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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (18/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Martes 18 de abril de 2023 El Peruano / de Relaciones Exteriores la implementación de los servicios, actividades operativas identi fi cadas, así como otras intervenciones que contribuyan al cumplimiento de los objetivos prioritarios de la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI) al 2030. Artículo 5.- Seguimiento y evaluación5.1. El Ministerio de Relaciones Exteriores tiene a su cargo el seguimiento y la evaluación de la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI) al 2030. 5.2. El proceso de seguimiento y evaluación se realiza de conformidad con las pautas metodológicas que establece el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN en materia de seguimiento y evaluación de políticas y aquellas que el Ministerio de Relaciones Exteriores considere pertinentes . 5.3. Las entidades de la Administración Pública responsables del cumplimiento de los objetivos prioritarios de la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI) al 2030, brindan oportunamente información al Ministerio de Relaciones Exteriores, a fi n de realizar el seguimiento y evaluación de su implementación. Artículo 6.- Financiamiento La implementación y ejecución de la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI) al 2030 se fi nancia con cargo al Presupuesto Institucional autorizado de los pliegos correspondientes, conforme a las leyes anuales de presupuesto del Sector Público, para los fi nes establecidos en la misma, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 7.- Publicación El presente Decreto Supremo y su Anexo se publican en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano ( www.gob.pe ) y en la sede digital del Ministerio de Relaciones Exteriores ( www.gob. pe/rree ), el mismo día de la publicación de la presente norma y del Resumen Ejecutivo de la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI) al 2030 en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 8.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Normas complementarias para la implementación de la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI) al 2030 El Ministerio de Relaciones Exteriores aprueba las normas complementarias que se requieran para la implementación de la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI) al 2030, aprobada por el artículo 1 del presente Decreto Supremo. Segunda.- Adecuación de instrumentos de planeamiento Las entidades involucradas en la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI) al 2030 adecúan progresivamente sus instrumentos de planeamiento, con el fi n de concretar la articulación de los objetivos, lineamientos, servicios y actividades operativas con los planes del SINAPLAN; lo cual se realiza de acuerdo a las disposiciones que establece el CEPLAN, en el marco de lo dispuesto en el artículo 11 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única. - Derogación Derogar el Decreto Supremo Nº 050-2012-RE, que aprueba la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional, y la Resolución Ministerial Nº 0007-2019-RE, que aprueba la Declaración de Política de Cooperación Técnica Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores. Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 1. RESUMEN EJECUTIVO1. INTRODUCCIÓNLa presente Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI) al 2030, elaborada en el marco del Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM y sus modi fi catorias, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, se enmarca dentro del presente contexto de la cooperación internacional, tanto desde el plano nacional como internacional, considerando el rol dual del país como receptor y oferente de cooperación técnica y el problema público presentado, en línea con la Política Exterior de país. Asimismo, establece objetivos, lineamientos, servicios y sus respectivos indicadores; además de las prioridades para la CTI en el país. 2. BASE NORMATIVALa PNCTI se sustenta en las siguientes normas:- Constitución Política del Perú. - Decreto Legislativo Nº 719, Ley de Cooperación Técnica Internacional, y modi fi catorias. - Ley Nº 28875, Ley que crea el Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Internacional No Reembolsable (SINDCINR), y modi fi catorias. - Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (LOPE), y modi fi catorias. - Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, y modi fi catorias. - Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) y modi fi catorias. - Decreto Supremo Nº 015-92-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Cooperación Técnica Internacional y modi fi catorias. - Decreto Supremo Nº 027-2019-RE, que aprueba el Reglamento del Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Internacional No Reembolsable. - Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales y sus modi fi catorias. - Decreto Supremo Nº 135-2010-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores. - Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, y modi fi catorias. - Decreto Supremo Nº 095-2022-PCM, que aprueba el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050. - Decreto Supremo Nº 164-2021-PCM, que aprueba la Política General de Gobierno para el período 2021-2026. - Resolución Ministerial Nº 0007-2019/RE, que aprueba la Declaración de Política de Cooperación Técnica Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores. - Resolución Ministerial Nº 1268-2015/RE, que aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2015-2021 del Sector Relaciones Exteriores, cuya ampliación del horizonte temporal fue aprobada por la Resolución Ministerial Nº 0564-2022/RE, siendo la nueva denominación “Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2015-2026 del Sector Relaciones Exteriores”. - Resolución Ministerial Nº 0592-2020-RE, que aprueba la Norma Técnica Nº 001-2020-RE/DCI “Norma Técnica para la Programación, Gestión y Negociación de la Demanda de Cooperación Técnica Internacional (CTI)” y la Norma Técnica Nº 002-2020-RE/DCI “Norma Técnica para la Programación, Gestión y Negociación de la Oferta Peruana de Cooperación Técnica Internacional (OPCTI)”.