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5 NORMAS LEGALES Domingo 20 de agosto de 2023 El Peruano / promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo; Que, en ese marco, mediante el artículo único de la Resolución Ministerial N° 000234-2021-DM/MC, modi fi cado por la Resolución Ministerial N° 000210-2022- DM/MC, el Ministerio de Cultura declara “… de interés del Sector Cultura, la promoción y el fortalecimiento de las manifestaciones artísticas, usos sociales, fi estas y celebraciones rituales, técnicas artesanales tradicionales y saberes tradicionales, entre otras representaciones, expresiones y conocimientos que conformen el patrimonio inmaterial del Perú, especialmente el de los pueblos indígenas u originarios, en el marco del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre pueblos indígenas y tribales, de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial del 17 de octubre de 2003, de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; y, de la Política Nacional de Cultura al 2030, a fi n de impulsar la salvaguarda de las expresiones del Patrimonio Cultural de la Nación, promover la participación de la comunidad, y coadyuvar al proceso de recuperación de su capacidad de autogestión” ; Que, mediante el Informe N° 000508-2023-DGPC/ MC la Dirección General de Patrimonio Cultural —con sustento en el Informe N° 000461-2023-DPI/MC de la Dirección Patrimonio Inmaterial— señala la necesidad de aprobar un instrumento normativo que dé cuenta sobre la importancia de la promoción y la salvaguardia del Siku como instrumento y del Sikuri como agrupación ejecutante, a efectos de que estas acciones incluyan de forma multinacional y articulada a países como Argentina, Chile y Bolivia, donde, además del Perú, se evidencia su importancia como referente cultural; Que, en ese sentido, la Dirección General de Patrimonio Cultural solicita al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales emite el acto resolutivo correspondiente; Que, estando a lo expuesto, corresponde atender el requerimiento formulado por la Dirección General de Patrimonio Cultural el cual cuenta con el sustento técnico emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, según los informes mencionadas en la parte considerativa de la presente resolución y al amparo de las disposiciones normativas referidas en esta resolución; Con los vistos de la Dirección General de Patrimonio Cultural y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias, la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar de interés del sector Cultura, la promoción y salvaguardia del Siku, como instrumento andino, y del Sikuri, como agrupación ejecutante, a fi n de que estas acciones incluyan de forma multinacional y articulada a países como Argentina, Chile y Bolivia, donde, además del Perú, se evidencia su importancia como referente cultural. Artículo 2.- La presente resolución es publicada en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.HAYDEE VICTORIA ROSAS CHAVEZ Viceministra de Patrimonio Cultural eIndustrias Culturales 2206613-1DEFENSA Autorizan viaje de personal militar a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00821-2023-DE Lima, 18 de agosto del 2023VISTOS:El O fi cio Nº 3979 CCFFAA/OGA/OAI/UAI de la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; el O fi cio Nº 02208-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 01342-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante O fi cio Nº U-189-23 del 13 de junio de 2023, la Jefatura Militar y Agregada de Defensa y Naval de los Estados Unidos de América en el Perú informa a la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas que la Conferencia Sudamericana de Defensa 2023 (SOUTHDEC por sus siglas en inglés), ha sido programada para llevarse a cabo del 21 al 25 de agosto de 2023, en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, solicitando sea agendada la participación del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, acompañado de UN (1) O fi cial Ayudante y de UN (1) Técnico Supervisor Mayor o su equivalente; Que, asimismo, se señala que el Comando Sur de los Estados Unidos de América cubrirá los gastos de transporte aéreo internacional, alojamiento y alimentación que demande la participación de la delegación peruana; Que, con Carta del 14 de julio de 2023, la Comandante General del Comando Sur de los Estados Unidos de América extiende invitación al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas para que junto a UN (1) O fi cial Ayudante y de UN (1) Técnico Supervisor, participe en la Conferencia Sudamericana de Defensa (SOUTHDEC-2023), reprogramando la fecha de su realización del 22 al 24 de agosto de 2023, en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia; Que, por medio del O fi cio Nº 3708 CCFFAA/OGA/ OAI/UAI del 24 de julio de 2023, la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas con fi rma a la Jefatura Militar y Agregada de Defensa de los Estados Unidos de América en el Perú la participación del personal militar en la mencionada Conferencia internacional, a realizarse en el lugar y fechas programadas; Que, con O fi cio Nº 3709 CCFFAA/OGA/OAI/UAI del 24 de julio de 2023, la mencionada Secretaría General hace de conocimiento al Ministerio de Defensa sobre la participación del personal militar designado en la Conferencia Sudamericana de Defensa (SOUTHDEC-2023), del 22 al 24 de agosto de 2023; Que, por medio del Informe Técnico Nº 018/ CCFFAA/OGA/OAI/UAI, la Jefatura de la O fi cina de Asuntos Internacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas indica que resulta de interés institucional la participación del siguiente personal militar en la Conferencia Sudamericana de Defensa (SOUTHDEC-2023), a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, la misma que ha sido reprogramada para realizarse del 22 al 24 de agosto de 2023, y será patrocinada por el Comando Sur de los Estados Unidos de América y las Fuerzas Militares de la República de Colombia, conforme al siguiente detalle: - General de Ejército, Manuel Jesús Martín GOMEZ DE LA TORRE Araníbar - Teniente Coronel EP Aldo Marcelo GABRIEL Lazo- Técnico Jefe Superior Jaime Aníbal CACÑAHUARAY Chumpitaz;