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11 NORMAS LEGALES Sábado 5 de agosto de 2023 El Peruano / de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; la Directiva Nº 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 077-2018-VMPCIC-MC; la Resolución Viceministerial Nº 000001-2023-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional al Sitio Arqueológico El Porvenir, ubicado en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo, de acuerdo al plano Nº PPROV-013-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84, presenta las siguientes coordenadas: CUADRO DE DATOS TÉCNICOS SITIO ARQUEOLÓGICO EL PORVENIR Zona: 18 Sur Área: 69,482.00 m² (6.9482 ha)Perímetro: 1,040.13 m.Coordenadas de referencia: 205504.0000 E / 8799156.0000 N SITIO ARQUEOLÓGICO EL PORVENIR VERTICE LADO DISTANCIAANG. INTERNOESTE (X) NORTE (Y) A A-B 230.80 104º17’42” 205308.0000 8799141.0000 B B-C 76.06 78º9’34” 205493.0000 8799279.0000 C C-D 31.02 246º58’2” 205525.0000 8799210.0000 D D-E 235.94 105º39’57” 205556.0000 8799211.0000 E E-F 182.54 94º41’46” 205627.0000 8798986.0000 F F-G 121.25 122º31’39” 205458.0000 8798917.0000 G G-H 94.37 140º37’29” 205359.0000 8798987.0000 H H-A 68.15 187º3’51” 205334.0000 8799078.0000 TOTAL 1,040.13 1,080º0’0” Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 004-2023-LAMS/DCS/DGDP/VMPCIC/MC de fecha 09 de mayo del 2023 del Lic. Luis Ángel Moulet Silva, arqueólogo de la Dirección de Control y Supervisión de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, así como el Informe Nº 00542-2023-DSFL/MC de fecha 25 de mayo de 2023 y el Informe Nº 00105-2023-DSFL-MDR/MC de fecha 25 de mayo del 2023 de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal y el plano Nº PPROV-013-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección de Control y Supervisión de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA Paralización y/o cese de la afectación:XParalizacion de las labores de ampliación de nuevos asentamientos Desmontaje: Apuntalamiento: Incautación: Señalización: XInstalación de hitos y paneles de señalización Retiro de Estructuras temporales, maquinarias, elementos y/o accesorios:XRetiros de estructuras precarias al interior de la poligonal de delimitación. Artículo Tercero.- COMUNICAR a la Dirección de Control y Supervisión de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima, a fi n que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo Nº 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección Nº 004-2023-LAMS/DCS/DGDP/VMPCIC/MC de fecha 09 de mayo del 2023, Informe Nº 00542-2023-DSFL/MC de fecha 25 de mayo de 2023 y el Informe Nº 00105-2023-DSFL-MDR/MC de fecha 25 de mayo del 2023 de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal e Informe Nº 00154-2023-DGPA-KDP/MC y el Plano Perimétrico con código Nº PPROV-013-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.SHIRLEY YDA MOZO MERCADO DirectoraDirección General de PatrimonioArqueológico Inmueble 2202026-1 DEFENSA Autorizan viaje de alumnos de la Escuela Técnica del Ejército - ETE “Sgto 2do Fernando Lores Tenazoa” a Ecuador, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00762-2023-DE Lima, 3 de agosto del 2023VISTOS: El O fi cio Nº 143 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el O fi cio N° 02052-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01233-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante Carta de fecha 23 de junio de 2023, el Director de la Escuela de Formación de Soldados de la Fuerza Terrestre (ESFORSFT) del Ejército Ecuatoriano, comunica al Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en el Ecuador que, la citada Escuela hace extensiva una invitación para que dos (2) alumnos del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público del Ejército - Escuela Técnica del Ejército (IESTPE-ETE)