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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (01/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Sábado 1 de abril de 2023 El Peruano / trans fi eren mediante modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, los que se publican hasta el 14 de abril de 2023; Que, el numeral 21.2 del artículo 21 de la citada Ley, señala que el “Fondo de Inversiones” fi nancia, en el Año Fiscal 2023, la ejecución de inversiones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, a cargo de los pliegos de los gobiernos regionales y gobiernos locales, que fueron fi nanciadas en el Año Fiscal 2022 con la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, y cuyos créditos presupuestarios fueron comprometidos y no devengados al 31 de diciembre de 2022, para ejecutar dichas intervenciones; en ese sentido, establece que el compromiso se determina en función al registro en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP) vinculado a los contratos derivados del procedimiento de selección en el ámbito de aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado registrados al 31 de diciembre de 2022, en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), conforme a las validaciones de la interfaz SIAF-SEACE y a la información que remita formalmente el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE); y, que para efectos de la determinación del compromiso en el caso de las contrataciones fuera del ámbito del SEACE, la Dirección General de Presupuesto Público puede utilizar información complementaria para la determinación del mencionado compromiso; Que, conforme a lo establecido en el numeral 21.3 del artículo 21 de la Ley N° 31638, lo dispuesto en los considerandos precedentes, es aplicable siempre que dicho fi nanciamiento no haya sido considerado en el presupuesto institucional del Año Fiscal 2023, por parte del respectivo pliego, para la misma inversión bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Asimismo, para la determinación del monto que se autorice a los gobiernos regionales y los gobiernos locales en el marco del numeral antes mencionado, se considera el costo total de la inversión, el monto que se encuentra autorizado en el presupuesto institucional modi fi cado del Año Fiscal 2023, el devengado acumulado al 31 de diciembre de 2022 y la proyección del monto ejecutable en el Año Fiscal 2023 para dicha inversión; Que, el numeral 21.5 del artículo 21 de la Ley N° 31638, dispone que lo establecido en dicha disposición no es aplicable a las inversiones fi nanciadas con cargo al “Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales” creado por el artículo 4 de la Ley N° 30458, Ley que regula diversas medidas para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de gobiernos regionales y locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos, y la ocurrencia de desastres naturales; Que, asimismo, mediante la Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, se aprueba, entre otros, la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” y el Lineamiento N° 3 “Lineamientos para la aplicación del artículo 21 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023”; Que, al amparo de dicho marco normativo, diversos gobiernos regionales y gobiernos locales solicitan una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a los recursos del “Fondo de Inversiones”, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la ejecución de trescientas (300) inversiones, en el marco del artículo 21 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; adjuntando para dicho efecto, el Reporte de Validación de Datos de las fi chas correspondientes del “Formato 13 - Solicitud de aplicación del artículo 21 de la Ley N° 31638”, de conformidad con lo establecido en el numeral 34.6 del artículo 34 de la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” y en el Lineamiento N° 3 “Lineamientos para la aplicación del artículo 21 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023”, con los sustentos respectivos; Que, en tal sentido, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 429 916 140,00 (CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES NOVECIENTOS DIECISÉIS MIL CIENTO CUARENTA Y 00/100 SOLES), a favor de diversos gobiernos regionales y gobiernos locales, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; y, en la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” y en el Lineamiento N° 3 “Lineamientos para la aplicación del artículo 21 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023”, ambos aprobados por Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01; DECRETA:Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 429 916 140,00 (CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES NOVECIENTOS DIECISÉIS MIL CIENTO CUARENTA Y 00/100 SOLES), a favor de diversos gobiernos regionales y gobiernos locales, para fi nanciar la ejecución de trescientas (300) inversiones, en el marco del artículo 21 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a los recursos del “Fondo de Inversiones” del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5001253 : Transferencia de recursos para la ejecución de proyectos de inversión FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y transferencias 429 916 140,00 ============== TOTAL EGRESOS 429 916 140,00 ============== A LA: En SolesSECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos LocalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no fi nancieros 359 089 415,00 SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos RegionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no fi nancieros 70 826 725,00 ============== TOTAL EGRESOS 429 916 140,00 ============== 1.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentran en el Anexo I “Transferencia de Partidas a favor de diversos gobiernos regionales para el fi nanciamiento de inversiones” y en el Anexo II “Transferencia de Partidas a favor de diversos gobiernos locales para el fi nanciamiento de inversiones”, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo y se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma