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85 NORMAS LEGALES Viernes 13 de enero de 2023 El Peruano / Designan fiscal en el Despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Delitos de Terrorismo y delitos conexos en el Distrito Fiscal de Huancavelica, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 079-2023-MP-FN Lima, 12 de enero de 2023VISTO Y CONSIDERANDO:Que, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 008-2023-MP-FN-JFS, de fecha 09 de enero de 2023, se dispuso, entre otros, dividir la Fiscalía Superior Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos, Interculturalidad y Delitos de Terrorismo en Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad; y, Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Delitos de Terrorismo y delitos conexos. Asimismo, faculta a la Fiscal de la Nación la distribución y/o redistribución de las plazas fi scales, así como del personal fi scal, administrativo y recursos logísticos, para el cumplimiento de dicha resolución. Que, mediante informes Nros. 001, 002 y 005-2023-MP- FN-CFSN-FPS-DHIT, suscritos por el abogado Luis Enrique Valdivia Calderón, en ese entonces, Coordinador de la Fiscalía Superior Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializada en derechos humanos, interculturalidad y delitos de terrorismo, se formuló, entre otros, propuesta de modi fi cación de Despachos Fiscales, así como la conformación de las fi scalías citadas en el párrafo precedente. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, se hace oportuno, reorganizar el Despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en derechos humanos, interculturalidad y en delitos de terrorismo de Huancavelica, para lo cual deberá convertirse en Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Delitos de Terrorismo y delitos conexos en el Distrito Fiscal de Huancavelica; y, previa veri fi cación de los requisitos de ley, designarse al personal fi scal conforme a la propuesta formulada en los informes citados en el párrafo que antecede. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Honorio Alejandro Casallo Díaz, Fiscal Provincial Titular Penal Supraprovincial de Huancavelica, Distrito Fiscal de Huancavelica, en el Despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en derechos humanos, interculturalidad y en delitos de terrorismo de Huancavelica, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 2688-2016-MP-FN y 1612-2021-MP-FN, de fechas 07 de junio de 2016 y 25 de noviembre de 2021, respectivamente. Artículo Segundo.- Convertir la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en derechos humanos, interculturalidad y en delitos de terrorismo de Huancavelica, en Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Delitos de Terrorismo y delitos conexos en el Distrito Fiscal de Huancavelica, con todo su personal fi scal y administrativo. Artículo Tercero.- Designar al abogado Honorio Alejandro Casallo Díaz, Fiscal Provincial Titular Penal Supraprovincial de Huancavelica, Distrito Fiscal de Huancavelica, en el Despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Delitos de Terrorismo y delitos conexos en el Distrito Fiscal de Huancavelica.Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huancavelica, Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Delitos de Terrorismo y delitos conexos, Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2142572-1 Designan y nombran fiscales en los Distritos Fiscales de Huánuco y Junín, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 080-2023-MP-FN Lima, 12 de enero de 2023 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 008-2023-MP-FN-JFS, de fecha 09 de enero de 2023, se dispuso, entre otros, dividir la Fiscalía Superior Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos, Interculturalidad y Delitos de Terrorismo, en Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Delitos de Terrorismo y delitos conexos; y, Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad. Asimismo, faculta a la Fiscal de la Nación la distribución y/o redistribución de las plazas fi scales, así como del personal fi scal, administrativo y recursos logísticos, para el cumplimiento de dicha resolución. Que, mediante informes Nros. 001, 002 y 005-2023-MP- FN-CFSN-FPS-DHIT, suscritos por el abogado Luis Enrique Valdivia Calderón, en ese entonces, Coordinador de la Fiscalía Superior Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializada en derechos humanos, interculturalidad y delitos de terrorismo, se formuló, entre otros, propuesta de modi fi cación de Despachos Fiscales, así como la conformación de las fi scalías citadas en el párrafo precedente. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones