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5 NORMAS LEGALES Jueves 12 de enero de 2023 El Peruano / Multianual de Inversiones del Sector Cultura (OPMI). MIEMBROS: El/La Viceministro/a de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales. El/La Viceministro/a de Interculturalidad. El/La Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto. Los/Las responsables de las Unidades Ejecutoras de Inversiones de las Unidades Ejecutoras y Pliegos Presupuestarios del Sector Cultura. Los/Las responsables de las Unidades Ejecutoras y Pliegos Presupuestarios del Sector Cultura. El/La Director/a de la Ofi cina de Presupuesto. El/La Director/a de la Ofi cina de Abastecimiento. Artículo 3.- Aprobar el Reglamento del Comité de Seguimiento de Inversiones del Sector Cultura, el mismo que consta de dieciséis artículos y una disposición complementaria, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 4.- Notifi car la presente resolución a las direcciones y/u o fi cinas competentes para su fi el cumplimiento. Artículo 5.- Publicar la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura). Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Cultura 2142183-1 Rectifican error material consignado en el artículo 2 de la Resolución Viceministerial Nº 000261-2022-VMPCIC/MC RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000008-2023-VMPCIC/MC San Borja, 10 de enero del 2023VISTOS; el Informe N° 000009-2023-DGPA/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble; el Informe N° 000027-2023-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Viceministerial Nº 000261-2022-VMPCIC/MC de fecha 6 de diciembre de 2022, se precisa el artículo 1 de la Resolución Directoral Nacional N° 929/INC de fecha 11 de agosto de 2000, que declara Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica denominada Cerro Zorro, correspondiendo su clasi fi cación a la de Sitio Arqueológico; asimismo, se modi fi ca el artículo 1 de la Resolución Directoral Nacional N° 1136/INC de fecha 27 de octubre de 2004, aprobando el expediente técnico de actualización de información catastral del Sitio Arqueológico Cerro Zorro, ubicado entre los distritos de Carabayllo y Comas, provincia y departamento de Lima; entre otros aspectos; Que, a través del Informe N° 000009-2023-DGPA/MC, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble con sustento en los Informes N° 000018-2023-DSFL/MC y N° 000004-2023-DSFL-MVE/MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, solicita la recti fi cación de error material respecto del año del código del plano perimétrico aprobado mediante el artículo 2 de la Resolución Viceministerial Nº 000261-2022-VMPCIC/MC, siendo lo correcto: PP-111-MC_DGPA/DSFL-2017 WGS84; Que, el numeral 212.1 del artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (en adelante, TUO de la LPAG), establece que los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, asimismo, el numeral 212.2 del artículo 212 de la citada norma, señala que la recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; Que, de acuerdo con la doctrina, el error material atiende a un error de transcripción, un error de mecanografía, un error de expresión en la redacción del documento; en otras palabras, un error al soporte material que lo contiene y no a la voluntad o razonamiento del acto; Que, conforme a lo antes señalado, se aprecia que el error material advertido no altera lo sustancial, ni el sentido de la decisión del acto contenido en la Resolución Viceministerial Nº 000261-2022-VMPCIC/MC, por lo que corresponde su recti fi cación con efecto retroactivo; Con la visación de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE:Artículo 1.- Recti fi car el error material consignado en el artículo 2 de la Resolución Viceministerial Nº 000261-2022-VMPCIC/MC de fecha 6 de diciembre de 2022, con efecto retroactivo, quedando redactado de la siguiente manera: DICE: “Artículo 2.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Directoral Nacional N° 1136/INC de fecha 27 de octubre de 2004, aprobando el expediente técnico de actualización de información catastral del Sitio Arqueológico Cerro Zorro, ubicado entre los distritos de Carabayllo y Comas, provincia y departamento de Lima, compuesto por la memoria descriptiva, la fi cha técnica, el plano perimétrico y el plano de ubicación, según coordenadas de referencia: Este (X): 279124.5272, Norte (Y): 8682740.9571 en Datum WGS84 Zona 18Sur; según los datos técnicos que se detallan a continuación: Nombre del Sitio Arqueológic oPlano PerimétricoÁrea (m2) Área (ha) Perímetro (m) Cerro ZorroPP-111-MC_DGPA/ DSFL-2011 WGS84 152 098.36 15.2098 1520.56 UB-038-MC_ DGPA-DSFL-2019 WGS84 DEBE DECIR: “Artículo 2.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Directoral Nacional N° 1136/INC de fecha 27 de octubre de 2004, aprobando el expediente técnico de actualización de información catastral del Sitio Arqueológico Cerro Zorro, ubicado entre los distritos de Carabayllo y Comas, provincia y departamento de Lima, compuesto por la memoria descriptiva, la fi cha técnica, el plano perimétrico