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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (18/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Martes 18 de abril de 2023 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA Ordenanza Nº 328-2023/MDP .- Aprueban el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de Pucusana para el año fiscal 2024 52 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA D.A. Nº 04-2023-MDLP .- Aprueban el Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2024 y la Matriz de Evaluación de Priorización de los Proyectos del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2024 60MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZÁNGARO Acuerdo Nº 24-2023-CM/MPA.- Ratifican monto de compensación económica del Alcalde y de dietas de regidores para el ejercicio 2023 - 2026 62 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ Acuerdo Nº 09-2023-MDW/C.- Autorizan viaje de regidor a EE.UU. a fin de participar de invitación realizada por la Utah Valley University, con la finalidad de establecer alianzas estrat égicas innovadoras en educación 63 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY Nº 31726 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE ESTABLECE LA IDENTIFICACIÓN DE TERRENOS ADJUDICADOS A PROYECTOS ESPECIALES DE LOS GOBIERNOS REGIONALES QUE NO SON APTOS PARA LA AGRICULTURA PARA LA CREACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE PARQUES CIENTÍFICO-TECNOLÓGICOS, CENTROS DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO E INNOVACIÓN (I+D+i) Y CENTROS DE INNOVACIÓN PRODUCTIVA Y TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA, Y LOS DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Artículo 1. Identi fi cación y cuanti fi cación de terrenos que no son aptos para la agricultura 1.1. Los gobiernos regionales que están a cargo de proyectos especiales hidroenergéticos y de irrigación ejecutados con fondos del tesoro público o de cooperación internacional, identi fi can y cuanti fi can en los terrenos que les fueron transferidos a dichos proyectos especiales, aquellos que no son aptos para la agricultura y publican esta información en sus respectivas páginas web institucionales. 1.2. Los institutos públicos de investigación, referidos en el artículo 12 de la Ley 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Sinacti), a través de los respectivos ministerios en donde se encuentran adscritos, los gobiernos regionales y las universidades licenciadas podrán solicitar la transferencia de dominio a título gratuito de parte del área de terreno declarado terreno no apto para la agricultura, referido en el numeral 1.1, exclusivamente para crear y construir parques cientí fi co-tecnológicos, centros de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) o centros de innovación productiva y transferencia tecnológica (CITE). 1.3. Los gobiernos regionales que reciban requerimientos de transferencia de dominio a título gratuito de terrenos declarados terrenos no aptos para la agricultura, referidos en los numerales 1.1 y 1.2, para la creación y construcción de parques cientí fi co-tecnológicos, centros de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) o centros de innovación productiva y transferencia tecnológica (CITE) podrán atender dichos requerimientos en un plazo máximo de 6 meses contados desde el día siguiente de la recepción del requerimiento para la adjudicación de los terrenos solicitados. En dicha solicitud, los interesados deberán acompañar el proyecto a desarrollar con opinión favorable del ente rector del Sinacti o del Ministerio de la Producción, según corresponda, que justi fi que el pedido de transferencia de dominio. 1.4. Los adjudicatarios de los terrenos referidos en el numeral 1.3 que no inicien las obras de construcción de los parques cientí fi co- tecnológicos, centros de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) o centros de innovación productiva y transferencia tecnológica (CITE) en un plazo máximo de 3 años contados desde que se les adjudicó los terrenos, revierten el dominio del predio a título gratuito, en un plazo máximo de 6 meses, contados desde el vencimiento de los 3 años antes referidos, a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN). 1.5. La ejecución de lo dispuesto en los numerales 1.2, 1.3 y 1.4 deberá ajustarse, donde corresponda, al Texto Único Ordenado de la Ley 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Artículo 2. Declaración de interés nacional Se declara de interés nacional la creación y construcción de parques cientí fi co-tecnológicos, centros de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) y de centros de innovación productiva y transferencia tecnológica (CITE) en terrenos declarados no aptos para la agricultura de los proyectos especiales hidroenergéticos y de irrigación del país ejecutados con fondos del tesoro público o de cooperación internacional. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA ÚNICA. Modi fi cación del artículo 6 de la Ley 29446, Ley que declara la ejecución prioritaria del Proyecto Especial Chinecas Se modi fi ca el artículo 6 de la Ley 29446, Ley que declara la ejecución prioritaria del Proyecto Especial Chinecas, en los siguientes términos: