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11 NORMAS LEGALES Sábado 1 de abril de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalización del inicio del proceso de formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual – PESEM 2023 – 2030 del Sector Comercio Exterior y Turismo. Formalizar el inicio del proceso de formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual – PESEM 2023 – 2030 del Sector Comercio Exterior y Turismo. Artículo 2.- Del Grupo de Trabajo Sectorial Conformar el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, con el objeto de elaborar y formular el Plan Estratégico Sectorial Multianual – PESEM 2023 – 2030 del Sector Comercio Exterior y Turismo, el cual está conformado por los siguientes integrantes: a. El/la Ministro/a de Comercio Exterior y Turismo, quien lo preside. b. El/la Viceministro/a de Comercio Exterior.c. El/la Viceministro/a de Turismo.d. El/la Secretario/a General.e. El/la Director/a General de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo. f. El/la Director/a de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, quien ejerce la Secretaría Técnica. g. El/La Director/a General de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico. h. El/La Director/a General de la Dirección General de Estrategia Turística. i. El/La Director/a General de la Dirección General de Investigación y Estudios sobre Turismo y Artesanía. j. El/La Director/a General de la Dirección General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior. k. El/La Director/a General de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior. l. El/La Director/a General de la Dirección General de Investigación y Estudios sobre Comercio Exterior. m. El/la Director/a Ejecutivo/a de Plan COPESCO Nacional. n. El/la Coordinador/a General del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento de los Servicios de Facilitación del Comercio Exterior a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE” Segunda Etapa. o. El/la Presidente/a Ejecutivo/a de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ. p. El/la Jefe/a de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto – PROMPERÚ. q. El/la Jefe/a de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto– PROMPERÚ. r. El/la Jefe/a del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR. s. El/la Jefe/a de la O fi cina de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo – CENFOTUR. t. El/la Jefe/a de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo– CENFOTUR. Los integrantes del Grupo de Trabajo Sectorial realizan sus funciones ad honorem y cuentan con un/a representante. Artículo 3.- Funciones del Grupo de Trabajo Sectorial El Grupo de Trabajo Sectorial, tendrá las siguientes funciones: a. Aprobar el plan de trabajo para la formulación del PESEM. b. Validar los productos de las fases del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua en la formulación con énfasis en la selección de los objetivos y acciones estratégicas sectoriales. c. Validar el proyecto de PESEM y presentarlo al Titular del Ministerio. Artículo 4.- De la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Sectorial La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Sectorial recae en la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto de la Ofi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y, tiene las siguientes funciones: a. Brindar asistencia técnica en materia de planeamiento estratégico sectorial, de acuerdo a las disposiciones del CEPLAN, así como llevar el registro de los acuerdos del Grupo de Trabajo Sectorial, custodiar las actas y toda la documentación que se genere durante su vigencia. b. Proponer el plan de trabajo para la formulación del PESEM. c. Revisar los informes de evaluación de resultado del PESEM vigente. d. Elaborar y reportar los productos de las fases del ciclo de planeamiento para la mejora continua, en coordinación con los integrantes del Grupo de Trabajo Sectorial. e. Organizar las sesiones y talleres del proceso de formulación del PESEM. f. Elaborar el proyecto del PESEM y presentarlo al Grupo de Trabajo Sectorial para su validación. g. Articular el proceso de formulación del PESEM con el sector público, sector privado, sociedad civil organizada y la academia. Artículo 5.- De los representantes del Grupo de Trabajo Sectorial Los/Las integrantes que conforman el Grupo de Trabajo Sectorial, acreditan a sus representantes ante la Secretaría Técnica mediante comunicación escrita, en un plazo no mayor de dos (02) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- De la instalación del Grupo de Trabajo Sectorial El Grupo de Trabajo Sectorial se instalará y aprobará el Plan de Trabajo dentro del plazo de los tres (03) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Las sesiones del Grupo de Trabajo Sectorial pueden ser presenciales y/o virtuales. Artículo 7.- De la vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial El Grupo de Trabajo Sectorial culmina sus funciones una vez aprobado el PESEM 2023 – 2030 del Sector Comercio Exterior y Turismo, mediante Resolución Ministerial. Artículo 8.- De los invitados al Grupo de Trabajo Sectorial El Grupo de Trabajo Sectorial puede invitar a participar en sus sesiones, en calidad de invitados, a representantes de otras instituciones públicas o privadas, así como profesionales especializados; cuya participación coadyuve al cumplimiento de su objeto y funciones. Artículo 9.- Del fi nanciamiento del Grupo de Trabajo Sectorial El funcionamiento del Grupo de Trabajo Sectorial se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de la entidad, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 10.- De la noti fi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial a los integrantes del Grupo de Trabajo Sectorial. Artículo 11.- De la publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FERNANDO HELGUERO GONZÁLEZ Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2165833-1