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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2023 (18/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de enero de 2023 El Peruano / aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 077-2018-VMPCIC-MC; la Resolución Viceministerial N° 000001-2023-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Santa Ana A o San Juan Sector 1, ubicado en el distrito de Ricardo Palma, provincia de Huarochiri, departamento de Lima, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo; de acuerdo al Plano Perimétrico con código PP-024-MC-DGPC/DA -2012 WGS84, presenta las siguientes coordenadas: Zona: 18 SurÁrea: 7033.72 m2 (0.7033 ha)Perímetro: 363.39 VÉRTICE LADO DISTANCIAANG. INTERNOESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 17.47 143º39’27” 322143.5731 8681302.4902 2 2-3 19.18 126º32’13” 322153.6200 8681316.7879 3 3-4 24.01 148º14’14” 322172.7966 8681317.2705 4 4-5 24.47 181º48’41” 322193.5230 8681305.1486 5 5-6 52.98 162º20’44” 322215.0284 8681293.4672 6 6-7 56.29 140º8’57” 322251.7223 8681255.2504 7 7-8 24.02 75º28’23” 322255.6340 8681199.0947 8 8-9 55.08 145º11’40” 322232.0164 8681203.4900 9 9-10 19.49 213º16’32” 322193.3047 8681242.6746 10 10-11 37.97 154º11’26” 322174.2474 8681246.7505 11 11-1 32.43 129º7’44” 322144.2790 8681270.0649 TOTAL 363.39 1620º0’1” Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 04-2022-MRC/DCS/DGDP/VMPCIC/MC de fecha 13 de diciembre de 2022, elaborado por la especialista de la Dirección de Control y Supervisión de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, así como en los Informes N° 000012-2023-DSFL/MC, Informe N° 000229-2022-DSFL-MDR/MC y el plano perimétrico con código N° PP-024-MC-DGPC/DA -2012 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA Paralización y/o cese de la afectación:xParalizar cualquier obra no autorizada que se ejecute contraviniendo, cambiando o desconociendo las especi fi caciones técnicas y las que afecten de manera directa o indirecta el M.A.P. Señalización: xMonumentalización de hitos y señalización ofi cial. Retiro de estructuras temporales, maquinarias, herramientas, elementos y/o accesorios:xRetiro de estructuras precarias y elementos ajenos al sitio arqueológico Artículo Tercero.- COMUNICAR a la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural de la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Ricardo Palma, a fi n que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 04-2022-MRC/DCS/DGDP/VMPCIC/MC, el Informe N° 000012-2023-DSFL/MC, Informe N° 000229-2022-DSFL-MDR/MC e Informe Nº 000011-2023-DGPA-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código N° PP-024-MC-DGPC/DA -2012 WGS84, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.YURI WALTER CASTRO CHIRINOS Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2143751-1 DEFENSA Modifican el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 173-2022-DE RESOLUCIÓN SUPREMA N° 007-2023-DE Lima, 17 de enero de 2023VISTO:El O fi cio N° 007/S-CGE/N-01.1/02.00, de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército. CONSIDERANDO:Que, el artículo 14 de la Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, establece que el cambio de empleo constituye el desempeño personal de una función real y efectiva que se encomienda al O fi cial en atención a los Cuadros de Organización de cada Institución Armada y conforme a su grado, antigüedad y especialidad; Que, el literal A) del artículo15 de la citada norma, dispone que el nombramiento y asignación de empleo de los O fi ciales Generales y Almirantes se efectúan mediante Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Defensa, a propuesta del Comandante General de la Institución correspondiente; Que, asimismo, el literal D) del artículo 17 del acotado dispositivo legal, señala que el cambio de empleo se suscita cuando se veri fi ca la Necesidad del Servicio; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 173-2022-DE de 30 de diciembre de 2022, se asigna empleo como Jefe de la O fi cina de Informaciones del Ejército, a partir del 01 de enero de 2023, al General de Brigada Miguel Enrique BURGOS VIEYRA; Que, la Resolución de la Comandancia General del Ejército N° 868-CGE/DIPLANE de 29 de diciembre de 2022, aprueba con fecha 01 de enero de 2023, el cese de la condición experimental de la creación de