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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2023 (12/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Jueves 12 de enero de 2023 El Peruano / Provisional y Mártir Olaya) sino en el escenario completo, delimitado bajo un sustento histórico amplio, desarrollado por la Comisión de Historiadores a cargo de proponer la delimitación del área histórica intangible del Morro Solar de Chorrillos (Resolución Directoral Nacional N° 184/INC de fecha 22 de febrero de 2005) y establecido en el Reglamento para la gestión de Sitios Históricos de Batalla aprobado mediante Decreto Supremo N° 008- 2017-MC. 3.6. De acuerdo con este instrumento legal, en sus artículos 9.1 y 9.2, los Sitios Históricos de Batalla constituyen lugares o espacios urbanos o rurales, o parajes naturales donde se desarrollaron batallas correspondientes a las épocas colonial, republicana y contemporánea, en las que se desplegaron actos de heroísmo y sacri fi cio de soldados peruanos. Estos lugares constituyen escenarios en los que están comprendidos como sus componentes: la geografía, la estrategia, tácticas, tecnología e infraestructura bélicas incluidas en estos hechos. (…) el escenario de la defensa del Morro Solar, como en el caso del Morro de Arica, no se limita a los puntos en que estuvieron ubicadas las baterías costeras, sino a todo el contexto natural que este representa (incluso con el mar) que se encuentra históricamente reconocido. 3.9. La no existencia de evidencia material de la Guerra del Pací fi co sobre la propiedad de GREMCO Inmobiliaria S.A veri fi cada a través de Certi fi cados de Inexistencias de Restos Arqueológicos, no colisiona con el valor patrimonial intrínseco del Morro Solar, que no se limita al lugar en el que se posicionaron las baterías y sí por constituir como conjunto y por su carácter estratégico el escenario principal y fi nal de la gran batalla por Lima, la Batalla de San Juan y Chorrillos, eminencia ampliamente reconocida y que ha devenido en un ícono urbano de Lima.”. Que, a través del Informe N° 000072-2022-DPHI- RFO/MC y Hoja de Elevación N° 000372-2022-DPHI/MC, la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble reitera que la delimitación del sitio histórico de batalla Morro Solar de Chorrillos comprende un polígono de mil setecientos noventa y cinco vértices, que encierra un área super fi cial de 4 338 307.14 m2 y un perímetro de 12,352.34 ml conforme al Plano N° SHB-01 elaborado por dicha dirección, correspondiendo a la misma área super fi cial aprobada en la Resolución Directoral Nacional Nº 1342/INC, la cual se traslada con precisión georreferencial en un cuadro de datos técnicos que forma parte de dicha propuesta técnica; por lo tanto, cabe resaltar que, el polígono de delimitación, establecido en la Resolución Directoral Nacional Nº 1342/INC, que aprueba el Plano DAI-001-2007- INC/DPHCR-SDR, no se ha modi fi cado; sino que, se están precisando las coordenadas de dicho polígono, con el fi n de que el inmueble pueda ser georreferenciado, utilizando coordenadas UTM en un sistema determinado; técnica que, no era aplicada cuando se emitió la precitada Resolución Directoral Nacional Nº 1342/INC, en el año 2007; siendo necesario aplicarla con la fi nalidad de visibilizar la delimitación del Sitio Histórico de Batalla “Morro Solar de Chorrillos” en los distintos catastros que tienen las entidades generadoras de esta información; Que, respecto a la naturaleza del procedimiento iniciado, se tiene que su objeto no está referido a la redelimitación del área del sitio histórico de batalla Morro Solar de Chorrillos, dado que es intención de la propuesta únicamente aprobar un plano que permita la georreferenciación de la delimitación del mencionado sitio histórico de batalla en base a la tecnología actual, de tal forma que el área y perímetro contenidos en el Plano DAI-001-2007-INC/DPHCR-SDR, aprobado por la Resolución Directoral Nacional Nº 1342/INC no se están modi fi cando; Que, en el ámbito del objeto descrito, se comunicó a las personas interesadas del inicio del procedimiento con la fi nalidad que tomen conocimiento de aquel y a fi n que puedan aportar algún comentario que pudiera servir a dicho objeto, sin embargo, los comentarios recibidos pretenden que se reduzca el área del sitio histórico de batalla con el objeto que los inmuebles de su propiedad sean excluidos de su ámbito, situación que no se condice con el objeto del procedimiento antes descrito, razón por la cual se debe desestimar todos aquellos argumentados que estuvieran orientados a dicha fi nalidad, tal como se ha indicado precedentemente; Que, mediante el Informe N° 000319-2022-DGPC/ MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural elevó al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la propuesta para aprobar el plano de delimitación correspondiente al sitio histórico de batalla Morro Solar de Chorrillos, el cual se encuentra ubicado en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, esto es, el Plano N° SHB-01, teniendo en cuenta que se trata de la misma área y perímetro indicado en la Resolución Directoral Nacional Nº 1342/INC, adjuntando para ello una propuesta técnica en la que se detalla que se trata de una precisión de coordenadas en base a una georreferenciación realizada de la delimitación del mencionado sitio histórico de batalla por lo que resulta necesario expedir la resolución que lo apruebe; Que, mediante el Memorando N° 001009-2022- DGPC/MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural requiere continuar con la aprobación del Plano N° SHB-01 - Delimitación del Sitio Histórico de Batalla “Morro Solar de Chorrillos”, elaborado por la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble; en este punto, resalta que posteriormente a la aprobación de dicho plano, se deberá proceder a la elaboración y aprobación de la determinación de sectores para establecer usos y el plan de gestión del mencionado sitio histórico de batalla, para lo cual se coordinará previamente a su aprobación, con la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, con los interesados identi fi cados y autoridades involucradas, a fi n de recibir sus aportes a las propuestas mencionadas, en el marco de lo dispuesto en el Reglamento para la Gestión de Sitios Históricos de Batalla aprobado con Decreto Supremo N° 008-2017-MC; Con las visaciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; y el Decreto Supremo Nº 005-2013- MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1.- DISPONER la actualización del plano DAI-001-2007-INC/DPHCR- SDR, aprobado con la Resolución Directoral Nacional Nº 1342/INC de fecha 10 de octubre de 2007, de acuerdo al texto del Plano N° SHB-01 - Delimitación del Sitio Histórico de Batalla “Morro Solar de Chorrillos”, como resultado del proceso llevado a cabo para la georreferenciación de la delimitación del mencionado sitio histórico de batalla. Artículo 2.- ENCARGAR a la Dirección General de Patrimonio Cultural efectuar las coordinaciones con la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, con los interesados identi fi cados y autoridades involucradas, para la elaboración de la propuesta de determinación de sectores para establecer usos, así como para la propuesta y aprobación del Plan de Gestión del Sitio Histórico de Batalla “Morro Solar de Chorrillos”. Artículo 3.- REMITIR copia certi fi cada de la presente resolución y su expediente técnico (propuesta técnica y Plano SHB-01 - Delimitación del Sitio Histórico de Batalla “Morro Solar de Chorrillos”), elaborado por la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble a la Municipalidad Distrital de Chorrillos, a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, al Club de Regatas Lima, a GREMCO Inmobiliaria S.A. y al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI; para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JANIE MARILE GOMEZ GUERRERO Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 2141970-1