TEXTO PAGINA: 62
62 NORMAS LEGALES Jueves 5 de enero de 2023 El Peruano / la Gerencia de Administración Distrital y del Órgano de Imagen Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARIA DELFINA VIDAL LA ROSA SANCHEZ Presidente de la CSJLima 2140545-2 ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Disponen el cierre del Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Perú para la realización de las Elecciones Municipales Complementarias 2023, convocada por D.S. N° 001-2023-PCM RESOLUCIÓN SECRETARIAL N° 000002-2023/SGEN/RENIEC Lima, 4 de enero de 2023VISTOS: El Informe N° 000006-2023/DRE/RENIEC (04ENE2023) de la Dirección de Registro Electoral; el Informe N° 000004-2023/OAJ/RENIEC (04ENE2023) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de organizar y actualizar el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que mediante Resolución N° 4204-2022-JNE, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 30 de diciembre de 2022, el Jurado Nacional de Elecciones declaró concluido el proceso de Elecciones Municipales 2022, convocado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2022-PCM y en el numeral 2 precisó que, en los doce distritos señalados las autoridades municipales elegidas para el período de gobierno municipal 2019-2022 continúan en funciones, en sus respectivos concejos municipales, hasta que las nuevas autoridades, elegidas en Elecciones Municipales Complementarias 2023, asuman el cargo; por lo que sus actuales credenciales mantienen su vigencia hasta que culminen el ejercicio del cargo; Que conforme a lo dispuesto por el artículo 4° de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, la convocatoria a Elecciones Municipales Complementarias se efectúa dentro de los noventa (90) días naturales siguientes a la instalación de los Concejos Municipales y se realizan el primer domingo del mes de julio del año en que se inicia el mandato legal de las autoridades municipales; Que conforme a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, los extranjeros mayores de dieciocho (18) años residentes por más de dos (02) años continuos previos a la elección, tienen derecho a elegir y ser elegidos en las elecciones municipales, excepto en las zonas de frontera, siempre y cuando estén debidamente inscritos en el registro correspondiente; Que mediante Resolución Secretarial Nº 000001- 2023/SGEN/RENIEC (02ENE2023), publicada el 03 de enero de 2023, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC dispone la apertura del Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Perú a partir del 03 de enero del 2023, a fi n que los extranjeros mayores de 18 años residentes en el Perú por más de dos (02) años, continuos, previo a la elección puedan ejercer las facultades de elegir y ser elegidos en las Elecciones Municipales Complementarias 2023 a llevarse a cabo el 02 de julio del 2023 en los doce (12) distritos ahí nombrados; Que mediante Decreto Supremo N° 001-2023- PCM, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 04 de enero de 2023, se convoca a Elecciones Municipales, Complementarias 2023 para el 02 de Julio de 2023, con la fi nalidad de elegir, alcaldes y regidores de los concejos municipales de los distritos que se detallan en el Anexo que forma parte integrante del citado Decreto Supremo; Que mediante Resolución Jefatural N° 158-2017/ JNAC/RENIEC (21NOV2017) se aprobó el Reglamento RE-216-GRE/004 “Inscripción Electoral de Extranjeros Residentes en el Perú en el marco de un Proceso Electoral”, Primera Versión, mediante el cual se establecen los lineamientos para la inscripción en el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC de los extranjeros de dieciocho (18) años de edad o más, residentes en el Perú por más de dos (02) años continuos previos al día del proceso electoral, a fi n de que ejerzan su derecho de sufragio conforme a ley, excepto en las municipalidades de frontera de fi nidas en el Anexo 04 del citado documento normativo; Que el numeral 6.3 del artículo 6º del referido Reglamento, establece que “En Elección Complementaria la inscripción inicia en el primer día hábil siguiente a la fecha de publicación del pronunciamiento del Jurado Nacional de Elecciones que declara la nulidad de la elección, y concluye el día hábil siguiente de la publicación de la convocatoria a la misma”; Que de conformidad con el inciso f) del artículo 50° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 000086-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modi fi catoria; la Dirección de Registro Electoral del RENIEC coordina con los órganos y unidades orgánicas involucradas la apertura, inscripción y cierre del Registro Electoral de Extranjeros residentes en el Perú una vez convocado el proceso electoral municipal; Que mediante documentos de vistos, la Dirección de Registro Electoral, como órgano de línea responsable de elaborar y coordinar con los órganos competentes, el plan y cronograma de actividades para cada proceso electoral, señala que habiendo sido publicada en la fecha en el Diario O fi cial El Peruano el Decreto Supremo N° 001-2023-PCM a través del cual se decreta convocar a Elecciones Municipales Complementarias 2023 para el día 02 de julio de 2023, con la fi nalidad de elegir alcaldes y regidores de los concejos municipales de doce distritos, corresponde emitir el acto administrativo resolutivo que disponga el cierre de la inscripción; por lo cual, solicita que la Secretaría General del RENIEC emita el acto resolutivo disponiendo el cierre del Registro de Inscripción de extranjeros residentes en el Perú, a partir del 05 de enero del 2023 y, su posterior publicación en el Diario Ofi cial El Peruano; Que la Gerencia General mediante Memorando N° 000002-2023/GG/RENIEC (04ENE2023) emite opinión favorable respecto a lo solicitado por la Dirección de Registro Electoral; Que teniendo en cuenta lo solicitado por la Dirección de Registro Electoral, la O fi cina de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable la emisión de la resolución secretarial correspondiente; Estando a lo solicitado por la Dirección de Registro Electoral y la opinión favorable de la Gerencia General y de la O fi cina de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Resolución Jefatural N° 000086-2021/JNAC/RENIEC (05MAY2021) y su modi fi catoria; y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS, Reglamento