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90 NORMAS LEGALES Viernes 14 de abril de 2023 El Peruano / Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO todo decreto de alcaldía que se oponga al presente o limite su ejecución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de este decreto en el diario o fi cial El Peruano; y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Soporte informático la publicación del texto íntegro del Programa de Monitoreo y Vigilancia de la Contaminación Sonora 2023 en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA Alcaldesa 2169025-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban modificación al Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad de Santiago de Surco RESOLUCIÓN N° 98-2023-RASS Santiago de Surco, 22 de marzo de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO VISTO:El Memorándum N° 514-2023-GM-MSS de la Gerencia Municipal, los Informes N° 201-2023-GAJ-MSS y 199-2023-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, los Memorándums Nº 1122-2023-GAF-MSS, y N° 1118-2023-GAF-MSS de la Gerencia de Administración y Finanzas, los Informes N° 55-2023-SGCC-GAF-MSS y N° 44-2023-SGCC-GAF-MSS de la Subgerencia de Contabilidad y Costos, el Informe N° 46-2023-SGSP-GDS-MSS de la Subgerencia de Salud Pública, el Informe Nº 36-2023-SGECTD-GDS-MSS de la Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo y Deporte, los Memorándums N° 132-2023-GDS-MSS y N° 088-2023-GDS-MSS de la Gerencia de Desarrollo Social entre otros documentos; sobre la modi fi cación del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad de Santiago de Surco; CONSIDERANDO:Que, el inciso 43.4 del artículo 43° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala que “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”; Que, asimismo, el artículo 17° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, anota que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; Que, con Resolución N° 611-2011-RASS del 16.06.2011, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de Santiago de Surco, norma que consolida los servicios no exclusivos prestados por la Municipalidad, estableciendo los requisitos y costos de dichos servicios, que fuera modi fi cado posteriormente mediante la Resolución N° 140-2012-RASS del 16.02.2012; la Resolución N° 730-2015-MSS del 16.07.2015, la Resolución N° 940-2015-MSS del 11.09.2015, la Resolución N° 422-2017-MSS del 25.04.2017, la Resolución N° 517-2017-MSS del 22.05.2017, la Resolución N° 1138-2017-MSS del 17.11.2017, la Resolución N° 1159-2017-MSS del 17.11.2017, la Resolución N° 1215-2017-RASS del 13.12.2017, la Resolución N° 582-2018-RASS del 14.06.2018, la Resolución N° 1084-2018-RASS del 27.11.2018, la Resolución N° 949-2019-RASS del 19.09.2019, la Resolución N° 830-2020-RASS del 02.12.2020, la Resolución Nº 297-2021-RASS del 19.04.2021, la Resolución N° 487-2021-RASS de fecha 10.06.2021 y la Resolución N° 514-2022-RASS de fecha 16.05.2022; Que, la Gerencia de Desarrollo Social, mediante el Memorándum Nº 088-2023-GDS-MSS del 24.01.2023, da trámite al Informe N° 36-2023-SGECTD-GDS-MSS de fecha 18.01.2023 de la Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo, y Deporte, quienes solicitan la modi fi cación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, estableciendo nuevas tarifas para los Talleres de Verano (educativos, culturales y deportivos) por dos (02) meses (con tarifas diferenciadas abiertas al público y a los Vecinos Surcanos Preferentes - VSP) y por un (01) mes (con tarifas diferenciadas abiertas al público y a los Vecinos Surcanos Preferentes - VSP); Asimismo, solicitan que la Resolución de Alcaldía sea emitida con e fi cacia anticipada al día 09.01.2023; Que, la Gerencia de Administración y Finanzas, mediante el Memorándum N° 1118-2023-GAF-MSS del 28.02.2023, remite y hace suyo el Informe N° 55-2023-SGCC-GAF-MSS del 22.02.2023 de la Subgerencia de Contabilidad y Costos, a través del cual dicha unidad orgánica emite opinión favorable respecto de la modi fi cación del TUSNE que incluye los servicios mencionados por la Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo y Deporte, asimismo, adjunta la propuesta del cuadro TUSNE en el que se incluye los servicios anotados por el área usuaria y el cuadro de indagación de precios con sus sustentos respectivos; Que, asimismo, la Gerencia de Desarrollo Social, mediante el Memorándum Nº 132-2023-GDS-MSS del 02.02.2023, da trámite al Informe N° 46-2023-SGAP-GDS-MSS de fecha 31.01.2023 de la Subgerencia de Salud Pública, quienes a través del Informe N° 019-2023-IS-SGSP-GDS-MSS, solicitan la modi fi cación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, respecto al servicio no exclusivo “Alimentos preparados con o sin tratamiento térmico: Aerobios, Mesó fi los, Coliformes, Staphylococcus aureus, Escherichia coli y Salmonella sp” y la incorporación del servicio no exclusivo “Certi fi cado de capacitación de Buenas Prácticas de Manipulación de Alimentos”; Que, la Gerencia de Administración y Finanzas, mediante el Memorándum N° 1122-2023-GAF-MSS del 28.02.2023, remite y hace suyo el Informe N° 44-2023-SGCC-GAF-MSS del 22.02.2023 de la Subgerencia de Contabilidad y Costos, a través del cual dicha unidad orgánica emite opinión favorable respecto de la modi fi cación del TUSNE que incluye los servicios mencionados por la Subgerencia de Salud Pública, adjunta la propuesta del cuadro TUSNE en el que se incluye los servicios anotados por el área usuaria y el cuadro de indagación de precios con sus sustentos respectivos; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los Informes N° 201-2023-GAJ-MSS del 08.03.2023, y N° 199-2023-GAJ-MSS del 02.03.2023 señala que el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado mediante Resolución N° 611-2011-RASS del 16.06.2011 y sus modi fi catorias, es un documento recopilador que consolida todos los servicios que no son prestados en exclusividad por la Municipalidad y estando las propuestas presentadas por la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia