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26 NORMAS LEGALES Sábado 1 de abril de 2023 El Peruano / y, la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, que aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, modi fi cado por la Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones de los señores RAUL EDGARDO NATIVIDAD FERRER, DENESY PELAGIA PALACIOS JIMENEZ y FREDDY ROGGER MEJIA COICO, en los cargos de Presidente, Vicepresidenta Académica y Vicepresidente de Investigación, respectivamente, de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera, la misma que estará integrada por: - JOSE FLORENTINO MOLERO LOPEZ, como Presidente; - MARIA JIMENEZ DE BENITES, como Vicepresidenta Académica; y - BALDEMAR TENE FARFAN, como Vicepresidente de Investigación. Artículo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de 30 días calendario contados a partir de la vigencia de la presente Resolución, copia del informe de entrega de cargo o de transferencia de gestión, según corresponda, conforme a lo previsto en el numeral 6.1.9 de las Disposiciones Especí fi cas del Documento Normativo “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modi fi cado por Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIRIAM JANETTE PONCE VERTÍZ Viceministra de Gestión Pedagógica 2165459-1 Designan Director de Sistema Administrativo III de la Dirección de Gestión de Proyectos del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario – PEIP Escuelas Bicentenario RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 00029-2023-MINEDU/VMGI/PEIP-EB/DIEJE Lima, 28 de marzo de 2023 VISTOS:i) El Memorándum N° 00082-2023-MINEDU/VMGI/ PEIP-EB/DIEJE, emitido por la Dirección Ejecutiva, ii) el Informe Nº 00051-2023-MINEDU/VMGI/PEIP-EB/OA- URH, emitido por la Unidad de Recursos Humanos, iii) el Memorándum N° 00341-2023-MINEDU/VMGI/PEIP-EB/ OA, emitido por la O fi cina de Administración, iv) el Informe N° 00090-2023-MINEDU/VMGI/PEIP-EB/OPP, emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, iv) el Informe Nº 00063-2023-MINEDU/VMGI/PEIP-EB/OAJ, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y,CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2020-MINEDU, se crea el Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario (en adelante PEIP Escuelas Bicentenario), con el objeto de ejecutar una cartera de inversiones constituida por setenta y cinco proyectos de inversión de las Instituciones Educativas de Lima Metropolitana y de las Instituciones Educativas Emblemáticas ubicadas en ocho departamentos y la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 338-2020-MINEDU se aprueba el Manual de Operaciones del PEIP Escuelas Bicentenario (en adelante MOP del PEIP Escuelas Bicentenario), que establece en su artículo 2 que es un Proyecto Especial que cuenta con autonomía técnica, económica, fi nanciera y administrativa, en el marco del Decreto de Urgencia N° 021-2020; Que, de acuerdo a los artículos 7 y 8 del MOP del PEIP Escuelas Bicentenario, el Director Ejecutivo es la máxima autoridad administrativa del PEIP, responsable de la dirección y administración general, quien ejerce funciones ejecutivas, de administración y representación del PEIP, encontrándose entre sus funciones la de designar y remover a los titulares de los órganos del PEIP y puestos de con fi anza; Que, el numeral 9.2 del artículo 9 del Decreto Supremo N° 119-2020-EF, Reglamento de Proyectos Especiales de Inversión Pública en el marco del Decreto de Urgencia N° 021-2020, Decreto de Urgencia que establece el modelo de ejecución de inversiones públicas a través de proyectos especiales de inversión pública, regula los requisitos mínimos para ocupar los puestos de responsabilidad directiva que sean de libre designación y remoción; Que, asimismo, mediante Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, se regulan diferentes requisitos para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio, entre otros, de los funcionarios de las entidades comprendidas en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; Que, el Informe 00055-2023-MINEDU/VMGI/PEIP- EB/OA-URH, la Unidad de Recursos Humanos, señala que revisada la hoja de vida documentada del señor Marco Antonio Mendoza Becerra, cumple con los requisitos establecidos en el Resolución Ministerial Nº 338-2020-MINEDU, el artículo 09 del Decreto Supremo Nº 119-2020-EF y el Reglamento de la Ley N° 31419, para el cargo de Director del Sistema Administrativo III de la Dirección de Gestión de Proyectos PEIP Escuelas Bicentenario, asimismo, señala que no cuenta con impedimento para trabajar en el Estado; Que, mediante el Informe 00090-2023-MINEDU/VMGI/ PEIP-EB/OPP, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal para el presente ejercicio fi scal a fi n de garantizar la sostenibilidad desde el mes de marzo de 2023, de una (01) plaza CAS de Con fi anza, bajo la denominación de Director del Sistema Administrativo III de la Dirección de Gestión de Proyectos; Que, mediante el Informe Nº 00063-2023-MINEDU/ VMGI/PEIP-EB/OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que de acuerdo con lo previsto en el Decreto Supremo Nº 119-2020-EF, el Manual de Operaciones del PEIP Escuelas Bicentenario, aprobado por Resolución Ministerial Nº 338-2020-MINEDU, la Ley N° 31419 y su Reglamento, resulta legalmente viable efectuar la designación del profesional que desempeñará el cargo de Director de Sistema Administrativo III de la Dirección de Gestión de Proyectos del PEIP Escuelas Bicentenario; Con los vistos de la Unidad de Recursos Humanos, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; en el Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto