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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (24/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 61

61 NORMAS LEGALES Jueves 24 de agosto de 2023 El Peruano / Que, con Resolución de Alcaldía N° 156-2022-MSB-A de fecha 05 de agosto de 2022, se aprueba el Texto Ordenado (TO) del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Borja, la cual es modi fi cada por las Resoluciones de Alcaldía N° 199-2022-MSB-A de fecha 24 de octubre de 2022, N° 272-2022-MSB-A de fecha 20 de diciembre de 2022, N° 273-2022-MSB-A de fecha 20 de diciembre de 2022, N° 065-2023-MSB-A de fecha 30 de enero de 2023, N° 084-2023-MSB-A de fecha 03 de marzo de 2023 y N° 122-2023-MSB-A de fecha 08 de mayo de 2023; Que, a través de Informe N° 0002-2023-MSB- GM-OGPPMI-OPMGI de fecha 04 de julio de 2023, la Ofi cina de Planeamiento y Modernización de la Gestión Institucional remite la propuesta de adecuación del Texto Ordenado – TO de Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE a la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de San Borja, con la fi nalidad de brindar a los ciudadanos información precisa y exacta respecto a los servicios no exclusivos; por lo que, en atención a ello, la Ofi cina de Planeamiento y Modernización de la Gestión Institucional recomienda aprobar con Resolución de Alcaldía la modi fi cación por adecuación a la estructura vigente el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE y la compilación de las modi fi caciones en un TO del TUSNE; asimismo, recomienda derogar la Resolución de Alcaldía N° 156-2022-MSB-A de fecha 05 de agosto de 2022; Que, mediante el Memorándum N° 004-2023-MSB- GM-OGPPMI de fecha 04 de julio de 2023, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización Institucional rati fi ca lo señalado por la O fi cina de Planeamiento y Modernización de la Gestión Institucional y remite los actuados a la O fi cina General de Asesoría Jurídica para que emita la opinión legal correspondiente; Que, con Informe N° 044-2023-MSB-GM-OGAJ de fecha 05 de julio de 2023, la O fi cina General de Asesoría Jurídica establece el sustento legal correspondiente y señala que, como instrumento de aprobación corresponde emitir la Resolución de Alcaldía que apruebe: i) La adecuación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) y modi fi catorias, a la nueva estructura organizacional aprobado con Ordenanza N° 702-MSB y ii) Un nuevo Texto Ordenado (TO) del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad de San Borja, aprobado mediante Resolución de Alcaldía N° 236-2019-MSB-A de fecha 07 de julio de 2019, quedando el instrumento de gestión, conforme al Anexo TUSNE remitido por la O fi cina de Planeamiento y Modernización de la Gestión Institucional, de conformidad al numeral 6) del artículo 20° y artículo 43° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; por lo que, corresponde dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía N° 156-2022-MSB-A de fecha 05 de agosto de 2023; Que, a través del Memorándum N° 533-2023-MSB- GM de fecha 06 de julio de 2023, la Gerencia Municipal solicita emitir el acto administrativo requerido, a fi n de continuar con el trámite correspondiente; Estando a lo expuesto, en concordancia a las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el visto bueno de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización Institucional, la O fi cina de Planeamiento y Modernización de la Gestión Institucional y la Gerencia Municipal; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la adecuación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) y modi fi catorias, a la nueva estructura organizacional aprobado con Ordenanza N° 702-MSB. Artículo Segundo.- APROBAR el Texto Ordenado (TO) del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de San Borja, cuyo anexo es parte integrante de la presente Resolución de Alcaldía. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía N° 156-2022-MSB-A de fecha 05 de agosto de 2022.Artículo Cuarto.- DISPÓNGASE la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, así como encargar a la O fi cina General de Tecnologías de la Información la publicación de la Resolución de Alcaldía conjuntamente con su anexo correspondiente en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munisanborja.gob.pe) y a la O fi cina General de Imagen Institucional su difusión en el distrito. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARCO ANTONIO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 2208009-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Prorrogan hasta el 30 de diciembre de 2023, el plazo establecido en el Artículo Décimo Segundo de la Ordenanza Nº 347–MVMT , Ordenanza que establece el Programa Especial de Regularización Tributaria –PERT 2023 en el distrito de Villa María del Triunfo DECRETO DE ALCALDÍA Nº 08-2023-MDVMT Villa María del Triunfo, 15 de agosto de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO VISTO: El Informe Nº 194-2023-SGRFT-GAT/MDVMT de la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, el Memorándum Nº 155-2023-GAT/MDVMT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 195-2023-OAJ/MDVMT de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 556-2023-GM/MDVMT de la Gerencia Municipal, respecto al Decreto de Alcaldía que prorrogue la vigencia de la Ordenanza Nº 347–MVMT hasta el 30 de diciembre de 2023, y; CONSIDERANDO: Que, los Artículos 74º, 194º y los numerales 3) y 4) del Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, reconocen a los gobiernos locales autónoma política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia y les otorga potestad para administrar sus bienes y rentas, estableciendo que mediante ordenanzas pueden crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdicción conforme a ley; Que, según lo establecido en el numeral 9) del Artículo 9º y Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, así como también en la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de Código Tributario, reconocen las mismas facultades y competencias, en concordancia con lo establecido en la Constitución; Que, el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus modi fi catorias, establece que los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general el interés moratorio y las sanciones, respecto a los tributos que administra; Que, mediante el Artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que las municipales crean, modi fi can, suprimen tasas y contribuciones, y otorgan exoneraciones dentro de los límites que fi ja la ley, disponiendo en el inciso a) La creación y modi fi cación de tasas y contribuciones se aprueban por ordenanza; y el inciso b) Para la supresión