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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2023 (15/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Domingo 15 de enero de 2023 El Peruano / o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar al Sitio Arqueológico “Cerro Aragoche”, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 5.- Remitir copia certi fi cada de la presente resolución y el expediente técnico y de declaratoria del Sitio Arqueológico “Cerro Aragoche”, al Gobierno Regional de La Libertad; a la Municipalidad Distrital de Sinsicap; Municipalidad Provincial de Otuzco; al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y a la Dirección Desconcentrada de Cultura de La Libertad para conocimiento y a efectos de que el citado Sitio Arqueológico sea considerado dentro de los planes de ordenamiento territorial que se desarrollen. Regístrese, comuníquese y publíquese.JANIE MARILE GOMEZ GUERRERO Viceministra de Patrimonio Culturale Industrias Culturales 2143234-1 DEFENSA Autorizan viaje a personal militar FAP a Rumania, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0041-2023-DE Lima, 13 de enero de 2023VISTOS: El O fi cio Extra FAP Nº 000043-2023-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; y, el Informe Legal Nº 00056-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Contrato RES-21-2022-FAP/GRUP8 Nº 0014 del 30 de noviembre de 2022, suscrito entre la Fuerza Aérea del Perú y la empresa GLOBAL AEROTRAINING & SUPPLY LLC., se establecen las obligaciones para el “SERVICIO DE MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LAS TRIPULACIONES AÉREAS DEL SISTEMA C-27J (ENTRENAMIENTO) GRUP8-PP032”; Que, mediante Carta 220/2022, el Gerente General de la acotada empresa hace extensiva la invitación al Comandante del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú para que personal militar de la citada Institución Armada participe en el “SERVICIO DE MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LAS TRIPULACIONES AÉREAS DEL SISTEMA C-27J (ENTRENAMIENTO) GRUP8-PP032”, a realizarse en el centro de entrenamiento ubicado en la ciudad de Bucarest, Rumania, del 22 al 28 de enero de 2023; Que, por medio del Informe Técnico Legal Nº 003- 2023, el Asesor Jurídico del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior del COR. FAP CÉSAR ALBERTO HUANQUI VALCARCEL y del MAY. FAP AYLLON BONDY ALONSO JAIME (Titulares), y del MAY. FAP JULIO RIVAS EGO-AGUIRRE, y MAY. FAP SERGIO BELTRAN PASTOR (Suplentes), para que participen en el SERVICIO DE ENTRENAMIENTO DE SIMULADOR DE VUELO RECURRENTE EN EL SISTEMA C-27J SPARTAN, en el lugar y fechas programadas; Que, mediante O fi cio Nº 001532-2022-COMOP-COA7/ FAP, el Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú remite a la Dirección General de Personal de la citada Institución Armada la documentación que sustenta la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP que realizará el mencionado entrenamiento en el lugar y fechas programadas;Que, según lo indicado en la Exposición de Motivos, anexada al O fi cio Nº 001532-2022-COMOP-COA7/FAP, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior de los dos (2) O fi ciales pilotos a fi n de participar en el SERVICIO DE ENTRENAMIENTO DE SIMULADOR DE VUELO RECURRENTE EN EL SISTEMA C-27J SPARTAN, por cuanto, la mencionada actividad proporciona a las tripulaciones aéreas la práctica, dominio y e fi ciencia en la realización de los procedimientos normales y de emergencia que, de presentarse, podrían afectar la ejecución de las operaciones aéreas y la seguridad de vuelos poniendo en riesgo al personal y material. Asimismo, la naturaleza y soporte tecnológico de dichos simuladores, permiten recrear el vuelo de entrenamiento en forma fi dedigna, así como la totalidad de emergencias que pudieran afectar el vuelo, situación que resulta favorable en la preparación anual de los pilotos para garantizar el empleo en forma profesional, segura y e fi ciente de las aeronaves de la Fuerza Aérea del Perú; Que, de otro lado, el documento acotado señala que el personal militar FAP ha sido propuesto para realizar el presente curso por cuanto vienen realizando operaciones aéreas en la aeronave C-27J Spartan (Traslado del Presidente de la República, Primer Ministro, Ministros de estado, entre otros); Que, conforme a la Hoja de Gastos Nº 0002 DGVC- ME/SIAF-RP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, se detallan los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta y viáticos que se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG; Que, con la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000000002, emitida por el Jefe del Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación, así como, su retorno dos (2) días después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto al Tesoro Público; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial Superior nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia; Que, a través del O fi cio Extra FAP Nº 000043-2023-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú remite un proyecto de Resolución Ministerial que autoriza el viaje, en misión de estudios, del personal militar FAP para participar en el SERVICIO DE ENTRENAMIENTO DE SIMULADOR DE VUELO RECURRENTE EN EL SISTEMA C-27J SPARTAN, a realizarse en la ciudad de Bucarest, Rumania, del 22 al 28 de enero de 2023; así