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63 NORMAS LEGALES Jueves 24 de agosto de 2023 El Peruano / Que, el inciso c) del artículo 3° del Decreto Supremo N° 070-2013-PCM, que modi fi ca el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, señala que, es obligación de la máxima autoridad de la entidad, designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; Que, el inciso b) del artículo 9° del citado Decreto, señala que son obligaciones del funcionario responsable del Portal de Transparencia, recabar la información a ser difundida en el Portal de Transparencia de acuerdo con lo establecido en los artículos 5 y 25 de la Ley; asimismo, el inciso c) del artículo antes referido señala que, se debe mantener actualizada la información contenida en el Portal de Transparencia conforme a las reglas sobre la materia, señalando en él, la fecha de la última actualización; Que, el numeral 42.25 del artículo 42 de la Ordenanza Municipal Nº 010-2021/MDV de fecha 21 de junio de 2021, modi fi cada con Ordenanza Municipal Nº 022-2021/MDV de 09 de diciembre de 2021, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la entidad, establece que es función de la Gerencia Tecnología de la Información y Telecomunicación desarrollar, proponer la actualización y asegurar la operatividad del Portal Web Institucional; (...) Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0259- 2023/MDV-ALC, de fecha 14 de agosto de 2023, se designó al Ingeniero CARLOS ALFREDO CASTILLO MARIÑO, en el cargo de Gerente de Tecnología de la Información y Telecomunicación de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, cargo considerado de con fi anza; por lo tanto, es necesario emitir el documento autoritativo correspondiente que designe al funcionario responsable del Portal Institucional al amparo de la normatividad citada; Estando a lo expuesto, con el visado y conformidad de la Secretaria General, Gerencia de Asesoría Jurídica, en uso de las atribuciones establecidas en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, y el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE:Artículo 1.- DESIGNAR al Ingeniero CARLOS ALFREDO CASTILLO MARIÑO, Gerente de Tecnología de la Información y Telecomunicación, como responsable del manejo y actualización permanente del Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, www.muniventanilla.gob.pe, conforme a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS. Artículo 2.- DISPONER que todas las unidades orgánicas remitan al funcionario designado la información que requiera ser publicada en el Portal Institucional, dentro de los plazos correspondientes. Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General, disponga la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como también a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicación, la publicación del presente en la página web de la Municipalidad Distrital de ventanilla, cuya dirección electrónica es: www.muniventanilla.gob.pe y en la página del portal o fi cial del Estado Peruano. Artículo 4.- ENCARGAR a la Secretaría General la notificación de la presente Resolución al interesado y a las diferentes unidades orgánicas de esta Municipalidad. Regístrese y comuníquese.JHOVINSON HUGO VASQUEZ OSORIO Alcalde 2207670-1MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO Aprueban el “Reglamento de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de San Antonio” ORDENANZA MUNICIPAL N° 027-2023-MDSA ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Antonio, Provincia Mariscal Nieto, Región Moquegua; en Sesión Ordinaria Nº 015-2023-CM/MDSA celebrada el 08 de agosto del 2023, conforme a las facultades establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y demás normas complementarias; VISTOS: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Antonio en Sesión Ordinaria Nº 015-2023-CM-MDSA de fecha 08 de agosto del 2023; Vistos: El Informe Nº 040-2023-MDSA/GM/OGPP/OPM de fecha 26 de julio del 2023, Informe Nº 0469-2023-MDSA/GM/OGPP de fecha 27 de julio del 2023, Informe Nº 554-2023-OGAJ/MDSA de fecha 31 de julio del 2023, Dictamen Nº 011-2023-CDIPP/CM/MDSA de fecha 04 de agosto del 2023, Acuerdo de Concejo Nº 078-2023-CM/MDSA de fecha 09 de agosto del 2023, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, indica “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Asimismo, el Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su Art. 1°, señala “Las municipalidades provinciales y distritales son los Órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes”; el Art. 11°, establece: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, los artículos 39 y 40 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; y que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueban las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, conforme a lo establecido en el Artículo 9. Inciso 8 de la Ley N° 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades, Una de las Atribuciones del Concejo Municipal es: 8-Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Asimismo en el artículo 20” Incisos 4 y 5, establecen que las atribuciones del Alcalde son: “Proponer al concejo municipal proyectos de Ordenanzas y Acuerdos” y “Promulgar las Ordenanzas y disponer su publicación; y en el artículo 40” Indica: “Las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la Estructura Normativa Municipal, por medio de las cuales se aprueba la