Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (01/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Sábado 1 de abril de 2023 El Peruano / de US $ 26 585 897,00 (Veintiséis Millones Quinientos Ochenta y Cinco Mil Ochocientos Noventa y Siete con 00/100 Dólares de los Estados Únicos de América), para la ejecución del Proyecto de Inversión a ejecutarse en un plazo de cinco (5) años, seis (6) meses y veinticuatro (24) días contados a partir del 7 de junio de 2018, fecha de solicitud de suscripción de contrato de inversión; para efecto de acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 973, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la referida norma legal; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.1 del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Informe N° 0007-2023-EF/61.03 de fecha 1 de marzo de 2023, emitido por la Dirección General de Política de Ingresos Públicos, opina que procede la aprobación de la lista de bien, servicios y contratos de construcción presentados por la empresa TELEFERICO DE HUCHUY QOSQO S.A.C. para el acogimiento al Régimen de Recuperación Anticipada del IGV, por lo cual se adjunta los Anexos I y II que contiene el detalle de bienes, servicios y contrato de construcción; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de empresa cali fi cada Aprobar como empresa cali fi cada, para efecto del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, a la empresa TELEFERICO DE HUCHUY QOSQO S.A.C., para el desarrollo del Proyecto de Inversión “TELEFERICO DE HUCHUY QOSQO”, de acuerdo con el Contrato de Inversión suscrito con el Estado el 14 de noviembre de 2022. Artículo 2.- Requisitos y características del Contrato de Inversión Establecer, para efectos del numeral 5.3 del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF, que el monto de la inversión a cargo de la empresa TELEFERICO DE HUCHUY QOSQO S.A.C., asciende a la suma de US $ 26 585 897,00 (Veintiséis Millones Quinientos Ochenta y Cinco Mil Ochocientos Noventa y Siete con 00/100 Dólares de los Estados Únicos de América), para la ejecución del Proyecto de Inversión a ejecutarse en un plazo de cinco (5) años, seis (6) meses y veinticuatro (24) días contados a partir del 7 de junio de 2018, fecha de presentación de la solicitud de contrato de inversión antes mencionado. Artículo 3.- Objetivo principal del Contrato de Inversión Para efecto del Decreto Legislativo N° 973, el objetivo principal del Contrato de Inversión es el previsto en la Cláusula Primera y Segunda del mismo, y el inicio de las operaciones productivas está constituido por la percepción de cualquier ingreso proveniente de la explotación del Proyecto de Inversión, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de dicho Decreto Legislativo. Artículo 4.- Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas 4.1. El Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas a que se re fi ere el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 973 y normas reglamentarias aplicables al Contrato de Inversión, comprende el impuesto que grave la importación y/o adquisición local de bienes intermedios nuevos y bienes de capital nuevos, así como los servicios y contratos de construcción que se señala en los anexos I y II de la presente Resolución, y siempre que se utilicen directamente en actividades necesarias para la ejecución del Proyecto de Inversión a que se re fi ere el Contrato de Inversión. Para determinar el bene fi cio antes indicado se considerarán las adquisiciones de bienes, servicios y contratos de construcción que se hubiesen efectuado a partir del 7 de junio de 2018 y hasta la percepción de los ingresos por las operaciones productivas a que se re fi ere el artículo anterior. 4.2. La lista de bienes, servicios y contrato de construcción podrá ser incluida como Anexos al Contrato de Inversión y podrá ser modi fi cada a solicitud de la empresa TELEFERICO DE HUCHUY QOSQO S.A.C. de conformidad con el numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF. Artículo 5.- Aprobación de la lista de bien, servicios y contratos de construcción Aprobar la lista de bienes, servicios y contrato de construcción a favor de la empresa TELEFERICO DE HUCHUY QOSQO S.A.C., aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas, y que en Anexos I y II se adjuntan, formando parte integrante de la presente Resolución Ministerial, para el acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas del denominado Proyecto de Inversión “TELEFERICO DE HUCHUY QOSQO”. Artículo 6.- Publicidad Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FERNANDO HELGUERO GONZÁLEZ Ministro de Comercio Exterior y Turismo ANEXO I N° CUODESUBPARTIDA ARANCELARIADESCRIPCIÓN ARANCEL 920 EQUIPO RODANTE DE TRANSPORTE 1 920 8428 60 00 00TELEFÉRICOS (INCLUIDOS LAS TELESILLAS Y LOS TELESQUÍS); MECANISMOS DE TRACCIÓN PARA FUNICULARES ANEXO II I. Servicios 1 Servicio de seguro de construcción 2 Servicios jurídicos de asesoría legal 3 Servicios de contabilidad outsourcing 4 Servicio de consultoría en la gestión de proyectos 5 Servicio de estudio o ensayo de medidor de impacto ambiental semi detallado. 6 Servicio de plan de monitoreo arqueológico en obra 7 Servicio de monitoreos ambientales trimestrales 8 Servicio de investigación y desarrollo experimental sobre el plan especí fi co del proyecto 9 Servicio de estudio de demanda y mercado 10 Servicio de soporte administrativo 11 Servicio de relaciones comunitarias 12 Servicio de consultoría ambiental 13 Servicio de arqueología 14 Servicios fi nancieros