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9 NORMAS LEGALES Jueves 12 de enero de 2023 El Peruano / DEFENSA Aprueban el Llamamiento Ordinario correspondiente al Año Fiscal 2023 en el Ejército del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0027-2023-DE Lima, 10 de enero de 2023VISTOS:Los O fi cios N° 191 SCGE/N-04 y N° 003 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el O fi cio N° 04693-2022-MINDEF/VRD-DGRRHH de la Dirección General de Recursos Humanos; el Informe Técnico N° 00126-2022-MINDEF/VRD-DGRRHH-DIPEM de la Dirección de Personal Militar; y, el Informe Legal N° 00030-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, el artículo 163 de la Constitución Política del Perú establece que el Estado garantiza la seguridad de la Nación, mediante el Sistema de Defensa Nacional, indicando, además, que toda persona natural o jurídica está obligada a participar en la Defensa Nacional conforme a Ley; Que, asimismo, el artículo 165 de la Carta Magna dispone que las Fuerzas Armadas tienen como fi nalidad primordial garantizar la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República; Que, el artículo 47 de la Ley Nº 29248, Ley del Servicio Militar, concordante con el artículo 52 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 003-2013-DE, señala que el llamamiento ordinario busca satisfacer los requerimientos de personal para el Servicio Militar Acuartelado y es dispuesto anualmente, mediante Resolución Ministerial, en las fechas que determine cada Institución de las Fuerzas Armadas, comprendiendo a los inscritos de la última clase y a los de las clases anteriores, de acuerdo a las necesidades de efectivos para la Seguridad y Defensa Nacional; Que, con los O fi cios N° 191 SCGE/N-04 y N° 003 SCGE/N-04, la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú solicita aprobar el llamamiento ordinario correspondiente al Año Fiscal 2023 en la citada Institución Armada, para la incorporación voluntaria al Servicio Militar en el Activo del personal de la clase 2005 y clases anteriores, mediante la modalidad de Acuartelado; adjuntando, entre otros, la Hoja de Recomendación Nº 005/S-6.b.4.d/JERRE, elaborada por el Comando de Personal y aprobado por la Comandancia General del Ejército del Perú, que indica la necesidad del llamamiento ordinario para el servicio militar del personal masculino y femenino, con el propósito que reciban una efectiva instrucción y se integren a la operatividad de las unidades; asi como el Dictamen Legal Nº 051-2022/JERRE/S-6.a, de la Jefatura de Reemplazos y Reservas del Ejército del Perú, mediante el cual se sustenta la necesidad de efectuar el llamamiento ordinario para el año 2023, a ser realizado en dos (2) etapas; Que, a través del O fi cio N° 04693-2022-MINDEF/VRD- DGRRHH, la Dirección General de Recursos Humanos remite el Informe Técnico N° 00126-2022-MINDEF/VRD-DGRRHH-DIPEM, por el cual la Dirección de Personal Militar considera necesario aprobar el llamamiento ordinario solicitado por el Ejército del Perú, correspondiente al Año Fiscal 2023; Que, por medio del Informe Legal Nº 00030-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable aprobar el llamamiento ordinario en los términos propuestos por el Ejército del Perú, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 29248, Ley del Servicio Militar y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 003-2013-DE; Con el visado del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa, de la Comandancia General del Ejército del Perú, de la Dirección General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29248, Ley del Servicio Militar; el Reglamento de la Ley N° 29248, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2013-DE; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Llamamiento Ordinario correspondiente al Año Fiscal 2023 en el Ejército del Perú, para la incorporación voluntaria al Servicio Militar en el Activo del personal de la clase 2005 y clases anteriores, mediante la modalidad de Acuartelado, a realizarse en dos (2) etapas. Artículo 2.- Autorizar a la Comandancia General del Ejército del Perú a determinar la fecha del llamamiento aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución Ministerial al Ejército del Perú, para los fi nes pertinentes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2142195-1 Delegan atribución en el/la Secretario/a General del CENEPRED para aprobar la formalización de modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional y Programático RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 00002-2023-CENEPRED/J San Isidro, 6 de enero del 2023 VISTO El Informe N° 003-2023-CENEPRED/OPP de fecha 05 de enero de 2023 emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe legal N° 003-202-CENEPRED/OAJ, de fecha 5 de enero de 2023, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 12° de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional del Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD establece que el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (en adelante, CENEPRED) es un organismo público ejecutor con calidad de pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Defensa; Que, el numeral 78.1 del artículo 78° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida de un órgano a otro al interior de una misma entidad; Que, el numeral 47.2 del artículo 47 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático son aprobadas mediante Resolución