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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (18/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Martes 18 de abril de 2023 El Peruano / N° NOMBRES APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO DNI DISTRITO PROVINCIA REGION 4 JUSTO HUAYHUA QUISPE 09670309 SOCOS HUAMANGA AYACUCHO5 KORAIMA ALDANA BENDEZU RODRIGUEZ 72748150 JESUS NAZARENO HUAMANGA AYACUCHO 6 LUCHO ANTONIO CUBA MENDOZA 28250853ANDRES AVELINO CACERES DORREGARAYHUAMANGA AYACUCHO 7 JAIME SANCHEZ VICAÑA 47681798 LURICOCHA HUANTA AYACUCHO 8 FIDEL HUAMAN CCENHUA 70231930 LUIS CARRANZA LA MAR AYACUCHO 9 MIGUEL ANGEL HUALTIBAMBA DIAZ 43460361 NAMORA CAJAMARCA CAJAMARCA10 INGRID LICONA GUEVARA 73459281 SAN SALVADOR CALCA CUSCO 11 FLOR JUDIT BAUTISTA GONZALES 76913908 LA MORADA MARAÑON HUANUCO 12 JANETH MARGARITA HUANI QUISPE 44210048 SAN CLEMENTE PISCO ICA 13 VANESA JANETT ALVARADO ALEJO 43663343 CERCADO DE LIMA LIMA LIMA 14YOSELIN MARIA DEL PILARGORDILLO GUEVARA 70500829 SAMEGUA MARISCAL NIETO MOQUEGUA 15 CRISTHIAN JESUS CORTEZ TABOADA 45764714 MIGUEL CHECA SULLANA PIURA 16 DANIEL CHURA VILCAPAZA 80445849 MUÑANI AZANGARO PUNO 17 ROLANDO WILBER CARRASCO CARRASCO 46592276 PISACOMA CHUCUITO PUNO 18 EDGAR HUANQUI VIZA 42429891 NICASIO LAMPA PUNO 19 SANDRA COLQUE OLLACHICA 43163428 PALCA LAMPA PUNO 20 RENE FELIX ESCARCENA QUISPE 44099677 PAUCARCOLLA PUNO PUNO 21 ROBERTO ACERO CACERES 42463539 SAN ANTONIO PUNO PUNO 22 ELOY CAMPOS QUISPE 02166018 VILAVILA LAMPA PUNO 23 CLIVER VILCA VILCA 44956621 VILQUE PUNO PUNO Artículo 3.- Las autoridades políticas deberán formular y presentar las declaraciones juradas de bienes y rentas, así como las declaraciones juradas de intereses, a fi n de dar cumplimiento al marco normativo vigente. Artículo 4.- Notifi car la presente Resolución a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, a la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio del Interior y a la O fi cina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAUL ANTONIO OLIVA GUERRERO Director General (d.t)Dirección General de Gobierno Interior 2169824-1 PRODUCE Disponen la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba la Hoja de Ruta hacia una Economía Circular en los Subsectores Pesca y Acuicultura” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000142-2023-PRODUCE Lima, 17 de abril de 2023VISTOS: el O fi cio N° 00156-2023-MINAM/VMGA/ DGPIGA de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente; el Memorando N° 00000172-2023-PRODUCE/DGAAMPA de la Dirección General Asuntos Ambientales Pesqueros y Acuícolas; el Informe N° 00000169-2023-PRODUCE/DGPARPA de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; y el Informe N° 00000503-2023-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1047, establece, entre otros, que el Ministerio es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; asimismo, el artículo 5 de la referida norma, señala que el Ministerio de la Producción tiene como funciones rectoras formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento, reconocimiento de derechos, la sanción, fi scalización y ejecución coactiva; Que, el numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, dispone que en el marco de sus competencias el Ministerio de la Producción cumple, entre otras, con las funciones de dictar normas y políticas nacionales sobre la pesquería y acuicultura, así como de promoción de la industria y comercio interno, en armonía con la protección del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad de conformidad con lo establecido por el ente rector en materia ambiental; Que, los numerales 7.1 y 7.2 del artículo 7 de la citada Ley, disponen que el Ministerio de la Producción, en el marco de sus competencias, cumple las funciones de aprobar las disposiciones normativas que le correspondan; y de cumplir y hacer cumplir el marco normativo relacionado con su ámbito de competencia; Que, con el Decreto Supremo Nº 345-2018-EF se aprueba la Política Nacional de Competitividad y Productividad, en adelante la Política, mediante la cual se establece como Lineamiento de Política 9.1 “Generar las condiciones para el Tránsito hacia una Economía Circular y Ecoe fi ciente” del Objetivo Prioritario 9: “Promover la Sostenibilidad Ambiental en la Operación de Actividades Económicas”, el cual está orientado, entre otros, a la promoción de la economía circular en los mercados y la generación de soluciones sostenibles y diversi fi cadas para el desarrollo productivo empresarial; Que, mediante el Decreto Supremo N° 237-2019- EF, se aprueba el Plan Nacional de Competitividad y Productividad, el cual establece como Hito 1 de su