiembre de 2022VISTOS: i) El Memorándum N° 00382-2022-MINEDU/VMGI- PEIPEB-DIEJE emitido por la Dirección Ejecutiva, ii) El Informe Nº 00169-2022-MINEDU/VMGI-PEIPEB-OA-URH emitido por la Unidad de Recursos Humanos, iii) El Memorándum N° 01109-2022-MINEDU/VMGI-PEIPEB-OA emitido por la O fi cina de Administración; y, iv) El Informe Nº 00206-2022-MINEDU/VMGI-PEIPEB-OAJ emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2020-MINEDU, se crea el Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario (en adelante PEIP Escuelas Bicentenario), con el objeto de ejecutar una cartera de inversiones constituida por setenta y cinco proyectos de inversión de las Instituciones Educativas de Lima Metropolitana y de las Instituciones Educativas Emblemáticas ubicadas en ocho (08) Departamentos y la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 338-2020-MINEDU se aprueba el Manual de Operaciones del PEIP Escuelas Bicentenario (en adelante MOP del PEIP Escuelas Bicentenario), que establece en su artículo 2 que es un Proyecto Especial que cuenta con autonomía técnica, económica, fi nanciera y administrativa, en el marco del Decreto de Urgencia N° 021-2020; Que, de acuerdo a los artículos 7 y 8 del MOP del PEIP Escuelas Bicentenario, el Director Ejecutivo es la máxima autoridad administrativa del PEIP, responsable de la dirección y administración general, quien ejerce funciones ejecutivas, de administración y representación del PEIP, encontrándose entre sus funciones la designación y remoción de los titulares de los órganos del PEIP y puestos de con fi anza; Que, el numeral 9.2 del artículo 9 del Decreto Supremo N° 119-2020-EF, Reglamento de Proyectos Especiales de Inversión Pública en el marco del Decreto de Urgencia Nº 021-2020, Decreto de Urgencia que establece el modelo de ejecución de inversiones públicas a través de proyectos