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11 NORMAS LEGALES Domingo 15 de enero de 2023 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el puesto de Jefe(a) de la Ofi cina de Tecnologías de la Información del Ministerio de Energía y Minas, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho puesto; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; y, la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Helmer Efraín Suca Ancachi como Jefe de la O fi cina de Tecnologías de la Información del Ministerio de Energía y Minas, puesto considerado de con fi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH Ministro de Energía y Minas 2143228-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de Viceministro de Relaciones Exteriores a Chile y Uruguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0033-2023-RE Lima, 13 de enero de 2023 VISTOS:La Hoja de Trámite (GAC) Nº 115 del Despacho Viceministerial y su proveído, de 9 y 11 de enero de 2023, respectivamente; el Memorándum (DGA) Nº DGA00030/2023 de la Dirección General de América, de 9 de enero de 2023; el Memorándum (OPP) Nº OPP00082/2023 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y su proveído, ambos de 13 de enero de 2023, que otorga certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum (OAP) Nº OAP00181/2023 de la O fi cina de Administración de Personal, de 13 de enero de 2023; CONSIDERANDO:Que, es objetivo de la política exterior del Perú fortalecer las relaciones para la integración y la cooperación con los países del hemisferio; Que, resulta importante que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Ignacio Higueras Hare, Viceministro de Relaciones Exteriores, sostenga reuniones con su homólogo en la ciudad de Santiago, República de Chile, el 16 de enero de 2023, a fi n de dar debido seguimiento político-diplomático a los principales acuerdos y compromisos adoptados en el último Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional entre el Perú y Chile, que tuvo lugar en dicha ciudad, el 29 de noviembre de 2022; Que, teniendo en cuenta que el Perú y Uruguay acordaron realizar, durante el primer semestre de 2023, la IV Reunión del Mecanismo de Consultas Diplomáticas a nivel de Vicecancilleres, es necesario que el señor Viceministro de Relaciones Exteriores y el Subsecretario de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay sostengan una reunión de trabajo el 17 de enero de 2023, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, a fi n de coordinar las gestiones logísticas pertinentes y promover las acciones necesarias para la reactivación de la agenda bilateral; Que, por razones de itinerario, el viaje del citado funcionario diplomático a las ciudades antes señaladas se realizará del 15 al 18 de enero de 2023; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y, la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2023; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Ignacio Higueras Hare, Viceministro de Relaciones Exteriores, a las ciudades de Santiago, República de Chile y Montevideo, República Oriental del Uruguay del 15 al 18 de enero de 2023, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906 (259) Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional; y Código POI AOI00004500014 Garantizar Permanentemente la Gestión del Despacho Viceministerial, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos Clase económica USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD Ignacio Higueras Hare 1,938.95 370.00 3+1 1,480.00 Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje a las ciudades de Montevideo, República Oriental del Uruguay y Santiago, República de Chile, se ha adicionado un (1) día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2143244-1