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63 NORMAS LEGALES Jueves 5 de enero de 2023 El Peruano / que establece disposiciones relativas a la publicidad de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer el cierre del Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Perú con fecha 05 de enero de 2023, para la realización de las Elecciones Municipales Complementarias 2023, convocada por Decreto Supremo N° 001-2023-PCM, para el 02 de Julio de 2023. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución Secretarial a la Dirección de Servicios Registrales, a la Dirección de Registros de Identi fi cación, a la Ofi cina de la Tecnología de la Información y la Dirección de Registro Electoral, en lo que corresponda, de acuerdo a lo señalado en los artículos precedentes. Artículo Tercero.- Encargar a la O fi cina de Comunicaciones y Prensa la difusión de la presente Resolución Secretarial. Regístrese, publíquese y cúmplase.GABRIELA BERTHA HERRERA TAN Secretaria General 2140501-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Aprueban modificación integral del Estatuto Social de la empresa LF RE CORREDORES DE REASEGUROS S.A.C. que incluye el cambio de la denominación social a Price Forbes Perú Corredores de Reaseguros S.A.C. RESOLUCIÓN SBS N° 03969-2022 Lima, 22 de diciembre de 2022EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE REGISTROSVISTA: La solicitud presentada por la empresa LF RE CORREDORES DE REASEGUROS S.A.C., con Registro N° CR-086, para que se le autorice la modi fi cación de su Estatuto Social; CONSIDERANDO:Que, en la Junta General de Accionistas de fecha 08 de noviembre de 2022 se acordó el aumento de capital social por aportes en efectivo, el cambio de denominación social a Price Forbes Perú Corredores de Reaseguros S.A.C., la incorporación del directorio como órgano societario, entre otras modi fi caciones; Que, de conformidad con el artículo 9° del Reglamento de Supervisión y Control de los Corredores de Reaseguros, aprobado por Resolución S.B.S. N° 810-2019, toda modi fi cación estatutaria debe contar con la aprobación previa de la Superintendencia, sin la cual no procede su inscripción en los Registros Públicos. Se exceptúa de la aprobación previa a las modi fi caciones derivadas de aumentos de capital social por aportes en efectivo o capitalización de reservas y utilidades, las que deberán ser puestas en conocimiento de la Superintendencia. Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 9° del citado Reglamento, el aumento de capital social por aportes en efectivo no requiere de autorización por parte de esta Superintendencia; Que, por otro lado, con relación a los otros acuerdos adoptados para la modi fi cación del estatuto social, la empresa solicitante ha cumplido con presentar los requisitos exigidos por la mencionada normativa; así como en el Procedimiento 151 del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución S.B.S N° 1678-2018; Que, estando a lo informado por el Departamento de Registros de la Secretaría General de la Superintendencia; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley No 26702, sus modi fi catorias y en el TUPA de esta Superintendencia; RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar en los términos propuestos, la modi fi cación integral del Estatuto Social de la empresa LF RE CORREDORES DE REASEGUROS S.A.C. con Registro N° CR-086, entre ellos el cambio de la denominación social a Price Forbes Perú Corredores de Reaseguros S.A.C.; cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este Organismo; y, devuélvase la Minuta que lo formaliza con el sello o fi cial de esta Superintendencia, para su elevación a Escritura Pública en la que se insertará el texto de la presente Resolución, para su correspondiente inscripción en los Registros Públicos. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAUL RODDY PASTOR MEJÍA Jefe del Departamento de Registros 2136918-1 Autorizan viaje del Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas para participar en evento a realizarse en México RESOLUCIÓN SBS N° 04059-2022 Lima, 29 de diciembre de 2022LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido la invitación de la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA) para participar, en calidad de Vicepresidente de la Junta Directiva, en la CV Sesión de la Junta Directiva de ASBA, que se realizará del 24 al 25 de enero de 2023 en la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos; La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) tiene a su cargo la regulación y supervisión de los sistemas fi nanciero, de seguros, privado de pensiones y cooperativo y contribuye con la prevención y detección del lavado de activos y el fi nanciamiento del terrorismo; que los temas que se desarrollarán en el referido evento son de interés y redundarán en bene fi cio del sistema fi nanciero nacional, así como en el ejercicio de las funciones de supervisión y regulación; y que es miembro asociado de ASBA, organismo internacional de supervisores bancarios, responsable de contribuir al fortalecimiento de la regulación y supervisión bancaria y de la estabilidad del sistema fi nanciero en la región; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, así como en la Directiva SBS N° SBS-DIR-SBS-085-25 sobre