NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (24/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 144
TEXTO PAGINA: 45
45 NORMAS LEGALES Sábado 24 de setiembre de 2022 El Peruano / de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan treinta (30) días naturales antes de la elección, como establece el literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la LEM (ver SN 1.1.). 2.4. En ese sentido, se advierte que el señor regidor ha solicitado licencia desde el 2 de setiembre hasta el 30 de setiembre de 2022, periodo que contabiliza 28 días naturales, y que cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de Machupicchu; sin embargo, se precisa que dicha licencia debió ser solicitada por el periodo establecido en la Resolución Nº 0918-2021-JNE, debiendo ser responsabilidad del regidor que postula como candidato y del consejo distrital que aprueba, haberla solicitado y reconocido respectivamente conforme a la normativa. 2.5. No obstante, en atención a lo establecido en la LOM (ver SN 1.2.) y en la Resolución N.° 0919-2021-JNE (ver SN 1.5.), resulta procedente convocar a don Franci Vargas Sánchez, identi fi cado con DNI Nº 41418368, candidato no proclamado de la organización política Restauración Nacional, para que asuma, temporalmente, el cargo de regidor del referido concejo distrital. 2.6. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Machupicchu, provincia de Urubamba, departamento de Cusco, del 30 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Urubamba, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.7. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.6.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO , de manera temporal, la credencial otorgada a don Juan Carlos López Huamán, regidor del Concejo Distrital de Machupicchu, provincia de Urubamba, departamento de Cusco, hasta el 30 de septiembre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a don Franci Vargas Sánchez, identi fi cado con DNI Nº 41418368, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Machupicchu, provincia de Urubamba, departamento de Cusco, hasta el 30 de septiembre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929- 2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General 1 Publicado el 4 de enero de 2022, en el diario o fi cial El Peruano . 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano . 3 Publicada el 26 de noviembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano . 4 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano . 2108839-1Convocan a ciudadano para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Marcos de Rocchac, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica RESOLUCIÓN Nº 3737-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022093004 SAN MARCOS DE ROCCHAC - TAYACAJA - HUANCAVELICA LICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATONO PROCLAMADO Lima, siete de setiembre de dos mil veintidós VISTO : el O fi cio Nº 303-2022/MDSMR, presentado el 3 de setiembre de 2022, mediante el cual don Wilmer Catay Trucios, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Marcos de Rocchac, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica (en adelante, señor alcalde), comunicó la licencia concedida a doña Doricinda Matías Bonifacio, regidora de la citada comuna (en adelante, señora regidora), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022). ANTECEDENTES 1.1. El 3 de junio de 2022, la señora regidora solicitó licencia sin goce de haber, a fi n de participar como candidata en las ERM 2022. 1.2. A través del Acuerdo de Concejo Nº 132-2022-MDSMR, del 19 de agosto de 2022, se aprobó la licencia sin goce de haber a favor de la señora regidora. 1.3. Por medio del o fi cio del visto, el señor alcalde remitió el referido acuerdo de concejo distrital. CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM) 1.1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 prescribe que están impedidos de ser candidatos, en las elecciones municipales, los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que debe serles concedida treinta (30) días naturales antes de la elección. En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.2. El artículo 24 determina que al alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; y que los regidores son reemplazados por los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En el Decreto Supremo Nº 001-2022-PCM 1 1.3. El Presidente de la República convocó a las ERM 2022 para el domingo 2 de octubre del mismo año, con el objeto de elegir a gobernadores, vicegobernadores, consejeros regionales de los departamentos de toda la República y la Provincia Constitucional del Callao, así como alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de la República. En la Resolución Nº 0918-2021-JNE, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 2022 2