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55 NORMAS LEGALES Jueves 5 de enero de 2023 El Peruano / resolución que modi fi que la designación del interventor de obra. i) Aprobar los expedientes de contratación para cualquier tipo de procedimiento de selección y/o modalidad de selección, así como el Expediente de Contratación de Compras Directas. j) Aprobar Expedientes Técnicos de Obra o Estudios Defi nitivos de Obra para cualquier tipo de procedimiento de selección. k) Aprobar el incremento presupuestal para otorgar la buena pro respecto de procedimientos de selección que superen el valor referencial o el valor estimado de la convocatoria, previa autorización de la Superintendencia Nacional. l) Formalizar la cancelación de los procedimientos de selección. m) Suscribir los contratos y adendas derivadas de los procedimientos de selección regulados por la normativa de Contrataciones del Estado. n) Aprobar y suscribir las contrataciones complementarias de bienes o servicios. o) Autorizar adelantos según la normativa vigente.p) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes y servicios, hasta el límite del veinticinco por ciento (25%), del monto del contrato original. q) Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes y servicios, hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original. r) Resolver los contratos relativos a la contratación de bienes o servicios u obras. s) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual, conforme a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF. t) Aprobar, suscribir y observar las liquidaciones de ejecución de obras y de supervisión de obras de cualquier tipo de procedimiento de selección u) Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procedimientos de selección que deban realizarse ante el OSCE, el Tribunal de Contrataciones del Estado y la Contraloría General de la República. v) Pronunciarse sobre la solicitud de resarcimiento de daños y perjuicios presentada por el contratista en el supuesto establecido en el artículo 166° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF. w) Ordenar la Fiscalización Posterior de cualquier tipo de procedimiento de selección o modalidad de selección. 3. Jefe de la O fi cina General de Recursos Humanos: 3.1 En materia administrativa a) Representar a la SUCAMEC ante las diferentes entidades públicas y privadas sobre asuntos de naturaleza laboral y previsional relacionados con sus trabajadores, a fi n de ejecutar los trámites administrativos que se gestionan ante dichas entidades. b) Suscribir contratos relativos a la prestación de servicios regulados por el Decreto Legislativo N° 1401, Decreto Legislativo que aprueba el Régimen Especial que regula las Modalidades Formativas de Servicios en el Sector Público, así como sus adendas y resolución de los mismos, de ser el caso. c) Elevar a SERVIR, dentro del plazo legal, los recursos de apelación, presentado por los servidores. d) Suscribir Contratos Administrativos de Servicios (CAS), sus adendas, cuando corresponda, y conclusión del vínculo contractual. 4. Jefe de la O fi cina General Planeamiento y Presupuesto: 4.1 En materia presupuestala) Aprobar la liquidación de proyectos de inversión pública de la SUCAMEC, debiendo contar con informe previo de la O fi cina General de Administración.b) Aprobar la formalización de las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional y programático a que se re fi ere el numeral 47.2 del artículo 47° del Decreto Legislativo N° 1440. 5. Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica: 5.1 En materia administrativaa) Suscribir los escritos de devolución de noti fi caciones judiciales y administrativas contra la SUCAMEC. Artículo 2°.- Las facultades conferidas a los funcionarios públicos de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, constituyen facultades de carácter indelegable, por lo que solo podrán ser ejercidas por ellos mismos. Artículo 3°.- Los funcionarios públicos a los que se les delega las facultades señaladas en el artículo 1 de la presente resolución, deben informar trimestralmente al Titular de la Entidad y a la Gerencia General, según corresponda, los actos que emitan. Artículo 4°.- La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se re fi ere la presente resolución, comprende atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso concreto. Artículo 5°.- Notifi car a todos los funcionarios públicos que se mencionan en la presente resolución, para su conocimiento y cumplimiento. Artículo 6°.- Publicar la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC (www.gob.pe/sucamec). Regístrese, comuníquese y publíquese.TEÓFILO MARIÑO CAHUANA Superintendente Nacional 2140464-1 Designan Asesor 2 de la Gerencia General de la SUCAMEC RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 013-2023-SUCAMEC Lima, 4 de enero de 2023 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127 se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones; Que, el literal d) del artículo 11° del ROF de la SUCAMEC, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-IN y modi fi cado por Decreto Supremo N° 017-2013-IN, establece como una de las funciones del Superintendente Nacional, disponer el nombramiento, designación, suspensión o cese del personal de la entidad; Que, se encuentra vacante el cargo público de confi anza de Asesor 2 de la Gerencia General de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC; Que, a través del Informe N° 00007-2023-SUCAMEC- OGRH de fecha 04 de enero de 2023, la Jefa de la O fi cina General de Recursos Humanos concluye que, evaluada la propuesta del Despacho de la Superintendencia Nacional; la señora Elizabeth Verena Cárdenas Gutiérrez cumple con los requisitos establecidos en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la Idoneidad en el